
El caso, que involucra a dos miembros de la Escuadra Policía Fiscal y Aduanera (Polfa), concluyó con la confirmación de su destitución e inhabilidad por 10 años, tras identificarse graves faltas éticas y legales cometidas en el ejercicio de sus funciones.
El Ministerio Público, mediante un fallo en segunda instancia, resolvió separar de manera definitiva de la institución a los patrulleros Luis Guillermo Pérez Velandia y Juan David González Cárdenas.
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Ambos habían permanecido vinculados a labores de control de contrabando en un punto estratégico, en la ruta que conecta las ciudades de Pereira, en el departamento de Risaralda, con Cali, en el Valle del Cauca.
Testimonios y registros operativos

Según el Ministerio Público, estos funcionarios solicitaron sobornos a cambio de permitir el paso de mercancías que no cumplían con la normativa aduanera vigente, específicamente la exigida por la Dirección Nacional de Aduanas Nacionales (Dian). Los hechos ocurrieron durante un procedimiento realizado en mayo de 2020, cuando los agentes, adscritos a la División de Control Operativo de la Dian, detuvieron a un conductor en el peaje de La Uribe, situado en el municipio de Bugalagrande, Valle del Cauca.
Cabe destacar que el análisis probatorio incluyó testimonios, revisiones documentales y registros de los operativos realizados por los agentes, fijando como centro de la irregularidad la solicitud de prebendas para favorecer la circulación ilegal de bienes.
El fallo dictaminado por el Ministerio Público dejó en claro que ambos policías actuaron a sabiendas del carácter ilícito de sus actos, apartándose completamente de los principios de integridad y deber funcional que rigen la labor policial. El ente de control concluyó que Pérez Velandia y González Cárdenas incurrieron en una falta calificada como gravísima y cometida con dolo, es decir, con plena conciencia y voluntad de infringir la ley para beneficio personal.

El pronunciamiento de la Procuraduría también señaló que los patrulleros, al solicitar ventajas indebidas bajo el argumento de no proceder a la requisa de cargas irregulares, transgredieron la confianza institucional depositada en quienes están llamados a proteger el orden económico y la legalidad en las carreteras nacionales. La decisión de inhabilitarlos por una década busca, según el Ministerio Público, sentar un precedente claro respecto al rigor con el que se enfrentan los actos de corrupción dentro de las fuerzas de control.
Lucha contra el contrabando
Dentro del proceso, se estableció que la conducta de los patrulleros no solo facilitó el tráfico ilegal de mercancía, sino que comprometió la credibilidad de los mecanismos de vigilancia estatal y debilitó las acciones de lucha frontal contra el contrabando en zonas neurálgicas del país. La labor de la Dian y sus divisiones operativas exige, según lo reiterado por la Procuraduría, un compromiso absoluto con la legalidad, la ética y la transparencia en cada uno de los procedimientos de control que se realizan en el territorio.

El caso puso de manifiesto las vulnerabilidades presentes en los organismos encargados de combatir delitos como el contrabando, donde las oportunidades de corrupción pueden derivar en prácticas que obstaculizan la labor del Estado y propician la evasión de impuestos y la entrada de mercancías que no cumplen con los requisitos legales. La sanción, considerada ejemplar por su severidad y carácter definitivo, intenta disuadir futuros comportamientos irregulares y restaurar la confianza pública en las instituciones de seguridad y control económico.
La sentencia dictada por el órgano de control enfatiza que no solo se sanciona una acción individual, sino que se busca preservar la legitimidad de la función pública y garantizar que la actuación de los servidores del Estado se ajuste estrictamente a los dictados de la ley. La destitución y prohibición de ejercicio durante 10 años señala la gravedad de la infracción y la nula tolerancia frente a conductas que favorecen el enriquecimiento ilícito a costa del cumplimiento del deber.
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