Tras varios meses de espera por parte del Gobierno nacional, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional, presentó la ponencia en la que da a conocer su postura con respecto a la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que fue aprobada por el Congreso de la República en un atropellado proceso.
De acuerdo con el documento revelado por Caracol Radio, el magistrado propone declarar no subsanado el vicio de procedimiento analizado en el Auto 841 proferido por la Sala Plena el 17 de junio de 2025. En ese sentido, a juicio del magistrado, la Cámara de Representantes no habría corregido los errores que advirtió en su momento la Corte Constitucional, por los cuales regresó el proyecto de reforma al Legislativo, para que llevara a cabo la correspondiente subsanación.
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En ese sentido, también pide que se declare inexequible la ley, que fue sancionada por el presidente Gustavo Petro en julio de 2024.
“Declarar INEXEQUIBLE la Ley 2381 del 16 de julio de 2024, “Por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, y se dictan otras disposiciones”, por no haberse subsanado los vicios de procedimiento de su formación y haber persistido en ellos durante el fallido trámite de subsanación”, indica el documento.

La ponencia responde a la demanda de inconstitucionalidad presentada el 18 de julio de 2024 por la senadora y precandidata presidencial Paloma Valencia, del partido Centro Democrático, que fue admitida el 13 de agosto de ese mismo año. La congresista de la oposición indicó en su demanda que, en el trámite del proyecto de reforma, se violó el artículo 157 de la Constitución Política, en el que se establecen los requisitos para que un proyecto se convierta en ley de la República.
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Al mismo tiempo, aseguró que dos artículos de la reforma pensional vulneraron el artículo 48 de la Constitución, que reza: “La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social…”.

Los vicios de trámite que no se subsanaron, según el presidente de la Corte
A través del Auto 841 proferido por la Sala Plena el 17 de junio de 2025, la Corte Constitucional devolvió la reforma pensional a la presidencia de la Cámara de Representantes, con el fin de subsanar un vicio de procedimiento que identificó –tarea que no se habría cumplido, según el magistrado Ibáñez–.
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De acuerdo con el alto tribunal, no se cumplió con el principio de deliberación debido a insuficiencias en la discusión de la iniciativa, que fue aprobada en la Cámara de Representantes el 14 de junio de 2024, luego de que se aprobara la proposición de acoger el texto que tuvo luz verde en el Senado de la República.

“La insuficiencia en el segundo debate en el que incurrió la Plenaria de la Cámara de Representantes al discutir y votar el Proyecto de Ley No. 293-23 Senado, y 433-24 Cámara, configuró un vicio de procedimiento en la formación de la Ley 2381 de 2024, objeto de control, que afectó la deliberación y con ella el principio democrático y los derechos de las minorías”, indicó la Corte en el auto.
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El 28 de junio de 2025, en una sesión extraordinaria citada por el expresidente de la Cámara Jaime Raúl Salamanca, se discutió la reforma y se subsanó los vicios de procedimiento identificados por la Corte Constitucional. Entonces, con 97 votos a favor, nuevamente fue aprobado el proyecto de reforma impulsado por el Gobierno. Sin embargo, hubo congresistas que advirtieron anomalías en ese trámite.
Salamanca se pronunció ante los medios en su momento, defendiendo el trabajo de deliberación que se hizo en la corporación para corregir los errores cometidos.

“En la plenaria, una plenaria que fue amplia, democrática, en donde participaron la mayoría de los partidos presentes, si no todos, sin límite de tiempo, y dando un debate sobre lo sustancial de la reforma pensional, se espera que la Corte entienda que ese vicio de procedimiento que se dio en el pasado fue suplido por las discusiones que vimos en la plenaria de la Cámara”, dijo.
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