
Una fuerte preocupación encendió las alarmas entre los alcaldes de Colombia tras conocerse el Documento de Distribución 104 de 2025 del Sistema General de Participaciones (SGP), expedido por el Departamento Nacional de Planeación (DNP).
La Federación Colombiana de Municipios, en representación de los mandatarios locales del país, advirtió que la decisión del Gobierno Nacional de reducir la bolsa del SGP implica un recorte de 4,4 billones de pesos que afecta directamente la financiación de servicios esenciales como salud, agua potable, saneamiento básico, cultura, deporte e inversión social.
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El pronunciamiento fue hecho por el presidente de la Federación Colombiana de Municipios, Julián Sánchez, quien actúa como vocero de los alcaldes de los 1.104 municipios del país.
Según explicó, la disminución de los recursos compromete derechos fundamentales de millones de ciudadanos y pone en riesgo la capacidad de los entes territoriales para garantizar la atención de necesidades básicas.
“La reducción de la bolsa del Sistema General de Participaciones hecha por el Gobierno Nacional en el Documento de Distribución 104 de 2025 afecta recursos esenciales para salud, agua potable y saneamiento, cultura, deporte e inversión social.
Los recursos de los municipios del país estarían en juego

Esta decisión impacta de manera directa a todos los municipios de Colombia y limita seriamente el margen de acción de las administraciones locales”, señaló el presidente de la Federación.
De acuerdo con el jefe de la entidad, el recorte se produce como resultado de una depuración aplicada por el Gobierno Nacional al aforo del SGP, ajustándolo por lo que se denominó “menor recaudo”.
Para los alcaldes, esta medida técnica tiene profundas consecuencias sociales y fiscales, ya que reduce el gasto público territorial en un momento en el que muchos municipios enfrentan altos niveles de demanda social, presiones financieras y rezagos históricos en infraestructura y servicios.
“El ajuste por menor recaudo pone en riesgo la inversión social y el gasto público de los entes territoriales. Los municipios dependen en gran medida del Sistema General de Participaciones para cumplir con sus competencias constitucionales, especialmente en sectores sensibles como la salud y el acceso al agua potable”, advirtió el gremio.
¿Qué es el Documento de Distribución 104 de 2025?

El Documento de Distribución SGP-104-2025 es un acto administrativo expedido por el Departamento Nacional de Planeación que oficializa el reparto de los recursos del Sistema General de Participaciones correspondientes a la última doceava del año y al ajuste por menor valor de la vigencia 2025.
El SGP es el principal mecanismo mediante el cual el Gobierno Nacional transfiere recursos a departamentos, distritos y municipios para financiar servicios básicos.
Este documento en particular distribuye recursos para sectores críticos como salud, agua potable y saneamiento básico, propósito general y asignaciones especiales.
En términos financieros, el reporte oficial señala que se distribuyen aproximadamente 1,094 billones de pesos, con el siguiente desglose: 586.857 millones de pesos para salud; 277.859 millones para propósito general; 129.348 millones para agua potable y saneamiento básico; y 99.806 millones para asignaciones especiales.

En el componente de salud, los recursos se destinan al financiamiento del aseguramiento, la salud pública y los subsidios a la oferta. En agua potable y saneamiento básico, los dineros están orientados a infraestructura y a la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado.
El rubro de propósito general permite a los municipios invertir en sectores como deporte, cultura, desarrollo agropecuario y fortalecimiento institucional. Las asignaciones especiales incluyen recursos para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), el Programa de Alimentación Escolar (PAE), resguardos indígenas y municipios ribereños del río Magdalena.
Pese a que el Documento de Distribución 104 de 2025 cumple con el marco legal vigente, pues desde la Ley 1753 de 2015 ya no se requiere la aprobación del Conpes para cada distribución del SGP, los alcaldes consideran que la decisión debe ser revisada desde una perspectiva social y territorial.
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