
El senador Carlos Fernando Motoa, de Cambio Radical, radicó el jueves 21 de mayo de 2026 un proyecto para derogar la Ley 2494 de 2025, más conocida como la Ley de Encuestas en Colombia, al sostener que la norma que regula la elaboración, publicación y divulgación de encuestas en el país creó un esquema de control que restringe derechos fundamentales y alteró el debate público en plena etapa electoral.
La iniciativa fue presentada ante la Secretaría General del Senado con un texto breve de radicación y una exposición de motivos en la que el congresista, opositor al Gobierno de Gustavo Petro, cuestionó tanto el contenido de la ley como la forma en que fue aprobada. En su oficio, dirigido al secretario general Diego Alejandro González, pidió dar inicio al trámite legislativo correspondiente.
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Motoa hizo público el anuncio al afirmar que ya había sido radicado el proyecto para derogar “la totalidad de la Ley 2494 de 2025”, una norma que, según dijo, no acompañó durante su trámite y que espera que “desaparezca por el bien del país, por la defensa de principios constitucionales y por la garantía de derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la información”.

La tesis de su propuesta apunta, entonces, a un punto neurálgico: la ley que buscó ordenar las encuestas terminó, según su lectura, convertida en un mecanismo de control previo sobre información política y electoral. Ese señalamiento aparece acompañado por otra objeción de fondo, pues para Motoa, la norma debió tramitarse como ley estatutaria y no como proyecto ordinario.
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Motoa sostuvo que la Ley de Encuestas creó un régimen de control sobre encuestas políticas y electorales
Su argumento se basa en que esta normativa regula el núcleo de derechos fundamentales. A su vez, en la exposición de motivos, describió que la Ley 2494 de 2025 “creó un régimen de control sobre la elaboración, publicación y divulgación de encuestas políticas y electorales”, con requisitos técnicos estrictos y estableció un sistema de registro obligatorio de firmas encuestadoras nacionales.

A su vez, fijó auditorías y controles preventivos y amplió las facultades del Consejo Nacional Electoral (CNE), en un argumento que no se limita a una crítica política; pues hizo énfasis en cómo la ley “ha generado profundas controversias de índole constitucional” porque tuvo un impacto negativo en la garantía de libertades y derechos como la libertad de expresión y el derecho a la información.
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Estos fueron motivos suficientes para presentar la derogación total de la norma y no una reforma parcial, pues las circunstancias expuestas en el documento “sustentan la necesidad imperiosa” de eliminar la ley para impedir que siga produciendo afectaciones y restricciones desproporcionadas al ejercicio de esos derechos.
Del mismo modo, el senador cuestionó la validez del trámite y advirtió un choque con derechos fundamentales. En ese sentido, uno de los ejes del proyecto radicado es la objeción sobre el procedimiento legislativo, por lo que afirmó que la ley “adolece de vicios procedimentales en su trámite”, ya que, a su juicio, debió pasar por una revisión previa por parte de la Corte Constitucional.
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Ese punto es crucial en su tesis, porque conectaría el debate técnico sobre encuestas con un problema de jerarquía constitucional. Con ello, la crítica del senador parte de que la regulación no se limitó a ordenar una actividad económica o estadística, sino que intervino en materias vinculadas con información, expresión y participación política, que afectan en consecuencia la carta fundamental.
Asimismo, Motoa sostuvo que la norma produjo un efecto contrario al que prometía. Según ese planteamiento, las cargas económicas, las exigencias técnicas y la rigidez del sistema habrían empujado la salida de firmas tradicionales del mercado colombiano y favorecido la circulación de estudios informales sin ficha técnica ni responsable claro, como la española Gda3, que dio un paso al costado.
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Por último, el congresista también advirtió que la regulación vigente afecta a los medios de comunicación porque les impone responsabilidades y sanciones por los resultados de encuestas que difunden. Y, según ese reparo, el diseño de la ley incentiva la autocensura por el riesgo de represalias económicas o legales derivadas de la actuación del Consejo Nacional Electoral (CNE).
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