
El Día de la Familia, el beneficio laboral que permitía un día libre remunerado al semestre, dejará de ser un derecho obligatorio de descanso remunerado para millones de trabajadores en Colombia en 2026. Los empleados que deseen disfrutar el beneficio por última vez deberán solicitarlo antes de la fecha que marca el final del primer semestre y el cierre de la etapa de transición hacia la reducción de jornada laboral a 42 horas semanales.
Tiene origen en la Ley 1857 de 2017, que establecía la obligación de otorgar una jornada libre remunerada por semestre a los trabajadores formales. La Ley 2101 de 2021 introdujo una reducción progresiva del horario semanal, al pasar de 48 a 42 horas, y condicionó la vigencia del Día de la Familia al avance de este proceso.
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La obligación se mantiene vigente hasta que la empresa implemente de manera efectiva la jornada máxima de 42 horas semanales. Una vez completada la reducción, la exoneración se hace efectiva y el beneficio deja de ser exigible por ley. El calendario legal fija el 15 o 16 de julio de 2026 como fecha en la que la reducción culmina y el derecho de descanso desaparece para todos.

Durante el primer semestre de 2026, los trabajadores podrán solicitar el Día de la Familia por última vez. El plazo máximo para la solicitud es el 30 de junio. A partir del 15 de julio de 2026, ninguna empresa estará obligada a conceder este descanso, salvo que hubiera implementado la jornada laboral de 42 horas antes de esa fecha. De esta manera, el cierre de la ventana representa la última oportunidad de acceso al beneficio antes de la eliminación definitiva.
La fase de transición exige a empresas y empleados estar atentos a las fechas y procedimientos formales para ejercer este derecho.
Cuántas jornadas de Día de la Familia se pueden pedir
Hasta la fecha de la supresión, el Día de la Familia otorga dos jornadas libres remuneradas por año, una cada semestre. La cantidad se mantiene vigente solo hasta la entrada en vigor de las 42 horas semanales en julio de 2026. Al mismo tiempo, el calendario de Colombia 2026 contempla días festivos nacionales, independientes del beneficio del Día de la Familia.

No todas las empresas están obligadas a mantener este beneficio hasta julio de 2026. Las organizaciones que adopten la jornada semanal de 42 horas antes de esa fecha quedan exoneradas de inmediato de la obligación. El requisito para la exoneración anticipada es la implementación efectiva, confirmada y documentada de la nueva jornada.
Día libre por movilidad sostenible
Además, la ley introduce de forma alternativa el día libre por movilidad sostenible, dirigido a los empleados que certifican el uso habitual de la bicicleta como medio de transporte para acudir al trabajo. El beneficio permite disfrutar de una jornada libre remunerada por semestre, condicionado al cumplimiento de la documentación formal.
Para obtener el beneficio de movilidad sostenible, el trabajador debe:
- Presentar una certificación que acredite el uso frecuente de la bicicleta en sus trayectos laborales.
- El proceso exige una solicitud escrita y la validación por parte del empleador.
- Es indispensable que ambas partes acuerden la fecha de disfrute, y su concesión solo procede si no perjudica el normal desarrollo de la empresa.

18 días festivos
Durante 2026, los trabajadores conservarán los 18 días festivos oficiales previstos, de acuerdo con la Ley Emiliani, que facilita los tradicionales “puentes laborales” al trasladar algunos feriados a los lunes. Ejemplos destacados de estos días son el 1 de enero, el Día de Reyes (12 de enero) y el Día de San José (23 de marzo).
Estos descansos están garantizados y son independientes de otros beneficios como la movilidad sostenible.
La Reforma Laboral impulsada por el Congreso busca equilibrar la competitividad con la calidad de vida. Si bien el Día de la Familia como derecho histórico llega a su fin, surgen nuevas figuras adaptadas a las transformaciones sociales, como el incentivo a la movilidad sostenible.
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