Conjuez que definirá el futuro de la reforma pensional pidió nuevas pruebas y una prórroga antes de la decisión final

Con la Ley 2381 de 2024 suspendida, el conjuez Carlos Pablo Márquez se encuentra en la fase de análisis de documentos y aclaraciones antes de la sesión que determinará la constitucionalidad de la iniciativa del Gobierno Petro

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La Ley 2381 de 2024,
La Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional, está suspendida hasta decisión definitiva de la Corte Constitucional - crédito Colprensa y Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

La definición del futuro de la reforma pensional quedó en manos del conjuez Carlos Pablo Márquez Escobar, que solicitó a la Secretaría General de la Corte Constitucional el envío de documentos clave y un término adicional para su estudio, previo a la citación de la Sala Plena que resolverá de manera definitiva la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024.

La ley se encuentra suspendida tras un auto que ordenó devolver el proyecto al Congreso para subsanar presuntos vicios de trámite.

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La solicitud del conjuez se produce como parte del expediente D-0015989, en el que se analiza una demanda presentada por Paloma Valencia. En el auto que suspendió temporalmente la ley, la Corte determinó que la entrada en vigencia de la reforma quedaría congelada hasta que la Sala Plena adopte una decisión final y dejó abierta la posibilidad de que el Congreso establezca un nuevo plazo para su implementación.

Solicitud de documentos y aclaraciones de voto

La decisión del conjuez se
La decisión del conjuez se basará en documentos clave, aclaraciones de voto y solicitudes ciudadanas relacionadas con el Auto A-841/25 - crédito Corte Constitucional

En una carta dirigida a la Secretaría General de la Corte Constitucional y conocida por Infobae Colombia, el conjuez pidió formalmente acceso a documentos específicos relacionados con el Auto A-841/25. En el texto, Márquez explicó que, como conjuez designado en el proceso, requería copias de las aclaraciones de voto de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y José Fernando Reyes Cuartas, o, en su defecto, los enlaces oficiales donde dichos documentos estuvieran disponibles para consulta pública.

La petición busca contar con los elementos completos que acompañaron la adopción del auto que suspendió la ley y ordenó su devolución al Congreso. Las aclaraciones de voto son consideradas parte integral del análisis jurídico, pues permiten conocer los argumentos individuales de los magistrados que intervinieron en la decisión y los fundamentos que sustentaron su postura.

Además, el conjuez solicitó información detallada sobre el estado de las solicitudes ciudadanas de aclaración relacionadas con el mismo auto. En la comunicación, pidió que se le indicara el estado actual de esas solicitudes y si existen decisiones adoptadas al respecto, o que se le remitieran los enlaces correspondientes en caso de que ya estuvieran disponibles públicamente.

Prórroga para estudiar el expediente

Márquez solicitó un plazo adicional
Márquez solicitó un plazo adicional de cinco días para analizar el material antes de la citación en Sala Plena - crédito Corte Constitucional

Una vez recibidos los documentos solicitados, Márquez pidió expresamente un plazo adicional para su análisis. En la carta, el conjuez solicitó que, “en caso de que estos documentos del numeral 1 ya estén o una vez estén radicados y disponibles, me concedan cinco (5) días adicionales desde su remisión para estudiarlos con detenimiento previo a la citación a la Sala Plena en la que se discutirá el expediente”.

La solicitud de prórroga se enmarca en la responsabilidad asignada al conjuez, que deberá emitir una posición decisiva frente a un expediente que actualmente mantiene dividida a la Sala Plena. Según confirmó este medio, esta comunicación fue notificada al despacho del magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, por parte de la Secretaría General de la Corte el lunes 19 de enero.

Con este requerimiento, el conjuez podría contar con un tiempo considerado suficiente para revisar el material completo antes de participar en la sesión que definirá el rumbo de la reforma pensional, ya sea mediante su aval constitucional, su eventual archivo por vicios de trámite o su devolución al Congreso para una nueva corrección.

La solicitud fue notificada al
La solicitud fue notificada al magistrado ponente Jorge Enrique Ibáñez el 19 de enero de 2026 - crédito Corte Constitucional

Márquez Escobar fue designado como conjuez por la Sala Plena de la Corte Constitucional el 25 de noviembre del año pasado, luego de que el magistrado Héctor Carvajal fuera apartado del conocimiento del caso. La separación se produjo debido a que Carvajal había sido asesor de Colpensiones mientras la iniciativa de reforma avanzaba en el Congreso de la República.

Tras la salida de Carvajal, los ocho magistrados restantes debatieron y votaron la ponencia presentada por el presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, que sostiene que la reforma pensional debe declararse inexequible debido a errores cometidos durante su trámite en la Cámara de Representantes. La votación, sin embargo, terminó en empate.

Apoyaron la ponencia de Ibáñez las magistradas Paola Meneses y Lina Marcela Escobar, así como el magistrado Carlos Camargo. En contraste, los magistrados Miguel Polo, Vladimir Fernández, Juan Carlos Cortés y Natalia Ángel votaron en contra. Ante la igualdad de votos, la Corte decidió acudir a la figura del conjuez para desempatar.

Aunque Márquez fue designado en noviembre, solo aceptó formalmente la tarea el 12 de diciembre, lo que retrasó el inicio de su intervención en el expediente. Ahora, con la nueva solicitud, el conjuez se prepara para tomar una de las decisiones más importantes del Gobierno de Gustavo Petro, antes de terminar su mandato.

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