
El abogado colombiano Sergio Clavijo pidió celeridad en el trámite de extradición de una ciudadana taiwanesa detenida en Colombia y requerida por Argentina.
El jurista sostuvo que su clienta permanece privada de la libertad desde septiembre de 2025, pese a que en octubre de ese año aceptó la extradición simplificada, mecanismo previsto para reducir los tiempos cuando la persona reclamada no se opone a ser enviada al país que la solicita.
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A través de una serie de mensajes publicados en su cuenta de X el lunes 31 de agosto de 2026, Clavijo cuestionó las demoras que, según afirmó, se han presentado en las distintas etapas administrativas y judiciales del proceso.
“No estoy pidiendo que la dejen en libertad. Estoy pidiendo celeridad para una persona inocente”, expresó el defensor, quien indicó que prepara una acción de tutela para reclamar la protección de los derechos constitucionales de la mujer.
La requerida fue capturada en septiembre de 2025 por una circular roja de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), debido a una solicitud de Argentina. Las autoridades de ese país la investigan por los presuntos delitos de uso de documento público falso y encubrimiento agravado por ánimo de lucro.
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Clavijo asumió la representación de la ciudadana taiwanesa de manera pro bono. Según relató, la mujer no tiene familiares ni red de apoyo en Colombia y habría sido víctima de una estafa de personas que le ofrecieron ayuda para su defensa.
La defensa afirma que la extradición simplificada no cumplió los plazos previstos
El abogado explicó que su clienta se acogió en octubre de 2025 al procedimiento de extradición simplificada establecido en el artículo 70 de la Ley 1453 de 2011. Esa norma contempla una reducción en los tiempos del trámite cuando la persona requerida acepta ser entregada.
De acuerdo con Clavijo, la Corte Suprema de Justicia disponía de 20 días para emitir el concepto sobre la solicitud. Sin embargo, afirmó que la corporación entregó una opinión favorable el 29 de abril de 2026, seis meses después de que su defendida aceptara el envío a Argentina.
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“Seis meses cuando una persona pidió celeridad y la ley la ordena no se traduce en plazo razonable, es mora judicial”, sostuvo el abogado.
La defensa aclaró que la ciudadana taiwanesa no ha sido condenada en Argentina ni enfrenta un juicio en Colombia por los hechos que motivaron el pedido de extradición. En ese sentido, Clavijo insistió en que la detención preventiva no puede adquirir un carácter punitivo antes de una sentencia.
“La detención preventiva no es una pena anticipada. Es una medida excepcional, para que la persona no se fugue y el proceso pueda adelantarse”, señaló el jurista.
El Gobierno autorizó la entrega, pero falta una garantía diplomática de Argentina
Tras el concepto de la Corte Suprema, el Gobierno colombiano autorizó la extradición de la ciudadana taiwanesa mediante la Resolución Ejecutiva 226 del 10 de junio de 2026, según la información entregada por su defensa.
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La autorización incluyó una condición: Argentina debía ofrecer garantías diplomáticas de que la mujer no será sometida a desaparición forzada, tortura, tratos crueles, destierro, cadena perpetua ni confiscación.
Debido a lo anterior, Clavijo afirmó que el Ministerio de Justicia solo pidió a la Cancillería que reclamara esas garantías el 24 de agosto, más de dos meses después de que se expidiera la resolución que autorizó la entrega. El abogado indicó que el Consulado argentino le remitió el requerimiento.
Para el defensor, ese lapso representa una demora atribuible a las entidades colombianas y no a su clienta. Clavijo señaló además que, entre junio y agosto, no se habrían solicitado las garantías diplomáticas necesarias y que la falta de empalme entre las autoridades salientes y entrantes habría contribuido al retraso.
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“Las deficiencias administrativas en el gobierno saliente y la falta de empalme no pueden convertirse en una pena anticipada para una persona que no ha sido vencida en juicio”, sostuvo el jurista en medio de la indignación.
El abogado anunció que pedirá a la Procuraduría General de la Nación que examine una posible responsabilidad disciplinaria en el trámite adelantado por la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Justicia o la Cancillería.
La defensa sostiene que los cargos no justificarían una detención prolongada
El abogado indicó que los delitos investigados en Argentina no figuran entre las conductas de mayor gravedad en el Código Penal colombiano.
Clavijo mencionó que, según el resultado de un eventual proceso en Buenos Aires, la causa podría terminar con una suspensión del proceso o una pena sin cumplimiento intramural.
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Al emitir su concepto, la Corte Suprema consideró que los hechos podrían tener correspondencia en Colombia con falsedad marcaria, uso de documento falso y receptación, sustentó el abogado. No obstante, cuestionó esa calificación y sostuvo que no corresponde a lo ocurrido, asunto que espera debatir ante la justicia argentina.
La defensa también citó un precedente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el caso Barreto Leiva contra Venezuela, resuelto el 17 de noviembre de 2009, el tribunal señaló que la prisión preventiva debe respetar el principio de proporcionalidad y no puede resultar igual o más gravosa que la pena que podría imponerse en caso de una condena.
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Con base en ese argumento, Clavijo afirmó que el tiempo de detención de su clienta puede resultar desproporcionado frente a la pena que eventualmente podría enfrentar si fuera condenada en Argentina.
“Casi un año presa, en un país ajeno, sin red familiar, cuando ella misma pidió el trámite más rápido que existe, rompe el derecho a un plazo razonable”, afirmó.
El abogado prepara una tutela para pedir que se complete el proceso
La defensa sostuvo que la situación de la ciudadana taiwanesa también debe ser analizada desde una perspectiva de género. Clavijo afirmó que la mujer padeció violencia por parte de una expareja y que decidió salir de su país para alejarse de esa situación.
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Según el abogado, su clienta ha permanecido recluida en Colombia sin visitas familiares y sin apoyo económico para costear su defensa.
Clavijo sostuvo que esas circunstancias refuerzan la necesidad de que las autoridades actúen con rapidez y definan la entrega a Argentina, dado que la mujer aceptó someterse al procedimiento simplificado.
“Colombia no la está juzgando. Argentina todavía no la condena. Entre los dos países quedó un hueco que lesiona las garantías de la requerida”, expresó el jurista en el hilo de X.
Asimismo, Clavijo anticipó que la tutela buscará que las entidades involucradas adopten las actuaciones pendientes y se respete el derecho de su defendida a un plazo razonable. Mientras Argentina no remita las garantías solicitadas por Colombia, la extradición no podrá concretarse.
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