
La Corte Constitucional de Colombia estableció un precedente contundente sobre el acceso a tratamientos para quienes han sufrido complicaciones tras la inyección de biopolímeros con fines estéticos.
“Si en los procesos de tutela se cuenta con fórmula médica, se ampara derecho a la salud y se ordena el procedimiento. Si no tiene fórmula médica, se ampara el derecho a la salud en faceta de diagnóstico y se remite a valoración por el médico a cargo, con la advertencia de que este servicio está incluido”, sentenció la corte.
La decisión, que retoma y aplica los lineamientos de la Sentencia SU-239 de 2024, marca un hito en la protección de los derechos fundamentales de las pacientes afectadas y redefine las obligaciones de las EPS y del personal médico en estos casos.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
El pronunciamiento de la Sala Quinta de Revisión, integrada por los magistrados Miguel Polo Rosero, Paola Andrea Meneses Mosquera y presidida por Jorge Enrique Ibáñez Najar, surgió tras analizar dos tutelas presentadas por mujeres que, tras someterse a procedimientos estéticos, desarrollaron afecciones de salud graves debido a la presencia de biopolímeros en sus cuerpos.
Ambas pacientes acudieron a la justicia luego de que sus respectivas EPS les negaran la atención médica necesaria para el diagnóstico y eventual extracción de estos materiales.

En uno de los casos, la paciente identificada como María fue remitida a medicina general, lo que retrasó su acceso a una consulta especializada en cirugía plástica, a pesar de que su condición requería intervención urgente.
En el otro, Sofía recibió una negativa para el retiro de los biopolímeros, ya que el médico consideró que las secuelas no comprometían la funcionalidad de la zona afectada.
En ambos expedientes, la Corte Constitucional revocó las sentencias previas y tuteló los derechos fundamentales a la salud y la vida digna de las accionantes, concluyendo que las EPS vulneraron sus garantías constitucionales.
La providencia de la Corte reitera que ni las EPS ni los médicos tratantes pueden negarse a ordenar o autorizar consultas con especialistas, exámenes y procedimientos necesarios para retirar los biopolímeros, bajo el argumento de que se trata de consecuencias secundarias de cirugías estéticas o que las pacientes deben asumir las consecuencias de haberse sometido a estos procedimientos.

En palabras del alto tribunal, “los médicos tratantes y las EPS no pueden negarse a ordenar o autorizar consultas con especialistas, exámenes y procedimientos necesarios para retirar los biopolímeros, bajo el argumento de que son consecuencias secundarias de cirugías estéticas o que las pacientes deben asumir las consecuencias de someterse a estas cirugías”.
La decisión judicial establece tres criterios relevantes para que los jueces puedan diferenciar entre una cirugía necesaria y una puramente estética en estos contextos.
Primero, debe comprobarse que el procedimiento no busca únicamente embellecer o rejuvenecer tejidos sanos, sino que responde a una patología de base ocasionada por la aplicación de biopolímeros.
Segundo, es imprescindible que exista una orden vigente del médico tratante que justifique la necesidad del procedimiento quirúrgico, en coherencia con la historia clínica del paciente.
Tercero, la cirugía debe ser necesaria para preservar la vida en condiciones dignas, así como la salud física, mental y la integridad personal.

En cuanto a la cobertura, la Corte Constitucional enfatizó que las EPS tienen la obligación de cubrir, con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC), el diagnóstico y tratamiento, incluyendo consultas con especialistas, exámenes y procedimientos derivados de la inyección de biopolímeros.
“Las EPS tienen la obligación de cubrir, con cargo a la UPC, el diagnóstico y tratamiento, incluyendo consultas con especialistas, exámenes y procedimientos, derivados de la inyección de biopolímeros”, subraya el documento
Más Noticias
Disminuyó el interés de los colombianos por comprar vivienda y vehículos, según encuesta de Fedesarrollo
La más reciente encuesta de la entidad reveló que, aunque la confianza de los hogares en la economía mejora, la intención de adquirir propiedades y automóviles sigue cayendo en la mayoría de los estratos y ciudades

Yuli Ruiz y Alejandro Estrada pausaron su romance en ‘La casa de los famosos Colombia’: así fue la contundente conversación
La ‘influencer’ y el actor sorprendieron a todos con una charla en la que decidieron enfriar su relación, priorizando el juego y su bienestar emocional en medio de una semana llena de tensión en el ‘reality’

Day Vásquez solicitó revocar las restricciones impuestas para abandonar el país: la Fiscalía dio el visto bueno
Alejandro Carranza, abogado de Laura Ojeda, pidió tiempo para probar que la actual pareja de Nicolás Petro -hijo mayor del presidente Gustavo Petro- debe ser considerada como víctima en el caso

Policía frustró intento de fuga en centro de detención en Cali: un preso fue recapturado
Los cuerpos de seguridad intervinieron tras detectarse movimientos sospechosos en el recinto de reclusión, donde se dio captura a un privado de libertad buscado por violencia intrafamiliar

República Democrática del Congo confirmó la lista de convocados para el repechaje al Mundial 2026 contra Jamaica o Nueva Caledonia
La selección africana espera por el ganador del primer duelo entre Jamaica vs. Nueva Caledonia para conocer si integrará el grupo K junto con Colombia, Portugal y Uzbekistán



