
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0563 del 3 de junio de 2026, mediante el cual se introducen modificaciones a las disposiciones relacionadas con la protección y seguridad de los expresidentes y exvicepresidentes de la República. La medida fue adoptada por el presidente de la República, Gustavo Petro, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales contempladas en la Constitución Política y la ley.
De acuerdo con el texto oficial, la nueva norma modifica el artículo 5 del Decreto 1069 del 25 de junio de 2018, que regulaba los mismos aspectos relacionados con los esquemas de seguridad destinados a los exmandatarios del país.
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Cambios en la asignación de vehículos para los esquemas de protección

La disposición define nuevamente los responsables de suministrar los vehículos, el personal de protección y los elementos necesarios para el funcionamiento de dichos esquemas. El artículo primero del decreto 0563 establece que los vehículos automotores destinados a los esquemas de protección y seguridad de los expresidentes y exvicepresidentes serán asignados por varias entidades del Estado.
Según la nueva redacción del artículo 5 del Decreto 1069 de 2018, “Los vehículos automotores para el esquema de protección y seguridad serán asignados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia”, incorporando expresamente a estas entidades como responsables de suministrar todo lo necesario para las labores de protección y seguridad.
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Este cambio, que hace referencia tanto a organismos adscritos al sector defensa como a entidades especializadas en inteligencia y protección, tiene como propósito garantizar una distribución de responsabilidades en materia logística para los esquemas de seguridad.
Policía Nacional y UNP asumirán la asignación del personal de protección

El decreto también define la responsabilidad sobre el personal encargado de la protección directa de los expresidentes y exvicepresidentes. De acuerdo con el texto oficial, “El personal de protección será asignado por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección”.
Con esta disposición, la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección (UNP) quedan señaladas como las entidades encargadas de disponer los integrantes de los esquemas de seguridad que acompañan a los exmandatarios y exvicepresidentes.
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La norma no establece cambios en cuanto a la existencia de dichos esquemas, sino que precisa las entidades responsables de asignar los funcionarios encargados de las labores de protección.
Equipos, armamento y comunicaciones serán suministrados por las entidades vinculadas
Otro de los aspectos regulados por el decreto corresponde a los elementos necesarios para la prestación del servicio de protección. El texto señala que “Los elementos para el servicio de seguridad y protección requeridos, tales como medios de comunicaciones, armamento y demás que se consideren indispensables serán suministrados por la entidad a la que se encuentren vinculados el personal de protección”.
De esta manera, cada entidad que tenga adscrito al personal de protección será responsable de proveer los equipos y recursos requeridos para el cumplimiento de sus funciones, incluidos sistemas de comunicación, armamento y otros elementos considerados necesarios para garantizar la operación de los esquemas de seguridad.
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El decreto 0563 establece además que la medida rige a partir de la fecha de su publicación. Además del presidente de la República, la norma cuenta con las firmas del ministro del Interior, Armando Benedetti; del ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas; del ministro de Defensa Nacional; y del director del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Así las cosas, con la entrada en vigencia de este decreto, quedan actualizadas las disposiciones relacionadas con la asignación de recursos humanos, logísticos y operativos destinados a la protección y seguridad de los expresidentes y exvicepresidentes de Colombia.
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