
La Sección Quinta del Consejo de Estado aceptó el miércoles 18 de junio de 2025 la demanda que busca anular el Decreto 0639 de 2025, al considerar que se trata de una medida de carácter electoral emitida por una autoridad nacional relacionada con el desarrollo de un mecanismo de participación ciudadana, en este caso, la consulta popular. Y, del mismo modo, suspendió los efectos del mismo, de manera cautelar.
La decisión del alto tribunal de suspender los efectos jurídicos del decreto se fundamentó en la ausencia del concepto previo favorable del Senado de la República, tal y como se dispone en el artículo 104 de la Constitución Política; siendo este un requisito indispensable para convocar a la ciudadanía a una consulta popular de trascendencia nacional y contrario a lo afirmado por el presidente Gustavo Petro.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook

Esta medida cautelar, adoptada tras la solicitud urgente de los demandantes, entre ellos el presidente del Senado, Efraín Cepeda, marcaría sin duda un precedente en la aplicación de los controles legales sobre los actos administrativos de contenido electoral, emitidos por autoridades nacionales. En ese sentido, la Sección Quinta admitió la demanda de nulidad contra el decreto y, de forma inmediata, suspendió sus efectos jurídicos, en un nuevo y contundente revés para el Ejecutivo.
¿En qué consiste la decisión del Consejo de Estado sobre el ‘decretazo’?
Según lo informado por la Sección Quinta, la providencia establece que el decreto en cuestión constituye un acto de contenido electoral, ya que desarrolla un mecanismo de participación ciudadana como la consulta popular. Así pues, dejó sin efecto lo dispuesto en el referido documento, firmado el 11 de junio por del presidente Petro, 15 de sus ministros y cuatro titulares de cartera encargados, según se estableció.
PUBLICIDAD
“En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, afirmó el tribunal en su decisión.
Esta interpretación legal reforzaría la importancia del control parlamentario en los procesos de consulta popular, y dejaría sin piso la teoría del Ejecutivo, en el sentido de que se registraron cinco presuntas violaciones procedimentales en la sesión del 14 de mayo de 2025: en la que con una votación de 49 a 47 la plenaria del Senado hundió la iniciativa, con la que se pretendía convocar a las urnas a los ciudadanos.
PUBLICIDAD
Así pues, la suspensión de los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025 representa, de acuerdo con el Consejo de Estado, una medida preventiva destinada a evitar que se materialicen consecuencias jurídicas derivadas de un acto administrativo que, según la providencia, tendría un vicio de procedimiento. Es decir, Petro no podrá convocar a elecciones hasta que este tribunal tome una decisión de fondo.

Conviene aclarar que esta determinación no interferirá con el proceso que llevará a cabo la Sala de Consulta y Servicio Civil de ese tribunal, a la que el registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, como lo indicó en la rueda de prensa del martes 17 de junio, solicitó un concepto sobre la constitucionalidad de la consulta para proceder, en consecuencia, con su organización; en caso de que el decreto fuera declarado legal.
PUBLICIDAD
Los próximos días serán decisivos para determinar si el decreto queda definitivamente sin efectos. Por ahora, la determinación de la Sección Quinta se convirtió, si se quiere, en una nueva derrota para Petro y su intención de que el 7 de agosto, como se estipuló en el decreto de la discordia, los ciudadanos fueran a votar por el futuro de las 12 preguntas relacionadas con modificaciones al régimen laboral.
Este es el auto de la medida cautelar del Consejo de Estado:
Más Noticias
Pico y placa en Cartagena hoy 24 de agosto de 2026, así regirá la medida
El Pico y Placa cambia constantemente por lo que es necesario mantenerse informado

Fotomultas en Bogotá: Movilidad defiende las cámaras de velocidad y dice que “salvan vidas”
Entre 2022 y 2024, los tramos con cámaras registraron una reducción promedio del 30 % en las personas fallecidas, según los análisis citados por la entidad. Briceño respondió que parte de los más de $552.000 millones recaudados estaría destinada a la burocracia de la Secretaría

Concierto Colombia Voces por la vida en el Vive Claro en Bogotá: la recaudación llegó a a 10.640 millones
Son más de 30 artistas los que participan en este evento gratuito para los bogotanos, mientras que el resto de Colombia podrá verlo a través de canales nacionales y YouTube

Desaparición de Andrés Peláez: cae en Bello cuarto implicado en el caso
El detenido es un joven de 21 años señalado de vigilar el lugar donde el ingeniero habría permanecido retenido. Cuando ocurrieron los hechos tenía 17 años, por lo que recibió una medida de internamiento preventivo

Chocó culminó la primera fase de entrega de ayuda humanitaria a los damnificados por el terremoto
La gobernadora Nubia Carolina Córdoba informó que el reparto de alimentos, carpas, insumos médicos y maquinaria alcanzó el 100% de los municipios impactados, con base en reportes de afectación y con apoyo de alcaldías y JACs




