Por ahora, la posibilidad de que el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, llegue a la Presidencia de Ecopetrol, es un rumor. Sin embargo, las especulaciones han tomado fuerza y han encendido las alarmas por las estrategias que se estarían planeando para lograr su nombramiento.
Así lo advirtió el presidente de la Veeduría para Asuntos Minero Energéticos de Colombia, Hermann Gustavo Garrido, que también funge como director ejecutivo de la Fundación para la Promoción y Defensa de los Derechos Colectivos. De acuerdo con el funcionario, integrantes de la Junta Directiva de la compañía estarían buscando modificar los estatutos de la estatal petrolera para que el ministro pueda desempeñarse como presidente.
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Por eso, pidió la intervención de Procuraduría: “Ante el despacho del señor procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, se le ha radicado una solicitud para que de manera urgente emita un control de advertencia ante los miembros de la Junta Directiva de Ecopetrol”, detalló.

Según Garrido, los integrantes de la Junta Directiva tienen pleno conocimiento de sus obligaciones y responsabilidades frente a las buenas prácticas de gobernanza. Además, tienen claro que el jefe de la cartera estaría impedido para asumir el cargo, según lo establecido en la Ley Anticorrupción, conocido como la puerta giratoria.
“Esto impide que por espacio de dos años después de dejar el cargo de ministro de Minas, el doctor Edwin Palma, se pudiera desempeñar como presidente de Ecopetrol”, explicó.

En la Ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción, se establecen los escenarios en los que se aplica la inhabilidad para que exempleados públicos contraten con el Estado (artículo 4).
“Directa o indirectamente las personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo en entidades del Estado y las sociedades en las cuales estos hagan parte o estén vinculados a cualquier título, durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo público, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios”, detalla la normativa.

Cabe resaltar que Ecopetrol es una empresa estatal que está vinculada al Ministerio de Minas y Energía, de ahí el posible conflicto de intereses que se evidenciaría con la llegada de Palma a la compañía.
Además, según el artículo 10 del Decreto Ley 128 de 1976, los miembros de las juntas o consejos no pueden prestar sus servicios profesionales en la entidad en la cual actuaron, ni tampoco en una entidad que hagan parte del mismo sector administrativo. Esto, dentro del año siguiente a su retiro.
El problema recae entonces en que Palma ejerce como ministro y en que, además, fue parte de la Junta Directiva de Ecopetrol, a la que renunció poco después debido a su nombramiento como jefe de cartera.

Por otro lado, en el documento de solicitud de intervención enviado a la Procuraduría, el cual fue firmado por el veedor, se explica que con la posible designación de Edwin Palma como presidente de Ecopetrol, en reemplazo de Ricardo Roa, “se estarían desconociendo los estándares mínimos de idoneidad técnica y profesional que exige la administración pública”.
En consecuencia, el nombramiento se traduciría en “una eventual nulidad”, lo que también sería perjudicial para la estatal petrolera porque su reputación y valoración en el mercado bursátil, quedarían en entredicho. Esto, teniendo en cuenta su cotización en la Bolsa de Nueva York.
De igual manera, ya hay perfiles definidos para garantizar la idoneidad de los funcionarios que deben ocupar los cargos, con requisitos establecidos y con responsabilidades especificadas.
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