
La Corte Suprema de Justicia confirmó el inicio de una investigación formal contra la excongresista del Pacto Histórico Gloria Elena Arizabaleta Corral por varios delitos relacionados con su gestión como integrante de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
La decisión se tomó en sesión ordinaria de la Sala Especial de Instrucción, según informó la máxima instancia judicial de Colombia, a través de sus canales en redes sociales.
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Según el alto tribunal, la exrepresentante enfrenta cargos de presunta concusión, prevaricato por acción, tráfico de influencias y revelación de secreto. El origen de estos señalamientos está vinculado a hechos ocurridos durante la expedición de un fallo que emitió, mediante el cual solicitó la suspensión del presidente Gustavo Petro por presunta participación indebida en política en el contexto de la campaña presidencial, a principios de junio de 2026.

La denuncia que motivó parte del proceso fue presentada por el propio jefe de Estado, que acusó a Arizabaleta Corral de ejercer “presiones burocráticas que habrían derivado en extorsión”.
Por eso, desde el tribunal se informó que entre las evidencias recopiladas por la Sala Especial de Instrucción se encuentran testimonios y documentos que, según la instancia judicial, resultan determinantes para la investigación.
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La excongresista será citada a indagatoria como parte del proceso que ahora adelanta la Corte Suprema de Justicia. La fecha no fue confirmada.
La diligencia judicial en la oficina de Arizabaleta
El 26 de junio la Corte Suprema de Justicia confirmó la inspección y el sellamiento de la oficina de la representante Gloria Arizabaleta Corral, ubicada en el Congreso de la República, como parte de las investigaciones.
Durante la diligencia, funcionarios judiciales recopilaron evidencia digital, incluidas copias de toda la información contenida en los computadores del despacho, para saber qué pasó con la resolución que firmó tras acusar al mandatario de participar en actividades políticas.
El expediente, identificado con el número 7525, señaló que la decisión se fundamentó en una presunta “falta gravísima” atribuida al jefe de Estado, relacionada con intervención en política, conforme a lo establecido por el artículo 60 de la Ley 1952 de 2019.
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Lo polémico de esta resolución es que precisó que la suspensión sería aplicada como una medida cautelar, durante investigaciones por faltas graves o gravísimas, y tendría vigencia hasta el 21 de junio de 2026 a las 4:00 p. m., fecha de los comicios de la primera vuelta presidencial.
La resolución fue expedida por la Comisión Legal de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, y especificó que Petro no recibiría remuneración durante el periodo de suspensión y que la notificación debía realizarse directamente al mandatario o a su apoderado, a través de los canales oficiales, incluidos el correo electrónico de la Presidencia.
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También se instruyó comunicar la decisión a la Dirección del Departamento Administrativo de la Presidencia y al Ministerio Público, para que la Procuraduría General de la Nación adopte las acciones correspondientes.
Tras la firma del fallo, Arizabaleta Corral se retractó formalmente de su actuación. En un segundo documento, la congresista aclaró que no se adoptaron decisiones en firme, con el objetivo de garantizar el debido proceso.

Expertos penalistas como Francisco Bernate señalaron públicamente, en su momento, que cualquier medida de suspensión contra un presidente debe contar con la aprobación de la Cámara de Representantes y el Senado, por lo que la resolución inicial no tenía efectos jurídicos inmediatos.
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Tras conocerse la solicitud, Gustavo Petro afirmó que la Comisión de Acusaciones no tiene la competencia para suspender al presidente de la República y sostuvo que la decisión contradecía la ley colombiana. El mandatario calificó el intento de suspensión como un acto de extorsión por parte de la congresista.
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