
La representación de víctimas del caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez radicó el martes 5 de agosto de 2025 una solicitud formal al Tribunal Superior de Bogotá para que el magistrado Ramiro Riaño Riaño se declare impedido en la revisión de la tutela interpuesta respecto a la orden de prisión domiciliaria contra el expresidente: condenado a 12 años de prisión, al ser hallado responsable de dos delitos.
El requerimiento de los accionantes, que en la víspera habían expresado en un comunicado de prensa su inconformidad por la asignación al togado, se fundamenta en un antecedente: el de febrero pasado, cuando el magistrado ya había reconocido un posible conflicto de interés debido a que su pareja profesionalmente estuvo ligada al exfiscal General Eduardo Montealegre, que es víctima reconocida en el proceso.
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El caso de Uribe, que fue mandatario de los colombianos entre 2002 y 2010, ha provocado una amplia atención pública desde que fue vinculado judicialmente por la comisión de dos delitos; fraude procesal y soborno en actuación penal. La medida de prisión domiciliaria, decretada como parte del proceso por la jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Heredia, estaría sujeta al fallo de la acción de tutela interpuesta por la defensa.
La petición de impedimento se apoya en la interpretación de un auto del 17 de febrero de 2025 del mencionado tribunal. “El Honorable Magistrado Leonel Rogeles Moreno consideró que existía una incompatibilidad del magistrado Ramiro Riaño Riaño para adelantar el proceso constitucional", se leyó en la determinación, en la que se explicó -acto seguido- los motivos por los cuales se aceptó el impedimento.
Los argumentos de las víctimas para pedir que magistrado Riaño se declare impedido
Lo anterior, “toda vez que su compañera sentimental había sido nombrada fiscal por el doctor Montealegre Lynnet durante su cargo como fiscal General de la Nación; impedimento que fue aceptado por la respectiva sala en su momento”, se leyó en el documento firmado los representantes de víctimas e informado a la prensa. Una misiva con la que buscan apartar al togado de cualquier decisión de este proceso.

Con base en esta decisión, los firmantes -entre ellos el senador Iván Cepeda Castro, y los abogados Juan David León Quiroga, Miguel Ángel Del Río Malo y Reinaldo Villalba Vargas- solicitaron que, siguiendo la misma línea argumentativa, y al no existir modificación alguna en la base fáctica que motiva el impedimento, “subsiste la circunstancia que afecta su imparcialidad”. Es decir, que se declare nuevamente impedido.
“Siendo necesario, en aras de preservar el principio de igualdad y seguridad jurídica, que se dé trámite al impedimento para que sean los dos magistrados restantes quienes valoren la presente acción constitucional y decidan sobre las medidas cautelares y la controversia de fondo”, se agregó en el fallo, en el que reiteraron el vínculo personal entre la pareja del magistrado y el exfiscal Montealegre, hoy ministro de Justicia.
La petición fue radicada luego de que el magistrado Leonel Rogeles negó la medida cautelar con la que se buscaba la suspensión inmediata de la medida de aseguramiento contra Uribe: que adicional a la acción de tutela radicada ante el tribunal, ya confirmó que apelará el fallo de Heredia. Así pues, será el referido tribunal el que tenga que fallar en segunda instancia sobre este caso, que tendrá que definirse antes del 8 de octubre.
En efecto, la prescripción del caso está fijada para esa fecha, por lo que el alto tribunal deberá darle trámite a su determinación antes, toda vez que de no ser así, el caso contra el exmandatario se vendrá abajo por vencimiento de términos. Un escenario que de antemano han advertido que no ocurriría, pero que está establecido en la cronología del proceso, desde que estaba en manos de la Corte Suprema.
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