
La decisión de la Corte Suprema de Justicia de no abrir investigación contra el senador Iván Cepeda Castro por presuntos delitos como concierto para delinquir, lavado de activos y traición a la patria, se vio marcada por un hecho inusual: la suplantación de identidad del abogado que figuraba como denunciante.
En un correo enviado el 1 de agosto de 2025 al máximo tribunal, Óscar Armando Díaz adjuntó su cédula y tarjeta profesional, y afirmó que “por medio de un derecho de petición conoció la existencia de esta actuación en la que aparece como denunciante, pese a que nunca presentó dicha delación, por lo que resultaba claro que su identidad había sido suplantada”, según consta en la documentación conocida por El Tiempo.
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La denuncia, que atribuía a Cepeda Castro delitos como financiación de campañas con fuentes prohibidas, concierto para delinquir, lavado de activos y traición a la patria, fue desestimada por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.
El auto de inadmisión, firmado por la magistrada Cristina Lombana y citado por el medio, sostiene que “si bien el denunciante aseguró que el senador Iván Cepeda Castro posiblemente incurrió en los delitos de financiación de campañas con fuentes prohibidas, concierto para delinquir, lavado de activos y traición a la patria, dichos señalamientos carecen de sustento fáctico y probatorio, pues no se precisaron las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que habrían ocurrido los hechos”. La Sala de Instrucción concluyó que los cargos carecían de asidero jurídico y fundamentación.
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El denunciante había basado sus acusaciones en supuestos “archivos confidenciales de inteligencia militar”, en los que se afirmaba que Cepeda Castro era presuntamente miembro del Foro de São Paulo, que había financiado sus campañas al Congreso con dineros del narcotráfico y que, desde la Comisión de Derechos Humanos, habría “pactado acuerdos con terroristas y narcotraficantes con el fin de impulsar la llegada de líderes de izquierda al poder en Latinoamérica”.
La denuncia sostenía que el senador había “empapelado” al expresidente Álvaro Uribe Vélez por orden del Foro de São Paulo y que, bajo la fachada de negociador de paz, fue el autor intelectual de la crisis en el Catatumbo.
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La Corte Suprema de Justicia rechazó estos señalamientos, argumentando que “pertenecer al Foro de Sao Paulo o a la Comisión de Derechos Humanos del Congreso no constituye delito. Además, no existe argumento ni elemento probatorio alguno que sugiera, siquiera de forma mínima, que a las campañas del aforado al Congreso hayan ingresado recursos provenientes del narcotráfico, ni que haya concertado con terroristas o narcotraficantes internacionales para que líderes de izquierda en Latinoamérica llegaran al poder, mucho menos que, en su condición de negociador de paz, haya sido determinador de la crisis en el Catatumbo”, según se lee en el auto.
El caso se complicó aún más cuando Óscar Armando Díaz informó que la firma sobre su nombre no le pertenecía, al igual que el correo electrónico registrado —que hacía referencia al nombre “Armando Díaz Naranjo”— ni el número de celular consignado en la denuncia. Este mismo nombre apareció como supuesto autor de una demanda en el contencioso administrativo que solicitaba la pérdida de investidura del senador Cepeda por “doble militancia, asociación para delinquir y lavado de activos provenientes del narcotráfico, con el exfiscal Eduardo Montealegre como cómplice, colaborador del Foro de Sao Paulo, quien además se autonombró víctima del caso Uribe Vélez para sacarlo de la arena política”. En esa instancia, también se comprobó la suplantación de identidad.
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El Consejo de Estado rechazó la acción judicial por falta de requisitos formales. Tras la irregularidad detectada, la Corte Suprema de Justicia compulsó copias a la Fiscalía Genaral de la Nación para que se investigue la posible conducta punible relacionada con la suplantación de identidad.
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