
El Consejo de Estado anuló el decreto 1500 del 7 de agosto de 2018, expedido por el entonces presidente Juan Manuel Santos, con el que se había delimitado formalmente la “Línea negra” en la Sierra Nevada de Santa Marta y reconocido 348 espacios considerados sagrados para los pueblos arhuaco, kogui, wiwa y kankuamo.
Tras conocerse el fallo, el presidente de la República, Gustavo Petro, reaccionó públicamente a través de la red social X, en la que instruyó a la Agencia Nacional de Tierras a que, utilizando los instrumentos legales y la compra de predios, se garantice la preservación de la “Línea negra” para las comunidades indígenas de la Sierra.
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Petro enfatizó que: “Nuestro deber es proteger nuestros ancestros, el campesinado puede tener reforma agraria en toda la tierra en los alrededores del territorio sagrado de la Sierra Nevada. No se puede dejar sin agua a Santa Marta, ni a Valledupar ni a Riohacha, los indígenas son los guardianes del agua, de la Sierra y del corazón del mundo”.

El mandatario también criticó la orientación de la justicia administrativa, señalando: “No se entendió mi discurso de que el contencioso administrativo debe pasar a defender los derechos de la naturaleza y contener la codicia. Por eso es tan importante el poder constituyente”.
Detalles de la decisión del Consejo de Estado
La decisión del Consejo de Estado se fundamentó en dos aspectos principales. Primero, el decreto fue expedido sin que existiera una cartografía oficial de la “Línea negra”, lo que, según el alto tribunal, constituye una “falsa motivación” y una irregularidad insubsanable.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) reconoció que el mapa oficial solo estuvo disponible hasta 2023, cinco años después de la firma del decreto. En segundo lugar, el fallo destacó la ausencia de consulta previa adecuada con todos los pueblos étnicos y consejos comunitarios afrodescendientes que habitan la zona delimitada y su área de influencia.
Entre estas comunidades se encuentran los wayúu, chimila y una decena de consejos comunitarios de comunidades negras, cuyos derechos de participación no fueron garantizados durante el proceso de expedición del decreto.

El fallo también analizó el papel del “Documento Madre”, elaborado por los pueblos indígenas entre 2013 y 2015, que debía servir de base para la delimitación de la “Línea negra”.
Según la corte, no se acreditó que dicho documento contara con el soporte cartográfico oficial del Igac al momento de la firma del decreto. Esta omisión, según el fallo, tiene consecuencias directas sobre la configuración de los derechos reconocidos a los pueblos indígenas, ya que impide determinar con precisión los territorios considerados ancestrales y sagrados.
De dónde surgió la “Línea negra”
La delimitación de la ‘Línea negra’ tiene una historia que abarca más de cinco décadas. En 1973, mediante la resolución 002 del 4 de enero, el Gobierno de Misael Pastrana reconoció por primera vez la existencia de la “Línea negra” o “Zona Teológica” en la Sierra Nevada de Santa Marta.
Luego, en 1995, bajo la presidencia de Ernesto Samper, se dictó la resolución 837, que amplió la delimitación simbólica de la “Línea negra” tras un proceso de consulta previa con las comunidades indígenas.
En esa etapa, las comunidades determinaron 54 hitos sagrados periféricos en el territorio. Posteriormente, entre 1998 y 2012, la Corte Constitucional emitió siete fallos que reforzaron la obligación del Estado de proteger el territorio ancestral de los pueblos indígenas de la Sierra Nevada.

En 2010, por ejemplo, la Corte ordenó la suspensión de las obras de un puerto en el municipio de Dibulla, al considerar que posiblemente afectaba territorios de la “Línea negra” y no se había realizado la consulta previa correspondiente.
Para 2013, la Corte instó a la Presidencia de la República a redefinir o actualizar los territorios que componen el espacio ancestral de las comunidades de la Sierra, y en 2014 estableció que en todo proyecto que se pretenda ejecutar en esos territorios debe realizarse consulta previa.
El decreto 1500 de 2018 se emitió como respuesta a estas órdenes judiciales y representó un avance significativo en la formalización de los derechos de los pueblos indígenas.
No obstante, el acto fue demandado en 2019 por el abogado Yefferson Dueñas, que desde 2024 es viceministro de Justicia en el Gobierno de Gustavo Petro.
Dueñas argumentó que el decreto carecía de soporte cartográfico oficial, no contó con la versión definitiva del “Documento Madre” y no incluyó una consulta previa adecuada y participativa para todas las comunidades indígenas y afrodescendientes involucradas.
También señaló una presunta afectación a la autonomía de los departamentos de La Guajira, Magdalena y Cesar, así como a los derechos de propiedad privada de entidades territoriales, otros grupos étnicos y particulares.
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