
El 30 de marzo de 2025, en el municipio de San Vicente de Chucurí, Santander, se registró un incidente durante las labores de centinela en el Batallón de Infantería 40, en el que el soldado Willian Alejandro Burgos Díaz, identificado con el grado SL18, se preparaba para cumplir funciones relacionadas con el servicio de vigilancia cuando realizó una verificación de la munición asignada a su fusil y de manera accidental le disparó a uno de sus compañeros.
Tras una investigación se confirmó que en el procedimiento retiró el cartucho de seguridad y acopló el proveedor al arma, omitiendo los protocolos de seguridad y las normas establecidas para el manejo adecuado de armas de fuego.
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Tras esta acción, el uniformado efectuó maniobras incorrectas con el fusil. Al retirar el proveedor, no advirtió que un cartucho permanecía dentro de la recámara. Luego de accionar el arma, el proyectil impactó en el rostro del también soldado Cristian David Jiménez Silva, que recibió lesiones graves en el tronco encefálico y falleció jornadas más tarde.

El 4 de junio la Fiscalía Penal Militar y Policial informó que tras una investigación que adelantó la unidad especializada 2227, en la que se recopiló el material probatorio y evidencias del hecho, el soldado Burgos Díaz aceptó los cargos en su contra y se definió que tendrá que pagar una condena de 21 meses de prisión por la muerte de su compañero.
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La Fiscalía informó que la condena incluye la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas, así como la prohibición para portar y tener armas de fuego.
Las autoridades judiciales y militares reiteraron su compromiso con la investigación de los hechos que afectan la vida y la integridad de los miembros de la fuerza pública. Se mantiene la directriz de adelantar investigaciones rigurosas dentro de la institución, con el objetivo de asegurar la disciplina y el respeto por los derechos fundamentales en todas las actuaciones oficiales.
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Fiscalía avaló comportamiento de policía que intervino en un hecho de orden público
El ente acusador también informó que avaló la preclusión en caso de intervención policial registrada en Barranquilla el 19 de julio de 2024.
En el informe se recordó que en un establecimiento comercial ubicado en el barrio Modesto, una persona ingresó a robar y disparó contra varios de los presentes, ocasionando que un uniformado interviniera en el hecho.
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“En medio de esa situación, un patrullero de la Policía Nacional accionó su arma de dotación y causó la muerte del ciudadano durante la intervención policial”, es parte del comunicado en el que se informó que la Policía Judicial expuso elementos materiales con los que se comprobó que la actuación del uniformado fue legítima.

A pesar de la denuncia contra el uniformado, en la que se afirmó que el individuo que murió estaba indefenso, la Fiscalía Penal Militar y Policial descartó esta teoría.
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“La actuación del uniformado ocurrió en un escenario de legítima defensa propia y de terceros, al responder de manera inmediata ante un hurto cometido con arma de fuego dentro del establecimiento”.
La Fiscalía recordó que casos de esta índole pueden ser denunciados por la ciudadanía y de esa forma se definirá la legalidad en cualquier tipo de acto protagonizado por integrantes de la fuerza pública.
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“La autoridad judicial concluyó que la intervención se ajustó al mandato constitucional que rige la actuación de la Fuerza Pública en la protección de la vida y la seguridad ciudadana. La determinación también representa un mensaje de seguridad jurídica para los miembros de la Fuerza Pública, al reiterar que las actuaciones legítimas y debidamente justificadas reciben respaldo institucional cuando se enmarcan en la Constitución y la ley”, puntualizó el ente acusador.
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