
La condena impuesta al coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) marca un precedente en la justicia transicional colombiana.
Se trata de la primera sentencia adversarial contra un alto oficial del Ejército por crímenes de falsos positivos, lo que convierte el fallo en un hito jurídico y político en el proceso de esclarecimiento de las ejecuciones extrajudiciales cometidas durante el conflicto armado.
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Aunque la decisión aún no está en firme, el caso pone a prueba la capacidad de la JEP para sancionar responsabilidades de mando.
La sentencia, proferida en el marco del macrocaso 03 —que investiga las ejecuciones extrajudiciales presentadas como bajas en combate— responsabiliza a Mejía por crímenes ocurridos mientras estuvo al frente del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, con jurisdicción en el departamento del Cesar.
Según la JEP, durante su comandancia se consolidó una práctica sistemática de asesinatos de civiles, quienes luego eran reportados como combatientes muertos en operaciones militares.
Sin embargo, el coronel retirado ha rechazado de manera enfática la condena y anunció que agotará todos los recursos legales disponibles.

En declaraciones a Blu Radio, Mejía expresó su inconformidad con el fallo y aseguró que confía en que la verdad prevalecerá en la segunda instancia.
“Jamás emití una orden ilegal”, afirmó, al tiempo que insistió en que su actuación como comandante estuvo siempre enmarcada en la legalidad y la doctrina militar.
“La JEP está buscando un caso emblemático para presionar reconocimientos de responsabilidad”, sostuvo Mejía, que aseguró sentirse desilusionado del sistema de justicia transicional. Según su versión, durante su comandancia se realizaron más de 600 operaciones militares, todas debidamente planeadas y ejecutadas dentro del marco legal.
“Nunca voy a aceptar que actué de manera irresponsable o ilegal y nunca, a cambio de una libertad deshonrosa, voy a aceptar lo que no hice. Hasta el último suspiro de mi vida lucharé por la verdad y por mi limpieza como soldado”, declaró.
El proceso contra Mejía se diferencia del de otros exintegrantes del Batallón La Popa que también fueron investigados por la JEP.
De acuerdo con información revelada durante el juicio y citada por Caracol Radio, al menos 12 exmiembros de esa unidad reconocieron su participación en 135 ejecuciones extrajudiciales.
Al aceptar responsabilidad y aportar verdad plena, recibieron sanciones restaurativas que incluyen restricciones efectivas de la libertad, en lugar de penas privativas en prisión.

En contraste, Mejía optó por no reconocer responsabilidad, lo que condujo a un juicio adversarial.
La JEP concluyó que existían pruebas suficientes para establecer su responsabilidad como comandante, bajo la figura de autor mediato, al considerar que habría dirigido, tolerado o permitido un aparato organizado de poder que facilitó las ejecuciones extrajudiciales y su posterior encubrimiento.
La sentencia sostiene que miembros del Batallón La Popa habrían actuado en presunta coordinación con estructuras paramilitares para seleccionar víctimas y simular enfrentamientos armados.
Frente a estas acusaciones, Mejía negó de forma categórica cualquier vínculo con grupos armados ilegales. “Jamás. Con ningún elemento armado al margen de la ley, con ningún delincuente”, afirmó en Blu Radio, y agregó que dentro del proceso existen pruebas de planes para asesinarlo por parte de esos mismos grupos, lo que —según él— desmonta la tesis de una supuesta alianza.
Los magistrados de la JEP reconstruyeron el contexto territorial y operativo en el que ocurrieron los hechos, principalmente en municipios del Cesar como Valledupar, La Paz, Bosconia, Pueblo Bello y San Diego, así como en zonas de influencia de la Sierra Nevada de Santa Marta.
En ese escenario, decenas de civiles fueron asesinados y presentados falsamente como bajas en combate, en una práctica que incluyó enterramientos en fosas comunes y maniobras para ocultar la identidad de las víctimas. En total, la JEP identificó diez patrones criminales reiterados.

Según la Fundación Paz y Reconciliación (Pares), las víctimas eran en su mayoría personas en situación de vulnerabilidad: habitantes de calle, recicladores, vendedores ambulantes, indígenas —incluidos miembros del pueblo arhuaco—, menores de edad y campesinos señalados sin pruebas como colaboradores de grupos armados ilegales.
Para la JEP, esta selección evidencia una lógica institucional de resultados, en la que la presión por mostrar “bajas” prevaleció sobre la protección de la población civil.
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