La Corte Suprema de Justicia mantiene en suspenso el avance del recurso de casación en el caso Uribe, mientras decide si el magistrado Roberto Solórzano debe continuar al frente del proceso.
La discusión surge a raíz de una recusación promovida por presuntos vínculos laborales de un hijo de Solórzano con el procurador del caso, lo que detuvo temporalmente el análisis para anular la absolución que favoreció al exmandatario Álvaro Uribe Vélez por soborno en actuación penal y fraude procesal.
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El fundamento de la recusación reside en que el hijo de Solórzano trabaja con el procurador Bladimir Cuadro, quien fue una figura destacada durante la etapa de juicio. Las víctimas reconocidas en el expediente presentaron la solicitud, señalando una posible afectación a la imparcialidad.
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Ante este escenario, la Sala de Casación Penal designó al magistrado José Joaquín Urbano para resolver la recusación. Urbano, quien lleva más de un año en la Corte Suprema de Justicia, debe elaborar la ponencia que debatirá la Sala Plena el 4 de febrero. Esta resolución definirá si Solórzano continúa en el caso.

Urbano es abogado de la Universidad de Nariño, con especialización en ciencias penales, maestría en criminología y doctorado en Derecho. Antes de llegar a la Corte, ocupó cargos como secretario de juzgado, juez, fiscal delegado, magistrado auxiliar y procurador delegado, además de haber sido magistrado del Tribunal de Bogotá.
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El 13 de enero de 2026, la Fiscalía General de la Nación, encabezada por la fiscal María Cristina Patiño, y las víctimas acreditadas, Iván Cepeda, Eduardo Montealegre, Jorge Perdomo y Deyanira Gómez, presentaron el recurso de casación.
Su objetivo es anular el fallo de segunda instancia del Tribunal Superior de Bogotá que absolvió a Uribe Vélez y reinstaurar la condena previa, que consistía en doce años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal.
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El proceso penal contra Álvaro Uribe Vélez comenzó en 2012, cuando denunció al entonces senador Iván Cepeda por presunta manipulación de testigos. Seis años después, en 2018, la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación contra el expresidente, señalándole como posible líder de una estructura orientada a modificar testimonios relacionados con actividades paramilitares en Antioquia.
El 1 de agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda condenó a Uribe Vélez a doce años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal. La defensa, dirigida por Jaime Granados, presentó una apelación de casi mil páginas ante el Tribunal Superior de Bogotá dos semanas más tarde.
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El 21 de octubre, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó la sentencia y absolvió a Uribe Vélez, señalando deficiencias en las actuaciones de la jueza y de la Fiscalía. Solo la magistrada disidente María Leonor Oviedo Pinto manifestó una postura diferente al resto del tribunal.
Tanto las víctimas reconocidas como la Fiscalía sostienen que el Tribunal Superior de Bogotá no valoró adecuadamente las pruebas, lo que, en su criterio, repercutió en el derecho al debido proceso. Señalan que Uribe Vélez estaba informado y promovía directamente actuaciones de su abogado Diego Cadena, ya condenado, orientadas a influir en declaraciones de testigos.
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En el recurso presentado, las víctimas afirman: “Es claro que la intervención de Álvaro Uribe Vélez no se limitó a una conducta neutra ni a un simple consejo, sino que consistió en una instrucción encaminada a incidir ilícitamente en el curso de actuaciones judiciales en su propio beneficio”, según el documento.
La Fiscalía considera que el Tribunal Superior de Bogotá cometió errores graves al excluir o valorar inadecuadamente pruebas esenciales. Entre estas destaca los audios incluidos en el expediente.
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“La magistrada disidente efectuó un análisis exhaustivo, completo y ajustado a las reglas de la sana crítica, demostrando la existencia de un patrón común, sistemático y articulado de manipulación de testigos; la unidad del plan criminal; la coordinación de los emisarios; la materialización de actos concretos de ofrecimiento de prebendas, presiones, retribuciones económicas y direccionamiento; y la existencia real de los tres delitos”, destaca el recurso fiscal citado por el medio.

Por su parte, la defensa de Uribe, integrada por Jaime Granados y Jaime Lombada, se limitó a esperar la notificación oficial del tribunal antes de emitir algún pronunciamiento sobre los recursos, manteniendo su postura reservada.
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La decisión de la Sala Plena está programada para el 4 de febrero, momento en que se definirá si Solórzano continuará vinculado al proceso o si la recusación prospera.
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