
La condena de más de 56 años de prisión impuesta a Juan Pablo Tobón Álvarez, conocido como alias Reblujo, y Juan Manuel Lora Quiroz, identificado como alias Lora, marca uno de los fallos más severos registrados en los últimos años contra integrantes del grupo criminal autodenominado La Oficina.
Según detalló la Fiscalía General de la Nación, ambos responsables participaron en el asesinato de cinco personas dentro de una finca en la zona rural del corregimiento de Tapartó, en Andes (Antioquia), el 16 de febrero de 2021.
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El relato judicial reconstruyó la secuencia de los hechos a partir de pruebas presentadas en juicio oral, en las que se establece que los acusados, junto a otros miembros del mismo grupo, irrumpieron en la finca e intimidaron al administrador y a los trabajadores armados tanto con armas de fuego como con objetos cortopunzantes.
Tras despojar a las víctimas de sus teléfonos móviles, los condujeron a los alojamientos de la propiedad y los obligaron a lanzarse al suelo.
Una de ellas fue sometida a torturas y ataques con armas blancas, llegando sus agresores a amputarle las orejas antes de asesinarla, tal como se evidenció en los testimonios y elementos recolectados por la Fiscalía. Mientras tanto, el resto de los presentes recibió disparos, lo que causó la muerte inmediata de cuatro personas. Dos trabajadores más quedaron en estado crítico, debido a la gravedad de las heridas.
El tribunal especializado de Antioquia declaró a Tobón Álvarez y a Lora Quiroz culpables por delitos de homicidio, tentativa de homicidio, concierto para delinquir —una figura jurídica que implica la vinculación sistemática a organizaciones criminales—, así como fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones con agravantes, y el delito de tortura.
La sentencia de 56 años y 9 meses de privación de libertad se considera referente dadas las agravaciones concurridas y la multiplicidad de conductas delictivas comprobadas.
Condenan a policías responsable del homicidio de joven futbolista en Cartagena
El reciente fallo judicial contra tres patrulleros de la Policía Nacional ha marcado un punto de inflexión en los casos de uso excesivo de la fuerza por parte de agentes estatales en Colombia. El juez penal del circuito de Cartagena sentenció a los uniformados por su responsabilidad en el homicidio de un joven futbolista ocurrido en 2020, un crimen que impactó profundamente la confianza social en las instituciones de seguridad.
El proceso judicial reveló que la víctima, un adolescente vinculado a una escuela de fútbol en Cali, se encontraba en Cartagena de manera temporal cuando fue interceptado por los agentes en un lavadero de automóviles.

La Fiscalía General de la Nación detalló que el joven fue abordado por los patrulleros Octavio Darío Porras Vides, Iván Darío Olivo de Ávila y Esteban Gómez Ricard, quienes exigieron información sobre el horario del establecimiento.
Según las pruebas presentadas por la Fiscalía, la negativa del joven a responder los llevó a una agresión física. El menor intentó escapar, pero fue perseguido. En el transcurso de la huida, Porras Vides disparó contra el adolescente, quien fue herido en el abdomen y trasladado a un centro asistencial, donde falleció poco después.

La investigación identificó que, tras el homicidio, los patrulleros Olivo de Ávila y Gómez Ricard intentaron encubrir el crimen. Consignaron en los reportes oficiales que el joven integraba una pandilla y que había atacado con un arma artesanal. La Fiscalía demostró en juicio que esta versión carecía de fundamento: las pruebas balísticas y los testimonios confirmaron que el artefacto presentado para sustentar esa hipótesis no era apto para disparar y que la víctima no portaba ningún arma de fuego.
El tribunal consideró los hechos como un caso de abuso policial, agravado por las maniobras para distorsionar los hechos. Porras Vides recibió una condena de 44 años y dos meses de prisión por homicidio agravado; Olivo de Ávila, 13 años y seis meses por favorecimiento agravado; y Gómez Ricard, 14 años por
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