
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) estableció el 15 de septiembre de 2025 como la fecha en la que dará a conocer las sanciones a exintegrantes de las Farc y a miembros de la Fuerza Pública procesados en los macrocasos de secuestros y ejecuciones extrajudiciales, conocidos como falsos positivos.
Se trata de una de las decisiones más esperadas en el marco de la justicia transicional, tras varios años de audiencias, reconocimientos de responsabilidad y construcción de verdad.
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El tribunal precisó que los fallos corresponden a dos de los procesos más representativos del conflicto armado en Colombia. El primero está relacionado con los secuestros masivos cometidos por la extinta guerrilla, en los que miles de personas fueron privadas de la libertad. El segundo corresponde a las muertes de civiles presentados como bajas en combate por miembros de la Fuerza Pública, una práctica que tuvo impacto en distintas regiones del país.
En diligencias celebradas entre el 31 de julio y el 1 de agosto de este año, varios excomandantes de las Farc reconocieron su responsabilidad en hechos de gran magnitud. Según informó la JEP, los exjefes guerrilleros admitieron su participación en “más de 21.000 secuestros y en el reclutamiento forzado de 18.000 menores de edad” (citado por BLU Radio). Estos datos dan cuenta de la dimensión de los crímenes investigados y de la afectación a comunidades enteras en diferentes departamentos.
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De manera paralela, el proceso contra exintegrantes de la Fuerza Pública incluyó la aceptación de responsabilidad en la ejecución de falsos positivos. En este caso, comparecientes reconocieron haber estado vinculados en la presentación de civiles como combatientes muertos en operaciones militares, uno de los episodios más sensibles del conflicto.
Las sanciones que impondrá la JEP no corresponden a penas privativas de libertad en cárceles comunes. Según lo establecido en el sistema transicional, los comparecientes podrán recibir sanciones restaurativas que incluyen restricciones de movilidad y la obligación de realizar Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador o Reparador (TOAR). Estas labores deberán beneficiar a comunidades afectadas por la violencia y a las víctimas directas de los hechos.
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El modelo contempla un máximo de ocho años de cumplimiento, con la posibilidad de que se tenga en cuenta el tiempo ya invertido por algunos de los acusados en actividades reparadoras previamente avaladas por la JEP. De esta manera, se busca articular las sanciones con acciones concretas que respondan a las necesidades de quienes han sido impactados por el conflicto.

Los proyectos de fallo fueron preparados por los magistrados Ana Manuela Ochoa Arias y Camilo Andrés Suárez Aldana. Posteriormente, deberán ser analizados y confirmados por la sección de primera instancia de la JEP, integrada por Juan Ramón Martínez Vargas, Zoraida Anyul Chalela Romano y Roberto Carlos Vidal López.
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La decisión, por tanto, pasará por un análisis colegiado antes de su divulgación pública el próximo 15 de septiembre.
De acuerdo con la jurisdicción, esta resolución marcará un precedente en materia de justicia transicional, ya que se trata de la primera vez que se dictarán sanciones en ambos macrocasos.
El anuncio no solo tiene implicaciones jurídicas, sino también políticas y sociales, al representar un paso en el proceso de esclarecimiento de la verdad y en el camino hacia la reparación de las víctimas.
La JEP ha explicado en diferentes escenarios que su modelo de sanciones busca superar la lógica exclusivamente punitiva para centrarse en la reparación integral. Por ello, las medidas están diseñadas para que los responsables contribuyan con acciones concretas que tengan un impacto positivo en las comunidades golpeadas por el conflicto armado.
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Las víctimas han tenido un rol central en este proceso, participando en audiencias públicas y aportando testimonios que fueron incluidos en los expedientes.
Sus relatos han servido para sustentar las investigaciones y también para visibilizar las afectaciones sufridas durante décadas de violencia. La lectura de las sanciones, por lo tanto, constituye un momento esperado por quienes buscan garantías de no repetición.
La decisión también representa un reto para el Estado colombiano, que deberá garantizar que las sanciones restaurativas se cumplan en condiciones de efectividad y supervisión.
La implementación de los TOAR requerirá coordinación institucional y acompañamiento de las comunidades para asegurar que las medidas respondan a las necesidades expresadas por las víctimas.
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