
Un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia presentó un escrito de acusación contra el exdirector seccional, César Rojas Arias, por su presunta responsabilidad en delitos de índole sexual cometidos contra una subalterna.
“Un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia radicó escrito de acusación contra el exdirector seccional, César Rojas Arias, como presunto responsable de los delitos de acceso carnal violento agravado, acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir agravado, acto sexual violento agravado y acoso sexual”, se lee en el comunicado.
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Según la Fiscalía General de la Nación, César Rojas Arias habría aprovechado su cargo y jerarquía en la entidad durante casi nueve meses para intimidar a la víctima con amenazas de traslado o represalias laborales, buscando que accediera a sus pretensiones.

“El exfuncionario durante casi nueve meses habría aprovechado su cargo y jerarquía en la entidad para asediar y perseguir de manera sistemática a una subalterna, y amenazarla con traslados y retaliaciones laborales con el único propósito de que accediera a sus pretensiones sexuales”, indicó el ente acusador.
El escrito lo señala como presunto responsable de acceso carnal violento agravado, acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir agravado, acto sexual violento agravado y acoso sexual.
La investigación, realizada, según la Fiscalía, desde un enfoque diferencial de género y bajo criterios de protección integral a la víctima, documentó conductas sistemáticas de asedio y persecución laboral. Los hechos ocurrieron en Bogotá, D.C., donde, de acuerdo con el expediente, las presiones laborales y las amenazas generaron un grave daño emocional a la mujer afectada.
El proceso detalla que las conductas atribuidas al exfuncionario no contaron con consentimiento y tuvieron un impacto significativo en la vida de la víctima.

“De acuerdo con la investigación que se siguió con un enfoque diferencial de género y de protección integral a la víctima, los actos indebidos y otras conductas de índole sexual no consentidas por parte de un superior causaron un grave daño emocional a la mujer”, indicó el comunicado.
La audiencia de formalización de acusación tendrá lugar en la fecha que fije la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia.
“La audiencia de formalización de acusación se realizará en la fecha que fije la Sala Especial de Primera instancia de la Corte Suprema de Justicia”, asevero la Fiscalía.
Condena por delitos sexuales
Las penas para quienes sean hallados responsables de delitos sexuales en Colombia varían según la gravedad y las circunstancias de los hechos. El acceso carnal violento agravado se sanciona con prisión de doce a veinte años, conforme al artículo 205 del Código Penal. Esta figura se configura cuando existe penetración forzada mediante violencia física, amenaza o cualquier mecanismo que anule la voluntad de la víctima.
Para el delito de acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir agravado, la condena también oscila entre doce y veinte años de prisión. La sanción aplica en situaciones donde la víctima se encuentra privada de sentido o no puede oponerse debido a una condición física o psíquica.

El acto sexual violento agravado, que implica contacto sexual sin penetración y bajo circunstancias de violencia o intimidación, contempla penas de ocho a dieciséis años.
El acoso sexual está tipificado en el artículo 210-A de la legislación penal colombiana y prevé una condena de uno a tres años de prisión. Este delito se configura cuando una persona, aprovechando su posición de autoridad o ascendencia, realiza requerimientos sexuales no consentidos que afecten la dignidad o la integridad de la víctima.
Las penas pueden incrementarse si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad o existe una relación de poder entre víctima y victimario, según la normativa vigente. La severidad de las condenas busca establecer un marco de protección para las víctimas frente a estas conductas.
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