Elecciones 8 de marzo: Armando Benedetti cambió decreto que limitaba la vigilancia electoral tras regaño de la Procuraduría

A solo tres días de los comicios legislativos, el Ministerio Público solicitó cambios urgentes; advirtió que la restricción de teléfonos móviles puede provocar inseguridades en el proceso

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- crédito @PGN_COL/X - Presidencia
El procurador solicitó al ministro del Interior, Armando Benedetti, modificar un decreto para las elecciones del 8 de marzo - crédito @PGN_COL/X - Presidencia

La Procuraduría General de la Nación hizo un nuevo llamado al Ministerio del Interior, en cabeza de Armando Benedetti, para modificar el Decreto 0188 del 27 de febrero que regula las medidas durante las elecciones legislativas de 2026, el cual fue respondido a las pocas horas.

En un comunicado oficial, el procurador general, Gregorio Eljach, expresó su preocupación por la exclusión de los funcionarios de la entidad de la excepción en el uso de teléfonos móviles, lo que, según él, pone en riesgo el ejercicio de su labor de vigilancia electoral.

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Eljach, en su misiva dirigida al ministro del Interior, recordó que, a tan solo tres días de las elecciones, el decreto sigue en vigor con su artículo 14, que limita el uso de celulares durante la jornada electoral.

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En ese sentido, el procurador General hizo hincapié en que dicha restricción afecta el cumplimiento de la misión constitucional que le corresponde al Ministerio Público, especialmente en lo relacionado con la supervisión de los procesos electorales.

La inscripción previa no solo permite votar el 8 de marzo, sino que establece este lugar como el punto asignado para futuras elecciones - crédito Sergio Acero/Colprensa
El procurador solicita ajustes urgentes en el decreto electoral a tan solo tres días de las elecciones del 8 de marzo - crédito Sergio Acero/Colprensa

La solicitud de la Procuraduría se basa en que los funcionarios de la entidad desempeñan un rol esencial en la vigilancia de los comicios y en el aseguramiento de que estos se desarrollen de manera transparente y conforme a la ley. Según el texto del comunicado, “la limitación de uso de celulares por parte de los servidores del Ministerio Público, en este caso, se constituye en una injustificada limitante para el ejercicio de la vigilancia que constitucionalmente nos corresponde”.

El procurador destacó que la función de supervisión y control que realiza la Procuraduría debe llevarse a cabo sin impedimentos, ya que los funcionarios del Ministerio Público necesitan poder comunicarse de manera eficiente durante la jornada electoral.

“No se trata solo de una cuestión de eficiencia, sino de la garantía de que el proceso se realice con la debida transparencia y conforme a los principios democráticos que nos rigen”, puntualizó Eljach en su carta.

La Procuraduría destacó que la restricción en el uso de celulares por parte de los funcionarios obstaculiza su capacidad de supervisión durante las elecciones - crédito @PGN_COL/X
La Procuraduría destacó que la restricción en el uso de celulares por parte de los funcionarios obstaculiza su capacidad de supervisión durante las elecciones - crédito @PGN_COL/X

En la misiva, Eljach también solicitó que, a la mayor brevedad posible, se realicen los ajustes necesarios en el decreto, con el fin de que la Procuraduría pueda seguir cumpliendo con sus funciones sin restricciones que considere innecesarias y perjudiciales para el cumplimiento de sus competencias.

Este es el nuevo decreto en el que Benedetti accede a exigencias de la Procuraduría

El objetivo central del Decreto 0211 del 5 de marzo de 2026 es precisar de manera clara y taxativa quiénes pueden usar teléfonos celulares, cámaras y otros dispositivos electrónicos dentro de los puestos de votación durante la jornada electoral. Esto busca evitar interpretaciones ambiguas y reforzar la seguridad jurídica, tras las advertencias del Ministerio Público.

Las principales disposiciones son:

  • Se mantiene la prohibición general de uso de celulares, cámaras fotográficas o de video dentro de los puestos de votación entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m.
  • Se exceptúa de esta prohibición a los medios de comunicación debidamente identificados y a funcionarios del Ministerio Público (Procuraduría, Defensoría del Pueblo, personerías) y de la Fiscalía General de la Nación designados para vigilancia electoral o que deban cumplir actos propios de sus funciones.
  • Los ciudadanos solo pueden usar el celular para mostrar la cédula digital al jurado de votación.
  • Los testigos y observadores electorales acreditados pueden ingresar con dispositivos electrónicos, pero no pueden usarlos dentro del puesto de votación hasta después de las 4:00 p. m., cuando termina la votación y comienzan los escrutinios. Desde ese momento, pueden usarlos sin restricción en el marco de sus funciones legales.
  • Se prohíbe a los testigos electorales hacer insinuaciones a los electores, acompañarlos al cubículo o manipular documentos electorales.

Restricciones durante las elecciones del 8 de marzo

Una de las disposiciones más destacadas en el decreto es la ley seca, que prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas desde las 6:00 p. m. del sábado 7 de marzo hasta las 12:00 m. del lunes 9 de marzo, afectando directamente las celebraciones y actividades sociales del fin de semana electoral.

Otra medida relevante es el cierre de fronteras, que estará en vigor desde las 6:00 p. m. del sábado hasta las 6:00 a. m. del lunes, con el objetivo de evitar irregularidades migratorias durante las elecciones.

Además, el decreto establece restricciones estrictas sobre la propaganda electoral, prohibiendo la entrega de volantes y el uso de elementos como camisetas o gorras promocionales cerca de los puestos de votación, mientras que los votantes podrán llevar un pequeño papel como ayuda de memoria.

Decreto 0188 amplió la restricción a funcionarios de organismos de control, como la Procuraduría, lo que provocó preocupación - crédito Luisa González
Decreto 0188 amplió la restricción a funcionarios de organismos de control, como la Procuraduría, lo que provocó preocupación - crédito Luisa González

De igual manera, la medida del Ministerio del Interior regula las reuniones políticas, que solo podrán llevarse a cabo en recintos cerrados durante la semana previa a las elecciones, desde el lunes 2 de marzo hasta el lunes 9 de marzo.

También se detallan las condiciones para el acompañamiento al votante, lo que permite solo a personas con limitaciones físicas o mayores de 80 años ser acompañadas en el proceso de votación, siempre garantizando el secreto del voto. Los puestos de votación abrirán a las 8:00 a. m. y cerrarán a las 4:00 p. m., y se recuerda que el cargo de jurado es de aceptación obligatoria, con sanciones por inasistencia.

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