
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso una sanción propia de 8 años a los siete exintegrantes del último secretariado de las Farc por su responsabilidad en 21.000 secuestros.
El fallo, emitido en la mañana del 16 de septiembre del 2025, establece el máximo de pena permitido según lo acordado en el Acuerdo de Paz. Entre los condenados figuran:
- Rodrigo Londoño Echeverri (‘Timochenko’).
- Pablo Catatumbo Torres Victoria.
- Pastor Lisandro Alape Lascarro.
- Milton de Jesús Toncel Redondo (‘Joaquín Gómez’).
- Jaime Alberto Parra (‘El médico’).
- Julián Gallo Cubillos (‘Carlos Antonio Lozada’),
- Rodrigo Granda Escobar (‘Ricardo Téllez’ o el ‘Canciller de las Farc’).
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La decisión de la JEP responde a la magnitud de los crímenes atribuidos a los exlíderes de la guerrilla, quienes deberán cumplir la pena bajo las condiciones establecidas por el tribunal transicional.
“En la JEP no dictamos sentencias para hundir a nadie en la sombra, sino para alumbrar nuevos caminos. Lo que hoy determine la sección de reconocimiento deberá convertirse en obras que reparen lo destruido por la guerra y que aporten a la reconciliación de un país que lo reclama”, afirmó magistrado Alejandro Ramelli sobre la sentencia.

Este mandato, contenido en un documento de 663 páginas, redefine el proceso de justicia transicional en el país.
Durante la presentación de la sentencia, el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, dirigió un mensaje a las 4.200 víctimas de secuestro reconocidas en el proceso, subrayando que ellas han sido el motor de la investigación.
Ramelli afirmó que “el día de hoy, la Jurisdicción Especial para la Paz les está cumpliendo a las víctimas, a las organizaciones, a la sociedad colombiana y a la comunidad internacional”, según sus declaraciones recogidas por el medio. El magistrado destacó que estas resoluciones abren una nueva etapa procesal, orientada a restaurar a las víctimas, las comunidades y sus territorios.
Al referirse al impacto del conflicto, Ramelli evocó las historias de quienes han sufrido la violencia, señalando que “donde sea que uno mire, hay una vida marcada por el conflicto”.
Añadió que la sentencia representa solo un paso más en el largo camino hacia la garantía de los derechos, y que “habla de las madres que buscan a sus hijos, de los pueblos que esperan justicia y de las voces silenciadas”.

Por su parte, el magistrado Camilo Andrés Suárez enfatizó que, aunque la sentencia no elimina el sufrimiento, constituye un acto de reconocimiento y una invitación a rechazar toda forma de violencia, al afirmar que “esta sentencia no borra el dolor, pero es un acto de reconocimiento, es una sentencia que abre una página nueva para la memoria, la paz y la justicia. Es una invitación a condenar sin titubeos toda forma de violencia”.
La investigación de la JEP determinó que las Farc emplearon el secuestro como una política criminal sostenida en tres patrones sistemáticos y generalizados en todo el territorio nacional.
Desde 1993, el secuestro se utilizó como mecanismo de financiación, aunque ya antes se practicaban secuestros extorsivos. A partir de 1998, la organización intensificó el secuestro de militares y civiles con el objetivo de forzar intercambios por guerrilleros presos. Además, el secuestro sirvió como “instrumento de control social y territorial”.
Según la JEP, en todos estos patrones se observó que el llamado buen trato a los cautivos se limitaba a mantenerlos con vida, mientras se les sometía a condiciones que vulneraban por completo su dignidad humana.
Las sanciones propias establecidas por la JEP para los máximos responsables de estos delitos contemplan penas de 5 a 8 años para los principales responsables y de 2 a 5 años para los partícipes no determinantes. Estas sanciones se cumplirán bajo la supervisión de la ONU y se materializarán en proyectos restaurativos concretos.
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