
La Confederación Nacional del Gremio de la Seguridad Privada (Confevip) alertó sobre la convocatoria de la Contraloría General del Magdalena para contratar servicios de conserjería que, según la organización, incluyen funciones propias de la vigilancia privada.
El proceso, que cuenta con un presupuesto de $218.163.460 para un periodo de 10 meses, busca la prestación de servicios de conserjería y personal temporal encargado del cuidado y custodia de los activos institucionales, así como la atención inicial al público.
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De acuerdo con el proyecto de pliegos de condiciones de la Contraloría, el objeto contractual es la “prestación de servicios de conserjería y personal temporal para el cuidado, custodia y atención inicial de las personas que ingresan a las distintas dependencias de la entidad durante el periodo contractual”.
El documento precisa que la cobertura debe ser de 24 horas al día, siete días a la semana, mediante turnos rotativos de al menos tres personas, junto con un conserje adicional presente en jornada de ocho horas de lunes a viernes.

El alegato de la agremiación radica en que este esquema supone una cobertura permanente en todas las sedes, similar a la que presta un servicio de vigilancia continua.
Las obligaciones asignadas al personal incluyen la custodia de los activos institucionales, la permanencia dentro de los inmuebles, el cumplimiento de instrucciones del supervisor, la atención al público y la presentación de informes mensuales.
El documento también detalló que los conserjes deberán cumplir funciones como apertura y cierre de puertas, manejo y control de llaves, vigilancia de áreas comunes, registro de novedades y colaboración en temas de apoyo administrativo, sin portar armas ni realizar actividades de reacción armada.
La Confevip señaló que las funciones descritas son equivalentes a las de vigilancia privada, actividad regulada en Colombia y reservada a empresas debidamente habilitadas y personal certificado.
Para el gremio, la contratación de conserjes para tareas de seguridad desvirtúa el principio de legalidad y pone en riesgo tanto la protección de las instalaciones públicas como los derechos laborales de los trabajadores del sector de seguridad privada.
Miguel Ángel Díaz, presidente de la confederación, hizo un llamado a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para que intervenga de inmediato. Díaz advirtió que, además de vulnerar la normativa vigente, esta práctica tiende a precarizar el empleo y debilitar la formalidad en el sector.
“Llamamos la atención de los organismos de control, como la Superintendencia de Vigilancia, que actúe de manera inmediata. Esto es muy peligroso porque desvirtúan el concepto y el principio de legalidad en Colombia, pero, además, tiende a que no se cumpla con los derechos laborales de los trabajadores“, señaló.
Confevip insistió en que los contratos para servicios de seguridad y vigilancia deben adjudicarse únicamente a empresas habilitadas, a fin de garantizar el cumplimiento de la ley y la protección adecuada de los bienes públicos, así como la defensa del empleo formal en el gremio de la seguridad privada.
Las reglas sobre conserjes y vigilancia privada en conjuntos residenciales
En diciembre de 2025, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada publicó una circular en la que delimita las funciones de conserjería y las actividades exclusivas de la vigilancia privada.
La medida surge como respuesta a prácticas detectadas en propiedades horizontales, donde los conserjes asumían labores reservadas a vigilantes, situación que contraviene la normativa vigente.
Según la circular, el objetivo es evitar confusiones sobre el alcance de la conserjería, recordando que la seguridad privada exige condiciones estrictas de operación y formación.
El documento advierte que delegar funciones de vigilancia a trabajadores no autorizados, además de infringir la ley, eleva los riesgos para residentes y visitantes.
Un punto central es la referencia al Clasificador Único de Ocupaciones del Dane, vigente desde 2023, que define las tareas de los conserjes como recepción, apoyo en limpieza, mantenimiento y reparaciones básicas. La protección de personas y bienes, así como la prevención de riesgos, quedan fuera de su competencia.

La Superintendencia enfatizó que el control de accesos, la manipulación de equipos de seguridad y cualquier acción orientada a la gestión de riesgos solo pueden ser realizadas por vigilantes vinculados a empresas autorizadas y con formación certificada, conforme al Decreto-Ley 356 de 1994. Los administradores no pueden delegar estas funciones a conserjes, ni siquiera provisionalmente.
El organismo advirtió que asignar tareas de vigilancia a conserjes es una infracción que puede acarrear sanciones administrativas.
Además, instó a revisar la indumentaria del personal, ya que la similitud de uniformes puede inducir a error sobre el servicio contratado y configurar la prestación irregular de vigilancia privada. La circular llamó a la rigurosidad en la definición de roles para evitar responsabilidades legales y operativas en la gestión residencial.
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