
El calendario tributario en Colombia ya está en marcha y, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, más de seis millones de personas naturales deben cumplir con la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024.
Dicho proceso, que implica consignar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) los ingresos, egresos e inversiones del año anterior, representa una obligación clave para millones de contribuyentes. Un error, omisión o intento de fraude en este trámite puede acarrear consecuencias económicas y legales de gran alcance.
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Para el periodo fiscal 2024, la entidad estableció criterios claros que determinan quiénes están obligados a presentar la declaración de renta. Deben hacerlo quienes hayan tenido:
- Patrimonio bruto superior a $211.793.000 al 31 de diciembre,
- Ingresos totales iguales o mayores a $65.891.000.
- Consumos con tarjeta de crédito superiores a $65.891.000.
- Compras y consumos totales iguales o superiores a $65.891.000.
- Consignaciones y depósitos bancarios que excedan los $65.891.000.
- Quienes hayan sido responsables del impuesto sobre las ventas (IVA).

La Dian detectó una serie de errores recurrentes en las declaraciones presentadas por personas naturales. Por ejemplo, en 2024, para la declaración del año gravable 2023, de las 2,25 millones de declaraciones revisadas, de las que se presentaron en agosto, al menos 90.000 presentaron inconsistencias. Entre las irregularidades más frecuentes figura la inclusión de dependientes con identificaciones inusuales, como números secuenciales o valores atípicos, con el aparente objetivo de reducir la base gravable y, por ende, el impuesto a pagar.
Otra práctica identificada es la aplicación indebida del beneficio de deducción del 1% sobre compras respaldadas con factura electrónica. En ambos casos, la administradora tributaria requirió a los contribuyentes para que hicieran las correcciones pertinentes. Además, la entidad señaló que algunos obligados presentaron la declaración, pero no efectuaron o el pago correspondiente, lo que generó en su momento una cartera pendiente que supera los 168.000 millones.
Consecuencias de los errores, omisiones o fraudes
Las consecuencias de incurrir en errores, omisiones o fraudes en la declaración de renta pueden ser severas. Aunque no es habitual que una persona termine en prisión por equivocaciones en este trámite, la ley contempla sanciones estrictas para quienes:
- Omitan activos.
- Inflen deudas.
- Evadan impuestos de manera dolosa.

Las penalizaciones están reguladas por la Ley 1819 de 2016 y el Código Penal, y se endurecieron tras la reforma tributaria de 2022. Las multas pueden variar según la gravedad de la falta, pero en casos de evasión importante, la Fiscalía General de la Nación puede iniciar procesos penales si los montos superan los topes establecidos en salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv). Las penas de prisión pueden oscilar entre tres y más de 13 años, dependiendo de la cuantía y la intencionalidad demostrada.
Los cambios de la reforma tributaria de 2022
La reforma tributaria de 2022, implementada por medio de la Ley 2277, introdujo cambios sustanciales en materia de sanciones:
- Los que tengan deudas con la Dian iguales o superiores a 1.000 smmlv ($1.423.500) enfrentan una pena mínima de 48 meses de cárcel.
- Si la omisión de activos supera los 2.500 salarios mínimos ($3.558.750.000), pero es inferior a 5.000 ($7.117.500.000), la pena se incrementa en una tercera parte.
- En casos donde la evasión rebasa los 5.000 salarios mínimos, la sanción puede aumentar hasta la mitad, alcanzando condenas de entre 6 y 13,5 años de prisión.
- Declarar pasivos inexistentes por montos superiores a 1.000 salarios mínimos (($1.423.500) también puede derivar en penas de entre cuatro y nueve años de cárcel.
Al respecto, el director de la maestría y especialización en Tributación de la Universidad de Los Andes, César Cermeño, explicó a La República que la reforma tributaria de 2022 no creó nuevos delitos, pero sí modificó aspectos clave como el sujeto activo, la cuantía y el elemento subjetivo de la conducta, que ahora exige un propósito especial de defraudación. Añadió que la ley estableció un límite de dos ocasiones para la extinción de la acción penal por pago y una rebaja de pena de hasta la mitad cuando se aplica el principio de oportunidad.

Recomendaciones para evitar sanciones
Frente a este panorama, la Dian emitió recomendaciones puntuales para evitar sanciones. Aconseja a los contribuyentes:
- Revisar de forma cuidadosa las obligaciones.
- Corregir cualquier inconsistencia detectada.
- Presentar la declaración con suficiente antelación al vencimiento, en 0especial, si se requiere solicitar una facilidad de pago.
La Dian insiste en que el cumplimiento oportuno y correcto de la declaración es fundamental para evitar requerimientos, sanciones y el pago de intereses moratorios.
La autoridad tributaria tambi en la importancia de que los contribuyentes se informen y actúen con responsabilidad, ya que una gestión anticipada y precisa de la declaración de renta puede evitar complicaciones legales y financieras en el futuro.
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