Tras el terremoto de 7,4 ocurrido el lunes 10 de agosto en Colombia, Fasecolda informó que las aseguradoras activaron protocolos para recibir reclamaciones por daños en viviendas y otros inmuebles, en un escenario en el que 442.514 bienes asegurados están ubicados en 105 municipios de siete departamentos con alta afectación y en el que la prioridad inmediata, según el gremio, es proteger la vida antes de iniciar cualquier trámite.
De acuerdo con el Servicio Geológico Colombiano, el sismo se registró a las 7:34 a. m., tuvo una profundidad de 96 kilómetros y su epicentro estuvo en San José del Palmar, Chocó. El movimiento fue sentido en gran parte del país y generó afectaciones en más de 400 municipios.
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La Federación de Aseguradores Colombianos precisó que en el país existen 2.258.594 riesgos asegurados contra terremoto. De ese total, 277.308 corresponden a hogares, 8.510 a copropiedades, 128.359 a riesgos privados y 28.337 a riesgos públicos, que incluyen parte de infraestructura como hospitales y colegios.
Eso no significa que todos esos inmuebles hayan sufrido daños. El gremio aclaró que se trata de bienes asegurados ubicados en las zonas con mayor incidencia del sismo, no de una cuantificación de pérdidas ya verificadas.
La indicación para propietarios y empresas con póliza es comunicarse de forma directa con su compañía de seguros por los canales oficiales habilitados: líneas telefónicas, páginas web, aplicaciones o puntos de atención. El reporte formal permite que la aseguradora reciba la notificación del siniestro y defina los pasos según las condiciones del contrato.
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“En todo el país se encuentran más de 2 millones de inmuebles asegurados por terremoto. Según el Servicio Geológico Colombiano, el sismo afectó con fuerza a 105 municipios en siete departamentos, que se encuentran asegurados”, dice en el comunicado emitido por la agremiación.
Ese es el punto central para quien tenga una vivienda, un negocio o un inmueble afectado: debe informar lo ocurrido a su aseguradora, conservar pruebas de los daños y seguir las instrucciones de la compañía. Fasecolda insistió en que no se debe hablar con terceros, sino con la empresa aseguradora por sus canales oficiales.
“Lo primero que hay que demostrarle a la compañía de seguros es evidencia y cuantía, entonces lo primero que se debe hacer es comunicarse con las líneas de asistencia de todas las compañías de seguros o en su defecto con el intermediario de seguros que es la persona que le vendió el seguro inicialmente y quien le va colaborar con todo lo del trámite”, dijo a Blu Radio, Sandra Hernández consultora en seguros de SPH.
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El registro de los daños puede hacerse con fotografías o videos, siempre que no implique entrar a edificaciones inestables ni exponerse a otros riesgos. El gremio también recomendó conservar documentos, facturas y soportes relacionados con los bienes afectados y con las medidas de emergencia adoptadas.
Gustavo Morales, presidente ejecutivo de Fasecolda, resumió el criterio de actuación del sector: “En estos momentos, la prioridad es la seguridad y el bienestar de las personas. Desde el sector asegurador hemos activado nuestros canales y protocolos de atención para acompañar a los asegurados, orientarlos y facilitar el reporte de posibles daños. La industria aseguradora está preparada para acompañar a los colombianos en el proceso de recuperación y reconstrucción”, se observa en el comunicado expedido por la agremiación.
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La existencia de un seguro contra terremoto permite iniciar una reclamación si el inmueble resultó afectado, pero no implica que todos los daños queden cubiertos de manera automática ni que la aseguradora deba pagar de inmediato el valor total de la vivienda. La cobertura y un eventual reconocimiento económico dependen de las condiciones pactadas en la póliza.

“Sabemos que esto es una catástrofe que acabamos de vivir y las compañías de seguros tienen claridad sobre el tema, de hecho el reporte que ayer dio Fasecolda, lo que informan es que hay que demostrar que ocurrió, en este momento no van a pedir facturas cuando se tienen asegurados los contenidos, porque una cosa es tener asegurada la estructura del inmueble y otra tener asegurado lo que se tiene adentro”, agregó Hernández.
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Por esa razón, el propietario debe reportar el siniestro y permitir que la compañía adelante su procedimiento. La revisión del contrato define qué riesgos están amparados y qué condiciones aplican en cada caso.
El gremio también pidió no hacer reparaciones definitivas ni desechar elementos dañados antes de recibir instrucciones de la aseguradora. La única excepción son las acciones indispensables para proteger la vida, evitar nuevos daños o cumplir órdenes de las autoridades.

En los inmuebles que respaldan créditos hipotecarios existe además un seguro de incendio y terremoto asociado al bien durante la vigencia del crédito. Esa cobertura se refiere a la parte destructible del inmueble que sirve como garantía de la obligación, por lo que el daño de una vivienda no elimina por sí mismo la deuda hipotecaria.
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Así mismo, Hernández hizo la claridad sobre cuánto tiempo tienen las personas afectadas por el terremoto para hacer la reclamación ante las aseguradoras.
“En este caso, más o menos vendrían siendo 30 días pueden hacer este proceso en todo este tiempo van a poder hacer la reclamación ante la compañía de seguros, igual este es un evento que ya es ampliamente conocido, por lo tanto las compañías de seguros, siempre y cuando se pueda demostrar que el inmueble estaba asegurado, que la dirección y demás pertenecen, la compañía va a responder sin ningún inconveniente”, concluyó la experta.
La situación de cada propietario que aún paga su crédito dependerá de la póliza, del préstamo y de las condiciones contractuales aplicables. Según Fasecolda, el procedimiento sigue siendo el mismo: reportar el siniestro a la aseguradora y atender las instrucciones que emita la compañía.
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