
La Alcaldía de Manizales anunció la ampliación por un mes del calendario tributario municipal y la suspensión temporal del envío de cobros persuasivos para el impuesto predial y otras obligaciones, como medida de alivio ante la contingencia generada por el terremoto del 10 de agosto.
La decisión, a cargo de la Secretaría de Hacienda, busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de familias, comerciantes y empresarios que enfrentan dificultades económicas y operativas tras la emergencia, sin afectar la financiación de proyectos y servicios esenciales para la ciudad.
El ajuste al calendario tributario implica que los plazos para declarar y pagar tributos locales durante agosto y septiembre –como el impuesto de publicidad exterior, el de degüello de ganado menor y las obligaciones de industria y comercio (autorreteción y retención en la fuente)– se extienden un mes adicional frente a las fechas originalmente establecidas.
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Por ejemplo, los pagos de agosto podrán realizarse hasta el 10 de septiembre. En el caso de industria y comercio, el bimestre julio-agosto se podrá declarar hasta el 10 de septiembre.

La Secretaría de Hacienda precisó que la emergencia no suspende automáticamente los procesos coactivos ya iniciados ni las medidas cautelares decretadas, como embargos, pero la administración trabaja en un ajuste extraordinario del Manual de Cartera. Este cambio permitirá flexibilizar acuerdos de pago y abonos, eliminando la exigencia del 30% de la deuda como requisito inicial, de acuerdo con las condiciones que establecerá la nueva reglamentación.
La ampliación del calendario busca dar un respiro a los contribuyentes que, tras el sismo, deben destinar recursos y esfuerzos a la recuperación de sus viviendas, comercios y negocios. La medida beneficia tanto a personas naturales como jurídicas, y se suma a la suspensión temporal de los cobros persuasivos, facilitando el acceso a acuerdos y evitando sanciones e intereses por mora para quienes aprovechen la prórroga.
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Los ciudadanos pueden consultar y pagar sus impuestos a través del Portal Tributario, la Línea Progreso y los puntos de atención habilitados por la alcaldía en la ciudad. Las autoridades reiteran la importancia de informarse oportunamente sobre las nuevas fechas y aprovechar los descuentos vigentes, recordando que el pago de los tributos permite financiar obras y programas de desarrollo local.

Medidas de la Dian: ampliación de plazos para declaración de renta
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), también anunció un calendario especial para la declaración de renta del año gravable 2025 para personas naturales y sucesiones ilíquidas domiciliadas en los municipios afectados por el terremoto, incluyendo Manizales.
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La medida se plantea como un proyecto de decreto y contempla la posibilidad de ampliar la lista de municipios beneficiados si la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) certifica nuevas zonas gravemente afectadas.
Según el proyecto, los vencimientos de la declaración de renta se organizarán por los dos últimos dígitos del NIT. Los contribuyentes con NIT terminados en 01 y 02 tendrán plazo hasta el decimoctavo día hábil de octubre, y así sucesivamente.
Quienes tengan NIT terminados en 09 y 10 pasarán a noviembre, extendiéndose los plazos hasta el noveno día hábil de ese mes para los últimos grupos. La ampliación incluye también obligaciones de retención y autorretención para las zonas afectadas, pero no cubre a los grandes contribuyentes.
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La modificación no elimina la obligación de declarar ni el pago del impuesto, solo otorga más tiempo para cumplir con las obligaciones fiscales en medio de la emergencia. Los proyectos de decreto están en proceso de comentarios y los contribuyentes deben estar atentos a la publicación definitiva y a los canales oficiales de la DIAN para conocer las fechas exactas que les correspondan.
¿Quiénes se benefician?
El régimen especial aplica a personas naturales y sucesiones ilíquidas con domicilio fiscal registrado en el Registro Único Tributario (RUT) al 10 de agosto de 2026 en los municipios de Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales, Quibdó y Popayán, entre otros que puedan ser incluidos posteriormente según la certificación de la Ungrd.
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También podrán acceder nuevos contribuyentes que se registren en el RUT, siempre que su domicilio fiscal esté en alguna de las zonas cobijadas y cumplan con los requisitos. Empero, la Dian aclaró que quienes no estén cubiertos por la medida deben mantener las fechas del calendario ordinario y cumplir normalmente con sus obligaciones tributarias.
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