
Las 14 acciones de cumplimiento interpuestas ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ponen el foco en la necesidad de avanzar en la reglamentación pendiente de la Ley 2466 de 2025, aprobada como parte de la más reciente reforma laboral en Colombia liderada por Gustavo Petro.
De acuerdo con lo informado por la firma SPL Salgado Abogados y Consultores, estas acciones buscan que las autoridades den cumplimiento a disposiciones expresas del legislador y garanticen un marco de certeza tanto para trabajadores como para empleadores.
Carlos Mario Salgado, director jurídico de la firma, señaló que “una reforma laboral no puede quedarse únicamente en el texto de una ley. Si el propio legislador estableció obligaciones que requieren reglamentación para su adecuada implementación, estas deben cumplirse”.
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El proceso judicial pretende materializar los avances normativos de la reforma laboral y fortalecer la seguridad jurídica en el ámbito laboral colombiano.
Las disposiciones bajo la lupa
Las acciones de cumplimiento se centran en la falta de reglamentación de disposiciones contenidas en los artículos 18; 26, 27 y 28; 31 y su parágrafo segundo; 32, 33 y 34; 49, 50 y 56; y 61 y su respectivo parágrafo de la Ley 2466 de 2025. Según los demandantes, la ausencia de desarrollo normativo en estos frentes generó incertidumbre sobre la aplicación práctica de reglas laborales clave, una situación que afecta tanto a empresas como a trabajadores.
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Entre los puntos destacados se encuentra el artículo 18, que introduce medidas para eliminar la violencia, el acoso y la discriminación en el trabajo. Este artículo establece la obligación de formular protocolos y estrategias orientados a la erradicación de estas conductas, así como la responsabilidad del Ministerio del Trabajo en la vigilancia y sanción de su incumplimiento.
Otro eje de debate corresponde a los artículos 26, 27 y 28, que abordan la regulación de las plataformas digitales de reparto. Se plantea la necesidad de crear mecanismos de registro e identidad para trabajadores digitales, definir formas de afiliación y cotización a la seguridad social, y establecer reportes periódicos a las autoridades, aspectos que aún requieren una reglamentación específica.
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Alcance para el sector rural y microempresas
La reforma también introduce novedades en torno al trabajo rural y la formalización laboral. El artículo 31 impulsa un programa de formación para el trabajo agrario y rural, que será implementado por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y varios ministerios. El parágrafo segundo de este artículo prevé el desarrollo de mecanismos para prácticas y pasantías profesionales en zonas rurales, con énfasis en pequeños productores.

En relación con el trabajo femenino rural y campesino, el artículo 32 establece acciones para proteger y reconocer los derechos de las mujeres en el sector, mientras que los artículos 33 y 34 se orientan a la formalización del trabajo doméstico y la cotización a tiempo parcial en microempresas y hogares, permitiendo la inclusión de sectores tradicionalmente excluidos del sistema laboral formal.
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El Ministerio del Trabajo y otras autoridades tienen la responsabilidad de definir los procedimientos y lineamientos técnicos que permitirán la puesta en marcha de estas disposiciones, una tarea que, de acuerdo con las demandas judiciales, sigue pendiente.
Víctimas, crecimiento verde y flexibilidad laboral
Las acciones de cumplimiento también abarcan artículos como el 49, que promueve convenios laborales para víctimas del conflicto armado, y el 50, que impulsa competencias laborales orientadas al crecimiento verde. El artículo 56 contempla la adopción de entornos laborales flexibles, entre ellos el ingreso de animales de compañía y el establecimiento de lineamientos para su presencia en el lugar de trabajo.

Finalmente, el artículo 61 y su parágrafo buscan facilitar la afiliación y cotización de trabajadores con contratos especiales, una medida que permitiría adaptar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) a distintos tipos de vinculación.
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El papel del Tribunal
La acción de cumplimiento es un mecanismo judicial que, según el marco jurídico colombiano, permite solicitar ante la jurisdicción el cumplimiento de normas legales y actos administrativos.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca deberá ahora definir, caso por caso, si procede ordenar la reglamentación pendiente de las disposiciones señaladas, lo que podría fijar un precedente relevante para la materialización de reformas laborales en el país.
“No se trata solamente de discutir si una reforma es conveniente o inconveniente. Una vez existe una ley, el reto institucional es garantizar su cumplimiento. La seguridad jurídica exige que trabajadores y empleadores sepan cuáles son las reglas y cómo deben aplicarse”, concluyó Carlos Mario Salgado.
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