
La Corte Suprema de Justicia, en sesión ordinaria, confirmó que la Sala de Instrucción abrió una investigación formal contra el representante a la Cámara del Pacto Histórico, David Racero, por el presunto delito de concusión.
Los hechos están relacionados con presuntas irregularidades en la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de Racero, debido a que el expresidente de la Cámara habría utilizado integrantes de su equipo de trabajo en un negocio personal.
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Además, es señalado de supuestamente obligarlos a realizar pagos con parte de su salario.

Así las cosas, el magistrado o César Augusto Reyes Medina ordenó la práctica de pruebas en contra de David Racero.
“Se investigan las circunstancias que rodearon las consignaciones hechas a cuentas del Representante a la Cámara por integrantes de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL)”, indicó el alto tribunal.
Según El Tiempo, la Corte Suprema de Justicia cuenta con un compilado de chats que dejarían en evidencia la supuesta utilización de integrantes de su UTL en funciones ajenas, que estarían presuntamente destinadas a servir intereses personales de David Racero.
El citado medio también precisó que el alto tribunal ordenó a las empresas de telefonía móvil Claro, Movistar, Tigo, ETB y Virgin enviar, en un máximo de tres días desde la notificación, los registros de las celdas relacionadas con las comunicaciones entre el congresista y Jhon Leonardo García durante el periodo 2020-2022.
El objetivo es aportar información que permita determinar las características de la relación laboral entre el conductor y el representante.
La investigación sobre Racero, que también cursa en el ámbito disciplinario en la Procuraduría, está vinculada con una presunta solicitud realizada por el congresista a una de sus asesoras, para que le transfiriera una parte de sus ingresos cuando laboraba en el Congreso de la República.

Además, se busca determinar si el representante a la Cámara habría instruido a otro integrante de su equipo legislativo a suspender sus tareas en el Congreso para trabajar en la atención de un mercado de frutas y verduras, negocio del que sería propietario.
Audiencia en el Consejo de Estado
El Consejo de Estado fijó para el miércoles 20 de agosto de 2025 la audiencia pública del caso que busca la pérdida de investidura contra David Racero, representante a la Cámara del Pacto Histórico.
En el fallo emitido, el alto tribunal admitió una serie de pruebas documentales y testimoniales para esclarecer las presuntas irregularidades relacionadas con la vinculación y funciones de Jhon Leonardo García Lara, quien ocupó el cargo de asistente grado II en la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de Racero entre noviembre de 2020 y enero de 2021.

“Fijase como fecha, hora y modalidad para la realización de la audiencia pública de que tratan los artículos 11 y 12 de la Ley 1881 de 2018, el veinte (20) de agosto de 2025 a las 9:30 am, diligencia que se realizará de manera virtual a través de la plataforma tecnológica Microsoft Teams, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 ibidem modificado por el artículo 46 de la Ley 2080 de 2021 en consonancia con el artículo 7 de la Ley 2213 de 2022”, se lee en el documento.
Entre las pruebas decretadas figuran certificaciones laborales, constancias de pago de salarios, registros de llamadas telefónicas entre Racero y su exasistente, así como un informe técnico forense sobre supuestos mensajes de WhatsApp que fueron publicados en medios de comunicación.
Además, el tribunal ha requerido a la Dirección de Investigación Criminal (Dijín) y al Cuerpo Técnico de la Fiscalía General de la Nación para que elabore un informe técnico, realizado por peritos informáticos forenses, para determinar la autenticidad de los mensajes de datos involucrados en el caso.
“... para que en el término de tres (3) días contados a partir de la fecha de recibo de la correspondiente comunicación, remitan un informe técnico elaborado por peritos informáticos forenses con la finalidad de establecer o determinar la autenticidad de los mensajes de datos que fueron publicados en distintos medios de comunicación, realizados mediante la aplicación de mensajería instantánea para teléfonos inteligentes “WhatsApp””, indicó el alto tribunal en el fallo.
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