
El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negó la solicitud presentada por el exmagistrado Alejandro Linares, que actuaba como apoderado de un comerciante afectado por el aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno nacional.
Linares había solicitado una medida provisional para suspender la aplicación del decreto expedido el 29 de diciembre de 2025, que fijó un incremento promedio del 23,7% del salario mínimo mensual legal vigente y del auxilio de transporte.
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En su acción, el exmagistrado argumentó que el Gobierno desconoció normas constitucionales y legales al establecer el nuevo salario, señalando la ausencia de criterios técnicos claros para sustentar el incremento. Según la tutela, la medida afectaría a microempresas, pequeños negocios y trabajadores informales, además de omitir la deliberación habitual entre el Gobierno, empresarios y sindicatos.
“Un incremento en promedio del 23,7% del SMMLV y del auxilio de transporte, decretado sin evaluar adecuadamente su impacto negativo en las mipymes —incluidas microempresas, pequeños negocios o incluso comerciantes personas naturales— y en los trabajadores informales en Colombia, requiere de la intervención inmediata del juez constitucional”, indicó la tutela presentada por Linares. La acción también señalaba que el Gobierno había invadido competencias del Congreso, generando una “inconsistencia que deriva en una doble contabilización y pago del transporte a los trabajadores”.

Pese a lo anterior, el despacho judicial señaló que no se cumplieron las exigencias legales para decretar la medida provisional, que buscaba suspender el aumento del salario mínimo mientras se estudiaba la acción de tutela en primera instancia. El juez argumentó que durante los diez días hábiles establecidos para proferir la sentencia no se evidenciaba un perjuicio inmediato ni la urgencia que justificara la suspensión del decreto.
“Al no advertir la urgencia y necesidad de decretar la medida provisional solicitada, no se accederá a la misma”, concluyó el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La resolución fue comunicada tanto a los accionados —Presidencia de la República, Ministerio del Trabajo y Ministerio de Hacienda y Crédito Público— como al accionante, y contra ella no proceden recursos.
La reacción del Gobierno

El presidente Gustavo Petro se pronunció a través de su cuenta de X, destacando los efectos económicos de la medida y la obtención de crédito internacional: “Demostramos la seriedad de nuestra política económica a pesar de las burlas de quienes nos adversan”. En su mensaje, el mandatario explicó que el crédito de 5.000 millones de dólares obtenido a una tasa de 5,9% permitirá reemplazar deudas más costosas y mejorar la situación financiera de los próximos gobiernos.
Además, Petro vinculó el aumento del salario mínimo con el desarrollo económico del país: “Hablaré sobre la conveniencia de tener en Colombia un salario vital para desarrollar productivamente al país y hacer que las familias puedan progresar”. El presidente resaltó que, mediante esta medida y la gestión económica del Gobierno, se ha generado confianza internacional: “El mercado internacional… nos brinda confianza y crédito a la mitad de lo que nos venía dando”.
Por su parte, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, calificó la decisión judicial como “el primer intento fracasado de tumbar el #SalarioVital” y resaltó que Linares no pudo demostrar un perjuicio concreto ni urgente. Sanguino aseguró que la medida protege la dignidad de millones de trabajadores: “Junto con el Ministerio de las y los Trabajadores y el presidente @petrogustavo, seguiremos defendiendo lo que dicta la Constitución y las cifras: que el salario alcance para vivir mejor, recupere rezagos y que el crecimiento económico llegue también a quienes sostienen el país con su trabajo”.

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