
Una inspección judicial en el cementerio San Miguel de Santa Marta derivó el jueves 26 de febrero de 2026 en un episodio de alta tensión, cuando el sacerdote Hernando Fajid Álvarez Yacub, imputado por varios delitos, celebró una misa mientras agentes de la Fiscalía y la Policía realizaban una revisión administrativa en el recinto.
El religioso, conocido por la comunidad local y en medios de comunicación como el “cura rebelde”, mantuvo la ceremonia religiosa aunque la Diócesis de Santa Marta le retiró la autorización para oficiar actos litúrgicos y administrar el camposanto.
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De acuerdo con El Tiempo en un informe publicada a medios de julio de 2025, el caso se remonta a una diligencia judicial que había sido anunciada con antelación y formaba parte de un proceso legal para que la Fundación Juan Pablo Segundo, vinculada a la Iglesia Católica, recupere el control del cementerio.
Por este motivo, funcionarios del CTI de la Fiscalía, abogados y peritos revisaban los registros administrativos y la capilla cuando familiares de un difunto, rodeados de autoridades, intentaban despedirse en medio de la confusión.
Al final, nada se suspendió: el féretro permaneció frente al altar y la misa continuó pese a la presencia de agentes judiciales.
Por su parte, el abogado de la Diócesis de Santa Marta, Diego Duque, declaró que el procedimiento formaba parte de la estrategia legal de la Iglesia para retomar la administración del cementerio, destacó el portal Entérate en Línea el mismo jueves.
“Esta diligencia estaba programada. El sacerdote sabía que se iba a realizar”, señaló Duque, quien consideró la actuación de Álvarez Yacub como un desafío a las decisiones legales y eclesiásticas. El jurista agregó: “Solicitamos una medida cautelar para que se le impidiera el acceso al cementerio, pero fue negada. Vamos a apelar esa decisión porque creemos que la Iglesia debe recuperar el control total del lugar”.
El conflicto obedece a la imputación penal que la Fiscalía realizó en 2025 contra Álvarez Yacub por presunta administración desleal, falsedad en documento privado y ocultamiento de documentos.
A pesar de la suspensión eclesiástica anunciada por el obispo José Mario Bacci Trespalacios, el sacerdote no solo permanece en el recinto, sino que se niega a entregar las llaves del cementerio y continúa organizando servicios religiosos.

Durante una audiencia virtual, la Fiscalía expuso que el sacerdote desatendió las órdenes de traslado y formalizó su figura jurídica en la Cámara de Comercio para gestionar el camposanto, que administra desde hace diecisiete años, añadió en aquella ocasión el reporte del diario bogotano.
Asimismo, el juez del caso concluyó que no había pruebas suficientes para restringir su acceso, permitiéndole mantener el control administrativo y litúrgico del lugar, pese a la decisión de la Iglesia.
“Aquí me quedo”, afirmó Fajid Álvarez Yacub al cierre de la audiencia, insistiendo en que su gestión cuenta con el respaldo de la comunidad y los usuarios del cementerio.
Por todo lo anterior, la disputa por la administración del cementerio ha provocado divisiones entre la feligresía.

Según testimonios recogidos por el mismo medio local, numerosos fieles asisten a las ceremonias diarias y defienden la labor del sacerdote: “Él es el único que se ha preocupado por este lugar. Por eso lo apoyamos. Que digan lo que quieran, nosotros lo vamos a seguir escuchando”. Otro asistente comentó: “Si fuera malo, no tendría a toda esta gente siguiéndolo”.
A su vez, la Diócesis de Santa Marta mantiene la postura de que la Fundación Juan Pablo Segundo es la única entidad autorizada legal y canónicamente para administrar el cementerio San Miguel.
El vocero oficial, el padre Jesús Orozco, reiteró que “nada de lo que haga el señor tendrá efecto alguno, ni litúrgico ni sacramental”.
Mientras el proceso penal sigue su curso y la Iglesia busca nuevas alternativas legales para recuperar la gestión del camposanto, las llaves del lugar permanecen en manos del sacerdote suspendido.

El litigio ha sido motivo de conversación entre los vecinos por cuenta de la figura penal de la apropiación indebida, definida por Conceptos Jurídicos como el acto de apropiarse de un bien confiado cuya devolución era obligatoria.
La situación mantiene en vilo a la comunidad religiosa y a las autoridades legales locales, mientras que el religioso sigue oficiando misas como si nada hubiera pasado.
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