
Cuatro décadas después de los hechos de noviembre de 1985, el Consejo de Estado declaró la responsabilidad patrimonial de la Nación-Ministerio de Defensa por la muerte del magistrado auxiliar Jorge Alberto Echeverry Correa, ocurrida durante el episodio conocido como el holocausto del Palacio de Justicia.
La providencia establece que la muerte del funcionario judicial se produjo por causas concurrentes: por un lado, la irrupción violenta e indiscriminada del grupo subversivo M‑19 en la sede del tribunal; y por otro, por la omisión estatal en cuanto a sus deberes de seguridad y protección, junto con el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza pública durante la retoma.
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Causas concurrentes de la responsabilidad

La Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado determinó que la acción del M-19 —la toma “irracional, violenta, indiscriminada y terrorista” del Palacio de Justicia— incluyó la irrupción inconvencional en la sede judicial, la retención como rehenes de magistrados y funcionarios, su utilización como escudos humanos, y la detonación de cargas explosivas en el interior del edificio. Al mismo tiempo, la corporación señaló que la muerte de Echeverry Correa se debió también a “la omisión en el cumplimiento de los deberes de seguridad y protección del Estado y por el uso excesivo y desproporcionado de las fuerzas del orden durante la retoma”.
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El fallo subraya que la toma del Palacio de Justicia “no puede ser interpretada como una hazaña política ni como un acto de rebeldía heroica, sino más bien constituyó tal vez la afrenta más grave al Estado de Derecho desde la fundación de la República, la amenaza más decidida contra la institucionalidad democrática y contra la majestad de la justicia, piedra angular de la estabilidad social y de lo que une a los colombianos como Nación”.
Medidas de reparación ordenadas

En la parte resolutiva, el Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsable a la Nación-Ministerio de Defensa y la condenó al pago de perjuicios morales y por lucro cesante a favor de los familiares del magistrado auxiliar fallecido. Adicionalmente, el alto tribunal ordenó que se publique la providencia en un medio de amplia circulación y se realice un acto público de perdón, en el que, con el propósito de contribuir a la Verdad, se dé lectura al fallo.
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La decisión también incluye una exhortación al Ministerio de Defensa para que proceda contra el M-19 como organización o colectivo, así como contra los autores por responsabilidad de mando o los directos perpetradores, en la proporción causal en que contribuyeron a producir el daño, “en tanto el movimiento subversivo con el ataque a la sede judicial contribuyó causalmente en la muerte del magistrado auxiliar”.
En la decisión judicial, el Consejo de Estado estableció que la Verdad, entendida como derecho, posee una doble dimensión: en el ámbito público constituye un bien común que pertenece a toda la sociedad, y en el plano individual representa el escenario en el que las víctimas recuperan su visibilidad y dignidad. Conocer la Verdad “preserva del olvido la memoria colectiva y libera a las personas del silencio que encierra la injusticia y la mentira”, señaló la corporación.
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El fallo llega justo después del más reciente acto de conmemoración que encabezó la Corte Suprema de Justicia desde la mañana del viernes 7 de noviembre en la plaza central del Palacio de Justicia. En el homenaje en memoria de las víctimas del Holocausto de 1985, los presidentes de las altas cortes enviaron mensajes de solidaridad a las familias afectadas y reiteraron el llamado a la justicia, subrayando que, pese al paso de cuatro décadas, aún persisten interrogantes sin resolver sobre lo ocurrido durante la toma y la retoma del edificio.
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