
La aspirante a la Cámara de Representantes por el Pacto Histórico Laura Daniela Beltrán, conocida en redes sociales como Lalis Smile, ha sido señalada recientemente de estar presuntamente inhabilitada para participar en las elecciones legislativas por haber tenido contratos con el Estado en meses recientes.
La polémica surgió a raíz de publicaciones que cuestionan su elegibilidad, alegando que mantuvo vínculos contractuales con entidades públicas durante el periodo previo a su inscripción.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
Ante los señalamientos, la comunicadora y activista respondió con argumentos jurídicos, asegurando que la prohibición establecida en la Constitución se refiere a la celebración de contratos dentro de los seis meses anteriores a la elección, y no a su ejecución o liquidación posterior. “Se tipifica cuando se firma el contrato, por ende no estoy inhabilitada”, sostuvo Beltrán el lunes 3 de noviembre, durante declaraciones públicas en sus redes sociales.
La defensa de la aspirante se sustenta en precedentes del Consejo de Estado, que ha interpretado de manera constante y uniforme la norma sobre inhabilidades para congresistas contenida en el artículo 179 de la Constitución Política.
PUBLICIDAD
Lo que ha dicho el Consejo de Estado: el precedente del caso Mockus
Uno de los antecedentes citados por Beltrán es el caso del exalcalde y exsenador Antanas Mockus, resuelto por la Sección Quinta del Consejo de Estado. En esa ocasión, la corporación analizó la presunta inhabilidad del exalcalde para aspirar al Senado por su participación en la fundación Corpovisionarios, que mantenía contratos con entidades estatales.
En el fallo del 19 de diciembre de 2019, la Sección Quinta del Consejo de Estado precisó que “la inhabilidad se configura por la celebración del contrato y no por su ejecución ni liquidación”. El alto tribunal explicó que el alcance de la norma constitucional debe entenderse en sentido estricto, de modo que solo el acto de suscripción dentro del periodo de seis meses previo a la elección produce la incompatibilidad para ser elegido congresista.
PUBLICIDAD
El Consejo de Estado determinó, en ese entonces, que Mockus no incurrió en inhabilidad porque los contratos de la fundación fueron celebrados antes del periodo prohibido. En consecuencia, concluyó que no puede extenderse la interpretación de la norma a fases posteriores, ya que ello vulneraría el principio de legalidad que rige las sanciones y restricciones en materia electoral.
Sentencia de la Sala Plena: confirmación del criterio en 2021
En 2021, la Sala Plena del Consejo de Estado reafirmó la misma interpretación en una sentencia de pérdida de investidura de un congresista Enrique Cabrales Baquero. En este fallo, la corporación analizó nuevamente el alcance del artículo 179 numeral 3 de la Constitución, que establece la inhabilidad para quienes “hayan intervenido en la celebración de contratos con entidades públicas en interés propio o ajeno” dentro de los seis meses previos a la elección.
PUBLICIDAD
El alto tribunal precisó que la norma “no se extiende a las etapas de ejecución, liquidación o cumplimiento del contrato, pues la inhabilidad se consuma en el momento de su celebración”. La Sala Plena advirtió además que ampliar ese concepto vulneraría el principio de taxatividad de las causales de inhabilidad, el cual impide a los jueces electorales crear nuevas prohibiciones no contempladas expresamente en la Constitución.
De acuerdo con la sentencia, “la prohibición no recae sobre quien mantiene un contrato en curso, sino sobre quien suscribe uno nuevo durante el lapso de seis meses previos a la elección”. Este pronunciamiento, adoptado por la máxima instancia de lo contencioso administrativo, consolidó la línea jurisprudencial sobre el tema y ha sido citado de manera reiterada por la Sección Quinta en decisiones posteriores.
PUBLICIDAD
Aplicación y alcance en el caso concreto
El artículo 179 de la Constitución Política de Colombia tiene como propósito evitar conflictos de interés y garantizar la independencia de los congresistas frente al Estado. Sin embargo, su interpretación ha generado debates recurrentes, especialmente en casos donde los aspirantes mantienen contratos en ejecución, pero suscritos antes del periodo de restricción.
Dado que, como referencia la jurisprudencia del Consejo de Estado, la expresión “celebración” se refiere al momento en que las partes manifiestan su consentimiento mediante la firma del contrato, lo que implica que las etapas posteriores no pueden considerarse generadoras de inhabilidad; los argumentos de Lalis se apoyan en una interpretación que ha sido calificada por el propio Consejo de Estado como “pacífica y reiterada”, tanto por la Sala Plena como por la Sección Quinta.
PUBLICIDAD
En el caso concreto, la revisión de los contratos suscritos por Laura Daniela Beltrán indica que estos fueron firmados antes del periodo de seis meses previo a la elección, por lo que, conforme al criterio fijado por el alto tribunal, no configurarían causal de inhabilidad. De respetar esta interpretación, la etapa de ejecución de dichos contratos no afectaría su elegibilidad, pues la restricción constitucional se limita al acto de celebración dentro del lapso prohibido.
En consecuencia, la controversia sobre su candidatura se centra más en la interpretación pública y política del alcance de la norma que en una infracción jurídica comprobable, según los parámetros reiterados por la jurisprudencia.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
“Mi papá no fue perfecto”: el mensaje del hijo de Antonio Navarro Wolff durante sus exequias
En medio de las muestras de cariño y las críticas que surgieron tras la muerte del dirigente político, Alejandro Navarro compartió una reflexión sobre el legado de su padre y pidió perdón a quienes pudieron sentirse heridos por sus actuaciones

Caso Lili Pink: Fiscalía solicitó extinguir el dominio de bienes vinculados al presunto lavado de activos y contrabando
La investigación apunta a una presunta estructura que habría utilizado empresas constituidas en Colombia y Panamá para realizar operaciones irregulares de comercio exterior desde 2009

Atlético Nacional es el cuarto mejor equipo de Suramérica en el 2026, según Transfermarkt: América también aparece en el listado
Palmeiras y Flamengo, de Brasil, e Independiente del Valle, de Ecuador, son los únicos clubes que superan al equipo colombiano en ese ranking

Subida del IVA en la Ley de Rescate Económico del Gobierno De la Espriella elevaría la inflación en Colombia: qué soluciones podrían haber
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público atribuyó la presión temporal de 2027 a los mayores gravámenes sobre alcohol y tabaco, además de menores beneficios del impuesto

Bruce Mac Master cuestionó al Gobierno De la Espriella y pidió explicar los recortes del Estado antes de aumentar los impuestos
La discusión sobre la Ley de Rescate Económico puso sobre la mesa un debate sobre la responsabilidad fiscal, la distribución de las cargas económicas y la necesidad de escuchar a los sectores que podrían verse afectados por las reformas



