
El abogado, exdirector de Seguridad y Defensa del Ministerio de Defensa y coronel (r) Carlos Javier Soler Parra, presentó una demanda de nulidad por inconstitucionalidad ante el Consejo de Estado en contra del Decreto 0799 del 9 de julio de 2025.
La norma, firmada por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Justicia, Luis Eduardo Montealegre, modifica el reparto judicial de las acciones de tutela interpuestas contra el presidente de la República, estableciendo que ya no serán conocidas preferentemente por el Consejo de Estado sino por los jueces del circuito.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
Soler radicó la demanda el 15 de julio, argumentando que el Ejecutivo se extralimitó en el uso de sus funciones reglamentarias, violando principios fundamentales de la Constitución como la legalidad, la separación de poderes y la reserva de ley estatutaria. El exmilitar también solicitó la suspensión provisional de la norma mientras se resuelve el proceso de fondo.
“Cumpliendo con lo prometido y usando la constitución, la ley, el precedente de la Corte Constitucional y del honorable Consejo de Estado; así como el control de convencionalidad (sistema interamericano) y el pacto de derechos civiles y políticos, demande por inconstitucional e ilegal el Decreto 0799 de 2025 y pedí medida provisional de ‘suspensión temporal’. Fue radicada y recibida la demanda. Que viva la Democracia y el Estado social de Derecho (Sic)”, expresó Soler en su cuenta de X.

Argumentos de la demanda
En el texto de la acción judicial, Soler Parra señaló que el decreto impugnado modifica el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, lo cual —según argumenta— no puede ser hecho mediante decreto presidencial, pues afecta la estructura de la administración de justicia, lo que está reservado a leyes estatutarias expedidas por el Congreso y sujetas a control previo de la Corte Constitucional.
Entre los fundamentos jurídicos de la demanda se destacan:
- Violación al principio de legalidad y reserva de ley: La Constitución establece que solo el Congreso puede modificar competencias judiciales, especialmente cuando se trata de temas que impactan los derechos fundamentales. “El Presidente carece de competencia para alterar por decreto el conocimiento de tutelas contra el Jefe de Estado”.
- Separación de poderes: Soler afirma que el Decreto 0799 permite al Ejecutivo intervenir en competencias del Poder Judicial, alterando el equilibrio institucional y poniendo en riesgo la independencia de los jueces.
- Reserva de ley estatutaria: Cualquier reforma al funcionamiento esencial de la justicia requiere de una ley estatutaria, no de un decreto reglamentario.
- Extralimitación del poder reglamentario: El decreto no se limita a ejecutar normas existentes, sino que introduce cambios sustanciales al sistema judicial, sin contar con competencia para ello.
- Principio de convencionalidad: El actor sostiene que la norma viola tratados internacionales suscritos por Colombia, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al restringir de manera no razonable el acceso a una tutela efectiva ante el juez natural.

Y es que el decreto en cuestión establece que las acciones de tutela dirigidas contra cualquier autoridad del orden nacional, incluyendo el presidente de la República y sus actuaciones en materia de seguridad nacional, serán conocidas en primera instancia por jueces del circuito o de igual categoría. Hasta su expedición, esas tutelas eran repartidas preferentemente al Consejo de Estado.
En la exposición de motivos del decreto, el Gobierno argumenta que la nueva regla de reparto busca fortalecer el principio de desconcentración de la justicia y la imparcialidad judicial, evitando que una misma corporación —en este caso el Consejo de Estado— sea juez tanto en la tutela como en el posterior control de legalidad de los actos presidenciales.

Además, el Ejecutivo asegura que el decreto no modifica competencias funcionales ni limita el acceso a la tutela, sino que solo organiza su reparto entre jueces que ya tienen atribuciones para conocer de estos casos.
Más Noticias
En video: inflable salió volando en plena avenida Guayacanes en Bogotá y casi impacta a varios vehículos
Tras soltarse de su anclaje, el juego infantil fue arrastrado por el viento y recorrió varios metros por la vía, donde terminó detenido tras impactar con señales de tránsito. No hubo lesionados ni afectaciones a vehículos

Alertan por nuevo frente frío en Colombia: habría lluvias, vientos fuertes y posible mar de leva en el Caribe
Meteorólogos advierten que la interacción de varios sistemas atmosféricos y el fenómeno de La Niña podría intensificar la nubosidad, las precipitaciones y el oleaje en distintas zonas durante los próximos días

Pico y Placa: qué automóviles no circulan en Bogotá este lunes
Este programa de restricción vehicular aplica de lunes a viernes en la ciudad

Gobernador de Antioquia exige liberación inmediata de dos menores secuestradas por disidencias de las Farc
Andrés Julián Rendón cuestionó el silencio del Gobierno y del ICBF tras la retención de dos adolescentes de 14 y 15 años en Puerto López, El Bagre. Las jóvenes fueron retenidas el 12 de marzo

Capturan a hombre que amenazó con quemar a su pareja con una pipeta de gas en Agustín Codazzi, Cesar
El caso quedó en manos de la Fiscalía por el delito de violencia intrafamiliar, luego de que uniformados encontraran al implicado con un cilindro de gas abierto y un mechero




