
El Centro Democrático presentó en el Congreso de la República un proyecto de ley que busca modificar la exención del IVA para productos importados bajo la modalidad de tráfico postal y env. La iniciativa, radicada el 12 noviembre de 2025 por el representante a la Cámara Jhon Jairo Berrío, tiene como objetivo equilibrar la competencia entre productos nacionales e importados y fortalecer la industria nacional y el empleo.
El proyecto propone cambios al literal J del artículo 428 del Estatuto Tributario. De acuerdo con el texto presentado, la exención del IVA solo aplicaría a importaciones cuyo valor no supere los USD50 (cerca de $185.000), salvo las excepciones previstas en tratados de libre comercio que obliguen expresamente al no cobro de este impuesto. En la actualidad, estos pagan IVA sin tienen un valor inferior a USD200 (cerca de $740.000).
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Además, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) sería responsable de establecer controles de fiscalización e investigación para asegurar el pago efectivo del tributo cuando corresponda. El documento enfatiza que “el beneficio establecido en este literal no podrá ser utilizado cuando las importaciones tengan fines comerciales”.

La medida tiene como objetivo principal garantizar la equidad tributaria y nivelar las condiciones de competencia entre los productos nacionales y los importados. En la exposición de motivos, el Centro Democrático argumenta que “la actual exención generó un entorno desigual para la industria local, ya que los productos extranjeros pueden ingresar al país sin el pago del IVA bajo ciertas modalidades”, lo que afecta la producción y el empleo nacional.
El representante Jhon Jairo Berrio, firmante del proyecto, sostiene que la modificación busca combatir el contrabando técnico y proteger a los fabricantes y trabajadores colombianos.
Cambios propuestos a la exención del IVA y mecanismos de control
Para reforzar la fiscalización, el proyecto establece que la Dian deberá implementar, en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, mecanismos de gestión de riesgo orientados a detectar prácticas como la subfacturación, la descripción incorrecta de mercancías y el fraccionamiento de envíos.
La entidad también deberá:
- Identificar las subpartidas arancelarias de los productos que puedan ingresar bajo el nuevo límite de valor.
- Facilitar la declaración y el pago electrónico del impuesto.
- Garantizar la interoperabilidad con plataformas de comercio electrónico y empresas de mensajería.
Estas empresas, junto con los intermediarios de transporte internacional, tendrán la obligación de identificar el medio de compra, el país de origen, el valor de la mercancía y el destinatario final, y reportar esta información a la entidad tributaria en los términos que la entidad determine.
Importaciones con fines comerciales
Asimismo, el proyecto introduce una definición precisa de las importaciones con fines comerciales, lo que las excluye de la exención. Se considerará que una importación tiene fines comerciales si el destinatario recibe más de tres envíos en un mismo mes calendario, si el pedido se gestiona por medio de una plataforma digital o aplicación de comercio electrónico que intermedie la compraventa o distribución de bienes, o si el remitente o destinatario figura como importador habitual o comerciante inscrito ante el Registro Único Tributario (RUT).

En todos estos casos, la exención del IVA no aplicará, y las empresas involucradas deberán cumplir con las nuevas obligaciones de reporte y control.
Vigencia y alcance de la propuesta
En cuanto a la vigencia, la ley entraría en vigor a partir de su promulgación, pero su aplicación efectiva se daría seis meses después de su publicación en el Diario Oficial. El texto también prevé la derogatoria de todas las disposiciones que le sean contrarias.
Con esta propuesta, el Centro Democrático busca establecer un marco normativo que promueva la equidad en el sistema tributario, brinde condiciones justas para la industria nacional frente a la competencia extranjera y refuerce la lucha contra prácticas de evasión y contrabando en el comercio internacional.
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