
Un informe de Amnistía Internacional advirtió que los tribunales militares en Colombia continúan interviniendo en investigaciones sobre presuntas violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos por miembros de la fuerza pública.
En el informe se destaca que esta práctica incumple con normas nacionales e internacionales, perpetuando la impunidad y vulnerando los derechos de la mayoría de las víctimas.
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El informe señala que la Justicia Penal Militar (JPM) actúa como un obstáculo estructural para el acceso a la justicia. La intervención de esta jurisdicción en delitos como asesinatos, desapariciones forzadas y agresiones cometidas por policías o militares limita la garantía de derechos para quienes buscan justicia.
Para Amnistía Internacional, a pesar de reformas legales, pronunciamientos de la Corte Constitucional y estándares internacionales claros, la justicia militar sigue asumiendo casos que deberían estar bajo la competencia de la justicia ordinaria.

El análisis presenta ejemplos emblemáticos de impunidad, como los casos de desapariciones forzadas de Luis Fernando Lalinde y Nydia Erika Bautista durante los años 80, recordando que ambos fueron juzgados inicialmente por tribunales militares y los responsables permanecen sin sanción hasta que décadas después se cambió la decisión.
El informe también documenta cómo, durante las protestas sociales de las últimas dos décadas, las investigaciones por lesiones y muertes causadas por agentes policiales han terminado siendo remitidas equivocadamente a la JPM, dificultando el avance de los procesos judiciales.
La investigación se sustenta en información proporcionada por instituciones judiciales colombianas y en la revisión de 398 casos de conflictos de jurisdicción analizados por la Corte Constitucional entre febrero de 2021 y octubre de 2024.
Amnistía Internacional propone reformas constitucionales y legislativas que excluyan a la Policía Nacional del ámbito de la JPM y que restrinjan la competencia militar en los casos de derechos humanos. Además, recomienda capacitación obligatoria para operadores judiciales e insta a trasladar los casos ya abiertos por la JPM a la justicia ordinaria.

Para profundizar en el tema, en diálogo con Infobae Colombia, Alejandro Jiménez, que es investigador de Amnistía Internacional, expuso, desde su postura, cual debería ser el rol de la Justicia Penal Militar en estos casos.
“La Justicia Penal Militar no debe conocer sobre casos relacionados con posibles violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional. En su carácter de administradora de justicia dentro de la institucionalidad colombiana, la Justicia Penal Militar debe garantizar los derechos de todas las partes dentro de los procesos judiciales. Eso incluye a las víctimas de este tipo de hecho, que tienen derecho a ser escuchadas por la justicia penal ordinaria y que los hechos que sufrieron sean tramitados allí, con todas las garantías procesales para las partes. Es decir, no deben ser obligadas a ir ante la Justicia Penal Militar”.
De la misma forma, expuso los puntos claves por los que en Colombia es tan difícil afrontar casos en los que algún actor de autoridad está involucrado.
“Los intentos de asignar competencia a la Justicia Penal Militar en casos sobre posibles violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional continúa. La investigación encontró que actualmente el foco del problema está en los delitos contra la vida y la integridad personal, especialmente los homicidios”.

Para Amnistía Internacional el derecho internacional de los derechos humanos es claro en que la Justicia Penal Militar no debe tener competencia sobre investigaciones relativas a la posible comisión de estos delitos por parte de agentes de la fuerza pública.
“Existe una consciencia instalada en algunas instituciones colombianas (no solo la Justicia Penal Militar) de que sí la tienen sobre homicidios y lesiones personales, entre otros delitos graves, la dificultad de abordar el asunto está, por un lado, en un marco jurídico colombiano que sigue siendo ambiguo y por otro, en esa consciencia instalada en las instituciones”.
Por último, Alejandro Jiménez mencionó lo que se debe hacer para que la situación cambie, o que no se está haciendo para que el sistema funcione correctamente.
“Se puede recurrir a reformas constitucionales y legales requeridas para que Colombia se ponga en línea con sus obligaciones internacionales. También hay acciones que pueden tomar directamente fiscales y jueces penales militares en términos de remitir inmediatamente a la justicia ordinaria los casos sobre posibles violaciones a los derechos a la vida e integridad personal”, puntualizó.
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