Qué pasará si no hay empalme entre el Gobierno Petro y la administración de Abelardo de la Espriella: esto dice la ley

La Ley 951 de 2005 no contempla sanciones por el fin de conversaciones entre ambas partes, pero obliga a la actual administración a entregar un reporte con datos al Ejecutivo

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Abelardo de la Espriella anunció el cese del empalme con el Gobierno Petro al que calificó de corrupto - crédito Luisa Gonzalez/REUTERS - Sergio Reyes/AP
Abelardo de la Espriella anunció el cese del empalme con el Gobierno Petro al que calificó de corrupto - crédito Luisa Gonzalez/REUTERS - Sergio Reyes/AP

El 7 de julio de 2026, el presidente electo Abelardo de la Espriella ordenó, vía redes sociales, suspender de inmediato el proceso de empalme con el gobierno de Gustavo Petro.

“Acabo de darle instrucciones al señor vicepresidente electo de la República para que suspenda de manera inmediata el proceso de empalme con el gobierno corrupto que termina su periodo, un gobierno que, con sus decisiones y su conducta, pretende destruir a Colombia”, escribió en su cuenta de X.

Y agregó: “Mi deber es proteger los intereses de la Nación y garantizar una transición seria, transparente y al servicio de los colombianos, nunca legitimar el desastre ni el desconocimiento del orden constitucional”.

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La ley obliga a entregar y recibir el informe de gestión

La Ley 951 de 2005 no contempla sanciones por el fin de conversaciones entre ambas partes, pero  obliga a la actual administración a entregar un reporte con datos el Ejecutrivo - crédito Ley 951 de 2005
La Ley 951 de 2005 no contempla sanciones por el fin de conversaciones entre ambas partes, pero obliga a la actual administración a entregar un reporte con datos el Ejecutrivo - crédito Ley 951 de 2005

La medida anunciada no tiene antecedentes en la historia de Colombia, por lo que se abrió un vacío práctico a un mes de la posesión, ya que la ley regula la transición entre administraciones, pero no prevé de manera expresa que una de las partes decida suspenderla.

La Ley 951 de 2005 obliga tanto al gobierno saliente como al entrante a participar en la entrega y recepción de la administración, y fija además un plazo de 30 días hábiles para la verificación física o revisión posterior del contenido entregado.

A la par, el articulado define deberes concretos para ambas partes, aunque no contemple de manera textual el escenario de una suspensión unilateral del empalme. La norma ordena al gobierno saliente elaborar un informe de gestión y entregarlo, y al entrante recibirlo y estudiarlo, al margen de las diferencias políticas.

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El artículo 5 establece: “Los servidores públicos del Estado y los particulares enunciados en el artículo 2 están obligados, en los términos de esta ley, a entregar al servidor público entrante un informe mediante acta de informe de gestión, los asuntos y recursos a su cargo, debiendo remitirse para hacerlo al reglamento y/o manual de normatividad y procedimiento que rija para la entidad, dependencia o departamento de que se trate”.

Conforme a la ley, “el servidor público entrante está obligado a recibir el informe y acta respectiva y a revisar su contenido. La verificación física o revisión que se haga de los diferentes aspectos señalados en el acta de entrega y recepción se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma del documento, para efectos de determinar la existencia o no de irregularidades”.

El artículo 11 dispone que los titulares salientes deben realizar un acto formal para entregar el informe de gestión y el acta administrativa con el estado general de la administración a los titulares entrantes. - crédito Ley 951 de 2005
El artículo 11 dispone que los titulares salientes deben realizar un acto formal para entregar el informe de gestión y el acta administrativa con el estado general de la administración a los titulares entrantes. - crédito Ley 951 de 2005

Eso significa que, si el proceso político de empalme no se reanuda, subsisten de todos modos obligaciones legales asociadas a la entrega formal de los asuntos públicos. La resolución no presenta esa recepción como una facultad opcional, sino como un deber para quien asume.

La misma normativa añade otro requisito: la formalización del traspaso debe hacerse en un acto específico. El artículo 11 dispone que los titulares salientes deben realizar un acto formal para entregar el informe de gestión y el acta administrativa con el estado general de la administración a los titulares entrantes.

Gobierno Petro también se niega a continuar con el empalme

El Gobierno Nacional presentó una denuncia penal contra Carlos Alonso Lucio por declaraciones relacionadas con el proceso. La suspensión busca restablecer condiciones de respeto recíproco y asegurar un empalme técnico y respetuoso de la Constitución. La Contraloría y la Procuraduría fueron invitadas a participar en las sesiones sectoriales - crédito Presidencia

El ministro de Hacienda, Germán Ávila, hizo una declaración pública en la que anunció la suspensión de los diálogos con el gobierno electo.

A su juicio, no existen garantías institucionales para continuar. La medida no fue presentada como definitiva, sino supeditada a un cambio en las condiciones del proceso .A la par, el titular de la cartera sostuvo que hoy no están dadas las condiciones mínimas de respeto institucional por la persistencia de ataques personales y por el uso de una narrativa incompatible con la naturaleza del empalme.

“El Comité Nacional de Empalme del Gobierno Nacional suspende su participación en las sesiones conjuntas de empalme hasta tanto existan garantías de respeto recíproco, cese la utilización de expresiones y actuaciones incompatibles con la naturaleza institucional del proceso y puedan restablecerse las condiciones necesarias para desarrollar un empalme técnico, serio y respetuoso de la Constitución”, expuso.

El equipo de empalme del Gobierno Petro, liderado por el ministro de Hacienda, vinculó esa decisión a una denuncia penal contra Carlos Alonso Lucio, integrante del equipo del gobierno entrante, por declaraciones que, según la administración saliente, afectaron la honra y el buen nombre del presidente de la República, Gustavo Petro, y de su gabinete.

Germán Ávila anunció acción judicial contra Carlos Alonso Lucio por declaraciones sobre el presidente Gustavo Petro - crédito Colprensa
Germán Ávila anunció acción judicial contra Carlos Alonso Lucio por declaraciones sobre el presidente Gustavo Petro - crédito Colprensa

“Precisamente porque creemos en el Estado de derecho y en las instituciones de la República, informamos que el Gobierno Nacional radicó una denuncia penal contra el señor Carlos Alonso Lucio con ocasión de las declaraciones que ofreció, por considerar que dichas manifestaciones afectan la honra y el buen nombre del señor presidente de la República y de su equipo de gobierno. Ese asunto deberá resolverse donde corresponde, ante las autoridades competentes, no en la mesa del empalme”, expresó el funcionario Ávila.

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