Le descuentan de la nómina y no sabe por qué: así funciona la retención en la fuente en Colombia y cómo reducirla legalmente

Muchos trabajadores colombianos ven cómo su salario llega disminuido cada mes sin entender bien por qué. El mecanismo detrás de ese descuento tiene reglas claras, umbrales precisos y herramientas legales que permiten reducirlo

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La retención en la fuente
La retención en la fuente no es un descuento extra: es el Impuesto sobre la Renta cobrado en cuotas mensuales por la Dian a lo largo del año- crédito VisualesIA

Cada quincena o final de mes, millones de colombianos reciben su pago y encuentran en el desprendible de nómina un descuento llamado “retención en la fuente”. Para muchos, ese renglón genera confusión o incomodidad. Sin embargo, comprender cómo funciona este mecanismo puede marcar una diferencia real en el bolsillo mensual.

El primer punto que hay que dejar claro es que la retención en la fuente no representa un cobro nuevo ni un castigo fiscal. Se trata del Impuesto sobre la Renta pagado de manera anticipada, en cuotas mensuales.

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En lugar de que el trabajador reciba su salario completo durante todo el año y luego enfrente una cuenta grande al momento de declarar renta, el Estado colombiano —a través de la Dian— le encarga al empleador que descuente ese valor mes a mes. Al finalizar el año, lo retenido quedará registrado como un abono a lo que se adeude en la declaración de renta.

La retención no se calcula sobre el salario que figura en el contrato. La ley establece que el descuento solo comienza cuando una cifra llamada “base gravable depurada” supera las 95 Unidades de Valor Tributario (UVT). Con la UVT fijada por la Dian en $52.374 para 2026, ese umbral equivale a $4.975.530 mensuales.

Con un salario bruto de
Con un salario bruto de $8 millones y los alivios tributarios correctos, la base gravable puede quedar por debajo de $4.975.530 y la retención del mes sería cero pesos- crédito VisualesIA

Para calcular esa base gravable, el proceso es escalonado. Al salario total del mes se le restan, primero, los aportes obligatorios a salud (4%) y pensión (4%), más el Fondo de Solidaridad Pensional si aplica. Luego se descuentan las deducciones permitidas por ley —intereses de crédito de vivienda, medicina prepagada, dependientes económicos—.

Después se resta lo aportado a pensiones voluntarias o cuentas AFC. Finalmente, sobre lo que queda, la ley concede automáticamente una exención adicional del 25%, conocida como renta de trabajo exenta, amparada en el Artículo 206 del Estatuto Tributario.

Si tras ese recorrido matemático el resultado supera $4.975.530, entra en juego la tabla progresiva del Artículo 383 del Estatuto Tributario, que va desde el 0% hasta el 39% según el nivel de ingresos. En la práctica, una persona generalmente comienza a ver descuentos por este concepto cuando su salario bruto ronda entre $6.000.000 y $6.500.000 mensuales, dependiendo de los alivios que reporte.

Reportar dependientes económicos, medicina prepagada
Reportar dependientes económicos, medicina prepagada o intereses de crédito hipotecario ante el área de nómina reduce legalmente el descuento mensual- crédito Montaje Johan Largo/Infobae

El Artículo 387 del Estatuto Tributario reconoce el derecho de los trabajadores a informar ciertas situaciones personales y financieras al área de nómina de su empresa, para que sean tenidas en cuenta al calcular la retención mensual. Estos son los principales:

  1. Dependientes económicos: se pueden reportar hasta cuatro personas que dependan financieramente del trabajador. Aplica para hijos menores de 18 años, hijos entre 18 y 23 años que estudien y no generen ingresos propios, y cónyuge, padres o hermanos sin capacidad económica comprobada o con discapacidad física o mental.
  2. Medicina prepagada o pólizas de salud: los pagos por estos planes —para el trabajador, su cónyuge o sus hijos— son deducibles hasta un tope de 16 UVT mensuales, equivalentes a $837.984 en 2026.
  3. Intereses de crédito de vivienda: quienes paguen un crédito hipotecario o leasing habitacional para su residencia pueden descontar los intereses o costos financieros mensuales. El límite es de 100 UVT al mes, es decir, $5.237.400 en 2026.
Todo lo que el empleador
Todo lo que el empleador descuenta va directo a la DIAN. Al declarar renta en 2027, ese dinero aparece como saldo a favor del trabajador - crédito Dian

Existe, no obstante, un techo general: la suma de todas las deducciones y rentas exentas —incluido el 25% legal— no puede superar el 40% del ingreso neto mensual, con un límite anual de 1.340 UVT.

El empleador actúa como Agente Retenedor por mandato legal y tiene la obligación de transferir lo descontado directamente a la Dian. Al cierre del año, entregará al trabajador el Formulario 220 con el resumen de lo retenido. Cuando se presente la declaración de renta en 2027, esa suma figurará como un saldo a favor para cubrir el impuesto total del año.

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