
La ejecución de la detención domiciliaria de Álvaro Uribe Vélez sigue un proceso regulado por el sistema judicial y penitenciario colombiano.
Según el Reporte Coronell, publicado en W Radio, la orden de encarcelamiento todavía no había llegado a manos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) hasta la tarde del lunes.
Esta demora responde a trámites exigidos antes de que la autoridad penitenciaria reciba la instrucción formal.
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De acuerdo con la información recogida por el citado medio, el juzgado 44 penal del Circuito de Bogotá notificó su decisión al Centro de Servicios Judiciales de Rionegro, Antioquia, por ser el domicilio actual del expresidente.
Ese centro, según el mismo reporte, expidió un despacho comisorio al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Rionegro, encabezado por el juez Rodrigo Antonio Bustamante Mora.
El siguiente paso, detallado en el Reporte Coronell, consiste en que el juez de Rionegro verifique el depósito de una caución equivalente a cuatro salarios mínimos legales vigentes.
El cumplimiento de este requisito es indispensable para que Álvaro Uribe acceda al beneficio de prisión domiciliaria, que le concedió la jueza Sandra Liliana Heredia.

Además, explica que una vez se verifique el pago, el juzgado comunica al establecimiento penitenciario más próximo, en este caso el de La Ceja, Antioquia. Este centro se encargará de enviar a funcionarios para efectuar la diligencia de reseña judicial en la residencia del expresidente.
Durante esta diligencia se realiza la toma de huellas dactiloscópicas de Álvaro Uribe, proceso con el que se elabora la tarjeta decadactilar, un documento que asigna un número de identificación al condenado dentro del sistema carcelario. Además, como parte del registro, se toman fotografías de frente y de perfil, que conformarán la ficha biográfica del interno.
La supervisión de la medida, según el Reporte Coronell en W Radio, queda a cargo del Inpec. El expresidente tendrá que permanecer en su domicilio y solo podrá salir con autorización judicial. Inspectores penitenciarios estarán obligados a hacer visitas periódicas, reportando tanto la presencia como el cumplimiento de disposiciones fijadas en la sentencia.
Si se produce una salida no autorizada de la vivienda, el Inpec debe, según lo narrado en el Reporte Coronell, avisar al juzgado y presentar al expresidente ante la autoridad judicial en un lapso máximo de 36 horas.
Además del trámite de encarcelamiento y reseña, se suma la tutela radicada por Álvaro Uribe ante el Tribunal Superior de Bogotá, con la que busca evitar la detención domiciliaria hasta que la condena quede en firme.
Esta tutela quedó en manos del magistrado Ramiro Riaño, quien ya se había declarado impedido por motivos personales en una ocasión anterior, tras otorgar una medida provisional que suspendió el juicio por un tiempo. Riaño volvió a declarar su impedimento, razón por la cual sus compañeros deberán resolver la situación.
De forma simultánea, una subsala de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá –integrada por los magistrados Manuel Antonio Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo– estudiará la apelación presentada por la defensa de Álvaro Uribe contra la condena proferida por la jueza Sandra Heredia.
La argumentación escrita de esa apelación debe presentarse el miércoles 13 de agosto, junto con los conceptos del delegado de la Procuraduría, la Fiscalía y los representantes de víctimas.
Además, la Judicatura liberó de otras cargas a los magistrados encargados de la apelación con el objetivo de que puedan decidir antes del vencimiento del plazo para la prescripción de la acción penal, previsto para el 16 de octubre. Faltan 71 días para ese límite.

“Suspender desde el 5 de agosto de 2025 hasta el 20 de agosto de 2025 (inclusive), sin que sea objeto de compensación, el reparto de acciones de tutela, a la sala de decisión penal n.° 9, despachos 4, 11 y 13 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, integrada por los magistrados Alexandra Ossa Sánchez, Manuel Antonio Merchán Gutiérrez y María Leonor Pinto”, se lee en la decisión del Consejo Seccional de la Judicatura.
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