
Un juez de Bogotá ordenó al presidente de Colombia Gustavo Petro retractarse públicamente, en un plazo de 48 horas, por una serie de declaraciones en las que vinculó al fiscal Mario Andrés Burgos Patiño con el narcotráfico y otras acusaciones graves.
La decisión judicial responde a una acción de tutela presentada por el propio fiscal, quien alegó la vulneración de sus derechos fundamentales tras las afirmaciones del mandatario.
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La sentencia, emitida el 28 de agosto de 2025 por el Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá, establece que el presidente debe rectificar sus declaraciones en un término perentorio e improrrogable.
El fallo señala que las afirmaciones de Petro afectaron el buen nombre, la honra, la integridad personal y la dignidad humana de Mario Andrés Burgos Patiño, fiscal delegado ante el tribunal y adscrito a la Unidad de Delitos Ambientales.
La acción de tutela fue presentada el 14 de agosto de 2025 por Burgos, quien sostuvo que el presidente vulneró sus derechos fundamentales al difundir información falsa a través de medios masivos y redes sociales.

En su escrito, el fiscal argumentó que Petro lo calificó de “fiscal subordinado de la mafia”, “narcofiscal” y lo vinculó a la “junta del narcotráfico”, además de acusarlo de favorecer judicialmente a personas relacionadas con el homicidio del fiscal paraguayo Marcelo Pecci.
Burgos solicitó que el presidente se retractara expresamente, indicando que no le consta de manera directa ni existe pronunciamiento judicial o investigación formal que lo relacione con organizaciones criminales.
Las declaraciones de Gustavo Petro que motivaron la tutela se produjeron en diferentes momentos y plataformas.
El presidente realizó afirmaciones sobre el fiscal Burgos en una declaración televisada el 4 de febrero de 2025, donde sostuvo que el funcionario había excluido de la investigación del asesinato de Marcelo Pecci al sindicado Sebastián Marset y que pertenecía a una banda del narcotráfico. Además, Petro reiteró sus señalamientos en la red social X en varias fechas: 13 de febrero, 3 de junio a las 8:12, 23 de julio, 1 y 4 de agosto de 2025.

En estas publicaciones, el mandatario acusó a Burgos de ser parte de la mafia del narcotráfico, de haber manipulado la investigación del caso Pecci y de violar la Constitución, así como de ejercer tortura psicológica sobre su hijo, Nicolás Petro, quien fue investigado y llevado a juicio por el propio fiscal.
La sentencia detalla de manera precisa cómo debe realizarse la retractación. El presidente Petro deberá rectificar sus declaraciones una vez en una reunión televisada del Consejo de Ministros, refiriéndose específicamente a lo dicho el 4 de febrero de 2025.
Asimismo, tendrá que retractarse una vez en la red social X, corrigiendo las afirmaciones realizadas en las fechas mencionadas. En ambos casos, la rectificación debe dejar claro que no existe sentencia ni investigación formal que relacione a Burgos con la “junta del narcotráfico” o cualquier grupo de delincuencia organizada.
El trasfondo de este conflicto institucional se remonta a la investigación y juicio contra Nicolás Petro, hijo del presidente, proceso que estuvo a cargo de Mario Burgos.
Las tensiones aumentaron cuando el mandatario vinculó públicamente al fiscal con el narcotráfico y lo acusó de excluir a Sebastián Marset, señalado en la investigación por el homicidio del fiscal paraguayo Marcelo Pecci. Petro también denunció supuestas violaciones a la Constitución y tortura psicológica contra su hijo durante el proceso judicial.

El juzgado advirtió que, si el presidente no cumple con la orden en el plazo establecido y sin dilaciones injustificadas, podría incurrir en responsabilidades legales conforme a lo dispuesto en el Decreto-Ley 2591 de 1991.
La sentencia enfatiza que no existe condena alguna contra el fiscal Burgos, por lo que la retractación debe realizarse de manera inmediata y en los términos fijados por la autoridad judicial.
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