Demanda busca tumbar Zonas de Ubicación del Clan del Golfo creadas por Petro: acusan violación de la Constitución

Abogados advierten que la Presidencia habría usurpado funciones del Congreso y desconocido un fallo de la Corte Constitucional

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Una acción judicial ante el
Una acción judicial ante el Consejo de Estado cuestiona la legalidad de la resolución presidencial que creó espacios de concentración para el Ejército Gaitanista de Colombia en Córdoba y Chocó, por posibles extralimitaciones del Ejecutivo y reparos jurídicos y territoriales al proceso. - crédito Infobae.

Una demanda que cursa en el Consejo de Estado busca anular la resolución mediante la cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro ordenó la creación de tres Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) para integrantes del Clan del Golfo, también denominado Ejército Gaitanista de Colombia (EGC).

De acuerdo con lo revelado por El Espectador, los demandantes sostienen que la decisión del Ejecutivo desconoció la Constitución, la ley y pronunciamientos previos de la Corte Constitucional, además de invadir competencias exclusivas del Congreso de la República.

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La acción judicial fue radicada el 21 de enero por los abogados Mauricio Pava Lugo y Nicolás Dupont Bernal, y actualmente se encuentra en el despacho del magistrado Carlos Fernando Mantilla. En ella, los juristas también solicitaron la suspensión provisional de la resolución expedida por la Presidencia el 22 de diciembre de 2025, que oficializó la creación de las ZUT en zonas rurales de Tierralta (Córdoba), Belén de Bajirá y Unguía (Chocó).

El Gobierno y el Ejército
El Gobierno y el Ejército Gaitanista de Colombia pactaron la creación de espacios de concentración en Córdoba y Chocó como parte del proceso de negociación en curso. - crédito Comisionado de Paz

El alcance de las Zonas de Ubicación Temporal

Según la información conocida por el medio, las ZUT entrarán en funcionamiento entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026. Durante ese periodo, cerca de 8.945 integrantes del Clan del Golfo serían trasladados a estos espacios de concentración, al tiempo que quedarían suspendidas las órdenes de captura vigentes y las solicitudes de extradición en su contra, como parte del proceso de negociación que adelanta el Gobierno con esa organización armada ilegal.

El anuncio de la creación de las tres primeras ZUT se realizó el 5 de diciembre de 2025, luego de que las delegaciones del Gobierno y del Clan del Golfo cerraran el segundo ciclo de negociación en Doha, Catar. De acuerdo con lo pactado, estas zonas serían el inicio de una iniciativa más amplia que podría extenderse a otros municipios de Córdoba, Antioquia y Bolívar, territorios donde el grupo ilegal ha ejercido control armado durante años.

Los argumentos jurídicos de la demanda

En el recurso presentado ante el alto tribunal, los abogados Pava y Dupont expusieron dos razones principales por las cuales consideran que la resolución presidencial debe ser declarada nula. La primera se relaciona con el desconocimiento de una sentencia de 2023 de la Corte Constitucional, en la que ese tribunal condicionó la creación de zonas de ubicación a la existencia previa de una ley de sometimiento expedida por el Congreso.

La resolución del Gobierno se fundamenta en la ley 2272 de 2022, conocida como ley de paz total, que autoriza la creación de espacios transitorios en el marco de negociaciones de paz. Sin embargo, la Corte Constitucional precisó en su momento:

“Las zonas de ubicación solo se pueden establecer en una etapa avanzada del proceso para hacer viable el sometimiento a la justicia, de conformidad con la ley de sometimiento que expida el Congreso”.

Para los demandantes, al no existir una ley de sometimiento aplicable al Clan del Golfo, la Presidencia habría actuado por fuera del marco legal y constitucional, incurriendo en una extralimitación de funciones.

El presidente Gustavo Petro defendió
El presidente Gustavo Petro defendió la creación de las Zonas de Ubicación Temporal como una medida orientada a avanzar en su política de paz total. - crédito REUTERS/Luisa González

Competencias del Congreso y del Ejecutivo

El segundo argumento de la demanda se desprende del anterior. Según los juristas, la Presidencia no tenía competencia para ordenar la creación de las ZUT, ya que dicha facultad está condicionada a una ley previa aprobada por el Legislativo. En el texto de la demanda, citado por El Espectador, se afirma:

“El presidente de la República desconoció este mandato constitucional y actuó como si su competencia fuera plena e incondicionada. Ello configura un vicio de incompetencia por exceso en el ejercicio de la potestad reglamentaria”.

A esto se suma que el Clan del Golfo ha manifestado públicamente su rechazo a someterse a la justicia ordinaria. Durante la instalación del mecanismo de monitoreo, el 20 de diciembre, sus voceros insistieron en la necesidad de un esquema de justicia transicional. En palabras de Ricardo Giraldo, representante del grupo ilegal:

“Hemos sostenido que una ley de sometimiento no es la solución para el conflicto del que llevamos más de seis décadas en Colombia”.

Preocupación en los territorios donde se instalarán las ZUT

A los reparos jurídicos se suman los reclamos de comunidades locales en Córdoba y Chocó. Jorge Elías Ricardo Rada, vocero de la Asociación de Campesinos del Sur de Córdoba, señaló a El Espectador que, aunque el diálogo es necesario, el contexto territorial genera inquietud.

“El grupo nunca ha salido de aquí y su control sigue siendo hegemónico”, afirmó.

El líder social advirtió además sobre los riesgos de la concentración de combatientes en plena coyuntura electoral.

“Aglomerar a los combatientes, por nuestra experiencia, nos da zozobra. Deberían esperar a que pase la jornada electoral”, agregó.

Consejo de Estado estudia una
Consejo de Estado estudia una demanda que cuestiona la legalidad de la resolución presidencial que ordenó la creación de las Zonas de Ubicación Temporal. - crédito Colprensa

Un debate que ahora deberá resolver el Consejo de Estado

Persisten interrogantes sobre aspectos clave del proceso, como la custodia de las armas, la seguridad de la población civil y los efectos de la suspensión de órdenes de captura, especialmente en casos de alto perfil como el de alias “Chiquito Malo”, jefe máximo del Clan del Golfo y requerido en extradición por Estados Unidos.

Mientras el Gobierno defiende la medida como parte de su política de paz total, será el Consejo de Estado el encargado de definir si la resolución presidencial se ajusta o no a la Constitución y a la ley. Su decisión marcará un precedente sobre los límites jurídicos del Ejecutivo en la negociación con grupos armados ilegales.