La posibilidad de heredar bienes en Colombia podría volverse mucho más costosa si el Congreso de la República aprueba la reforma tributaria presentada por el Gobierno de Gustavo Petro el 1 de septiembre de 2025. Así lo advirtió la abogada, economista y tributarista Mabel Sepúlveda, que analizó el impacto de la iniciativa sobre los beneficios fiscales que en la actualidad amparan a quienes reciben herencias. Según ella, la propuesta oficial busca reducir de manera importante las exenciones tributarias vigentes, lo que afectaría tanto a quienes heredan grandes patrimonios como a quienes reciben bienes de menor valor.
La reforma tributaria, en su artículo 21, introduce cambios sustanciales en la forma en que se gravan las herencias. El objetivo central, de acuerdo con la experta, es aumentar la recaudación fiscal por este concepto, lo que amplía la base de contribuyentes y disminuye los beneficios que hasta ahora permitieron a muchos herederos pagar poco o ningún impuesto.
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“El proyecto de reforma tributaria nos quiere poner a todos a pagar más impuestos al recibir una herencia. No solamente es para aquellas personas que reciben grandes cantidades de bienes, sino también para aquellos que reciben poquitos bienes o de un valor más bajito”, explicó la experta.
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En la actualidad, la ley colombiana contempla exenciones generosas para los que reciben herencias. El Estatuto Tributario permite que la ganancia ocasional derivada de la herencia de una vivienda de habitación esté exenta hasta un monto de $647 millones. Esto significa que, en la mayoría de los casos, quienes heredan una única vivienda de valor moderado no deben pagar impuestos por ese concepto. Además, existen otras exenciones aplicables a diferentes tipos de ganancias ocasionales, lo que reduce aún más la carga tributaria para los herederos.
Funcionamiento de la norma actual
Para ilustrar el funcionamiento de la norma vigente, Sepúlveda expuso el caso de “Juan”, que hereda la casa de su madre, valorada en $250 millones. Bajo el marco actual, la totalidad de esa suma queda exenta de impuestos, ya que no supera el límite de $647 millones.
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“Por eso, a ‘Juan’ se le genera una ganancia ocasional de $250 millones, pero gracias al Estatuto Tributario, como está actualmente, la norma permite que ‘Juan’ se tome como ganancia ocasional exenta hasta $657 millones. Como la casa es de valor menor, pues obviamente todo le quedó exento y no paga impuestos”, detalló la tributarista. En este escenario, ‘Juan’ solo debe asumir los costos propios del proceso de sucesión, sin que se le imponga un tributo adicional por la herencia recibida.
Reducción drástica de la exención
Sin embargo, la reforma tributaria propuesta por el Gobierno Petro plantea una reducción drástica de la exención. El nuevo límite se fijaría en el valor máximo de una vivienda de interés social, que según el Plan Nacional de Desarrollo, equivale a 135 salarios mínimos ($192.172.500). Aunque existen excepciones que permiten elevar ese tope a 150 salarios mínimos ($213.525.000) en algunos casos, la regla general sería la aplicación del umbral más bajo. Esto implica que, si la reforma entra en vigor, solo la parte de la herencia que no supere ese valor estaría exenta, y el resto quedaría gravado con el impuesto a la ganancia ocasional, que se mantiene en el 15%.
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Diferentes escenarios
El impacto de este cambio se hace evidente al comparar los escenarios antes y después de la reforma. En el caso de “Juan”, si la exención se reduce al valor de la vivienda de interés social, una parte de la herencia quedaría sujeta al impuesto.
“Quedaría que ‘Juan’ recibió $150 millones como ganancia ocasional, $250 millones menos la parte exenta y, por tanto, a ‘Juan’ le queda una ganancia ocasional gravada sobre la que sí tiene que darle el 15% de impuesto al Estado”, explicó Sepúlveda. Así, el monto a pagar por concepto de impuesto se elevaría a $21 millones, frente a los $13 millones que corresponderían bajo la normativa actual.
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En qué momento se complica la situación
La situación se complica cuando se trata de herencias de mayor valor. En un segundo ejemplo, la experta mostró que si ‘Juan’ hereda varios bienes, cuyo valor total genera una ganancia ocasional gravada de $815 millones, el impuesto a pagar ascendería a $122 millones, al aplicar el 15% sobre la base gravable. Por tanto, en el caso de ‘Juan’, la ganancia ocasional gravada sería de $815 millones y el impuesto iría sobre este valor, es decir, el 15% de eso son $122 millones, aproximadamente.
Dicho aumento en la carga tributaria podría obligar a muchos herederos a tomar decisiones difíciles. Mabel Sepúlveda advirtió que, de aprobarse la reforma, “casi que le toca vender alguno de los bienes para pagar ese impuesto en caso de que se apruebe esa reforma”. La experta resaltó la urgencia de hacer los trámites de sucesión antes de que la nueva normativa entre en vigor, ya que, de postergarse para el próximo año, los herederos se verían obligados a aplicar las reglas más estrictas y costosas.
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Así las cosas, la advertencia de Sepúlveda es clara: quienes estén en proceso de heredar bienes deben considerar la posibilidad de adelantar la sucesión para evitar el impacto económico que supondría la aprobación de la reforma tributaria. De lo contrario, el incremento en los impuestos podría forzar a los herederos a desprenderse de parte de su patrimonio para cumplir con las nuevas obligaciones fiscales.
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