
El debate sobre la paridad de género en el gabinete del presidente Gustavo Petro adquirió una nueva dimensión tras la defensa presentada por Juan Carlos Florián, actual ministro de Igualdad, que sostiene ante la justicia que su identidad corresponde a una persona de género fluido.
Esta postura, respaldada tanto por el propio funcionario como por el Gobierno, busca contrarrestar las demandas de nulidad que cuestionan la legalidad de su nombramiento por supuestamente incumplir las normas de paridad que exigen que al menos la mitad de los ministerios estén encabezados por mujeres.
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El proceso judicial se encuentra en manos del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que analiza la posibilidad de suspender temporalmente a Florián mientras se resuelve el fondo del litigio.
Tanto el ministro como la Presidencia de la República han manifestado su oposición a una suspensión provisional.
La defensa de Florián, liderada por el abogado Miguel Casas, sostiene que las demandas constituyen un acto discriminatorio al intentar “encasillar a Juan Carlos Florián Silva en el binarismo de género, lo cual riñe con su construcción identitaria no hegemónica”, según consta en el memorial presentado al tribunal.
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En el documento de diecisiete páginas, la defensa argumenta que Florián se ha identificado públicamente como una persona no hegemónica, una categoría que, según el texto, puede entenderse como género fluido.
El memorial subraya que esta identidad fue reconocida tanto institucional como socialmente antes de su llegada al Ministerio, y advierte que desconocerla equivaldría a invisibilizarla.
Como parte de las pruebas, se adjuntaron ocho capturas de pantalla de publicaciones en redes sociales donde Florián se refiere a sí mismo en femenino, incluyendo un mensaje del 19 de febrero de 2018 en el que afirma: “Querida, no se nace mujer, una se hace mujer en el transcurso de la vida. Deja el drama y no discrimines”.
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La controversia gira en torno al Decreto 0892 de 2025, mediante el cual el presidente Petro designó a Florián como ministro de Igualdad el 11 de agosto, en reemplazo de Carlos Rosero. El principal argumento de las demandas de nulidad es que, contando a Florián como hombre, el gabinete presidencial estaría compuesto por un 52,6% de hombres, superando el límite permitido por las normas de cuotas y paridad.
Sin embargo, la defensa del ministro sostiene que los cálculos binarios deben excluirlo, ya que no se identifica como hombre. Bajo esta lógica, el gabinete estaría conformado por nueve mujeres, nueve hombres y una persona de género fluido.
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El respaldo institucional a Florián se refleja en el documento presentado por el abogado Andrés Tapias Torres, representante del Ejecutivo, que coincide con la defensa en solicitar que el tribunal escuche directamente a Florián sobre su identidad y autopercepción.
La Presidencia argumenta que, aunque Florián fue clasificado como hombre al nacer, desde hace años se identifica como una persona de género fluido que transita entre su lado femenino y masculino, sin ser mujer desde una perspectiva biológica.
En palabras del Ejecutivo: “El demandado, Juan Carlos Florián Silva, si bien fue clasificado como hombre o persona de ‘sexo masculino’ al nacer, se identifica desde hace muchos años como una persona con identidad de género fluida que hizo tránsito a su lado femenino y se identifica indistintamente en uno y otro género, pese a no ser mujer desde la perspectiva puramente biológica del término”.
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El expediente, bajo la responsabilidad del magistrado Fabio Iván Afanador García de la Subsección C de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se tramita desde el 13 de agosto. La demanda principal, de veinticuatro páginas, fue presentada por Juan Manuel López Molina, quien califica como “irrazonable” la cantidad de hombres en el gabinete si se cuenta a Florián como tal.

El contexto de la designación de Florián incluye la renuncia de Carlos Rosero, líder afrocolombiano y exjefe de la cartera, que dejó el cargo tras críticas del presidente Petro por la salida de funcionarios que habían trabajado con él en la alcaldía de Bogotá.
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El presidente, al referirse a la trayectoria de Florián, expresó: “A mí nadie que sea negro me va a decir que hay que excluir a un actor porno que creó el sindicato de trabajadores sexuales”, y reconoció haberle prometido el cargo de viceministro.
Florián, politólogo y exviceministro de las Juventudes, fue postulado oficialmente como aspirante a ministro de Igualdad el 1 de agosto, el mismo día en que Rosero presentó su carta de renuncia.
La controversia legal se amplía con una segunda demanda presentada por la representante a la Cámara Catherine Juvinao, de Alianza Verde, que podría acumularse al proceso en curso.
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Ambas acciones de nulidad se fundamentan en el presunto incumplimiento de la Ley 2424 de 2024, que exige que las mujeres ocupen al menos el 50 % de los cargos de máximo nivel decisorio en la Rama Ejecutiva, incluyendo los ministerios.

El propio presidente Petro firmó este año un decreto que refuerza la obligación de que la mitad de los titulares de ministerios y otras entidades estatales sean mujeres. No obstante, el desequilibrio en la paridad de género en el gabinete no se originó con Florián, sino con el nombramiento de Eduardo Montealegre como ministro de Justicia, tras la salida de Ángela María Buitrago. Desde entonces, la participación femenina dejó de ser mayoritaria, primero con el interinato de Augusto Ocampo y luego con Montealegre.
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Existen tres acciones de nulidad contra el Decreto 647, que designó a Montealegre, y la última de ellas fue remitida al Tribunal Administrativo de Cundinamarca tras una decisión del Consejo de Estado sobre la competencia del caso. La demanda de Juvinao contra Florián siguió el mismo camino procesal.
La magistrada Gloria Gómez Montoya remitió la demanda de Juvinao al Tribunal Administrativo, señalando que tras la entrada de Montealegre al gabinete, el presidente Petro tenía la obligación legal de corregir la desproporción y restaurar el equilibrio exigido por la norma.

En la demanda se afirma que “la acumulación de omisiones normativas, la afectación directa de derechos fundamentales y la transgresión de principios constitucionales evidencian que el acto administrativo que ungió al extrabajador sexual vulnera de forma grave el ordenamiento jurídico colombiano, dado que ratificó y profundizó la falta de un umbral mínimo de 50 % de mujeres como ministras”.
Entre las pruebas aportadas por la defensa de Florián figuran también mensajes de correo electrónico, como el de Jose Tinoco Pereira, sociólogo y consultor que trabajó con el Ministerio de Igualdad, quien se disculpó por no emplear el pronombre preferido por el ministro: “Señora ministra, me excuso y expreso mi vergüenza por equivocarme en el uso de su pronombre. Le aseguro que no volverá a suceder”.
El litigio sobre la interpretación de la paridad de género en el gabinete presidencial continúa abierto, mientras el Tribunal Administrativo de Cundinamarca evalúa los argumentos y pruebas presentados por las partes.
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