
El Ministerio de Minas y Energía expidió el Decreto 1072 del 15 de octubre de 2025, que tiene como propósito establecer lineamientos de política pública para garantizar la confiabilidad y la estabilidad tarifaria del servicio de energía eléctrica, así como dictar disposiciones que limiten la volatilidad de los precios en el mercado regulado.
El decreto establece mecanismos que buscan proteger a los hogares colombianos frente a la fluctuación de las tarifas, especialmente durante periodos de fenómenos climáticos como El Niño, que incrementan los costos de generación térmica y afectan el valor final del servicio. Además, promueve la contratación de energía a largo plazo y reduce la exposición a la bolsa de energía, con el fin de equilibrar los mercados regulado y no regulado.
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El ministro de Minas, Edwin Palma, señaló que esta disposición cumple con un compromiso de equidad energética. “El objetivo es que ningún colombiano pague más por la energía debido a la especulación o a la volatilidad de los precios de la bolsa. Este decreto fortalece la estabilidad tarifaria y garantiza un servicio más justo, confiable y predecible para todos los usuarios”, afirmó el funcionario.
Lineamientos de política pública

El decreto 1072 establece que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) deberá implementar, en un plazo máximo de tres meses, mecanismos de control de eficiencia e instrumentos adicionales en el Mercado de Contratos y en la Bolsa de Energía. Estas acciones estarán orientadas a fomentar la contratación de largo plazo y mitigar los efectos de la variabilidad hidrológica y del cambio climático sobre los precios de la energía.
Entre los objetivos definidos se encuentran: aumentar la eficiencia en la contratación, promover la estabilidad tarifaria, garantizar la accesibilidad a la energía en condiciones asequibles y fomentar el aprovechamiento integral de los recursos hídricos. Asimismo, el decreto busca reducir la exposición de los comercializadores del mercado regulado a los precios de la bolsa y propiciar un equilibrio entre los diferentes actores del sistema.
De acuerdo con el documento, al menos el 95% de la generación horaria de las plantas hidráulicas despachadas centralmente deberá venderse mediante contratos, priorizando el abastecimiento directo a los usuarios. Además, los generadores estarán obligados a comercializar energía en contratos tipo “Pague lo Contratado” (PLC), equivalentes a las Obligaciones de Energía en Firme (OEF) o a la Energía Firme para el Cargo por Confiabilidad (Enficc).
Nuevos mecanismos de contratación

El decreto dispone que la Creg deberá diseñar mecanismos de contratación flexibles, los cuales permitirán a los agentes vender la diferencia entre su generación total y las ventas previamente comprometidas. Entre estos mecanismos se incluyen los contratos “Pague lo Contratado Condicionado” (PCC), la habilitación de convocatorias de venta de energía por parte de los generadores y la creación de procesos unificados de compra para la demanda regulada.
Estas medidas también permitirán la participación voluntaria de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (Fncer), como las pequeñas centrales hidroeléctricas, con el objetivo de aumentar la participación de tecnologías limpias en el mercado. Adicionalmente, se prevé la posibilidad de revisar los límites de contratación y establecer reglas que garanticen la participación efectiva de los comercializadores en estos procesos.
El decreto ordena a la Creg definir reglas que aseguren la concurrencia de los comercializadores y promuevan la libre competencia en el mercado de contratos. También deberá establecer mecanismos que integren la respuesta de la demanda y la eficiencia energética, como estrategias para reducir el consumo de electricidad en momentos de escasez.
Evaluación y seguimiento
El Ministerio de Minas y Energía estableció que las medidas adoptadas serán objeto de evaluación periódica por parte de la Creg, la cual determinará su efectividad y vigencia según los resultados obtenidos en materia de estabilidad tarifaria.
El decreto señala que las disposiciones adoptadas responden a un análisis técnico y económico desarrollado por la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales del Ministerio de Minas y Energía, con base en datos del Sistema Sinergox, administrado por XM. Este análisis evidenció que la volatilidad de la bolsa de energía afecta especialmente a más de doce millones de usuarios de estratos 1, 2 y 3, quienes destinan hasta el 3.5% de su presupuesto al pago del servicio eléctrico.
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