
En la tarde del 12 de junio, tres personas se presentaron ante la Fiscalía General de la Nación tras ser señaladas como implicados en el atentado contra el senador y precandidato Miguel Uribe Turbay, registrado el 7 de junio en Bogotá.
Horas más tarde, el ente acusador emitió un comunicado de prensa en el que confirmó que uno de los individuos, identificado como Carlos Eduardo Mora González, fue imputado por los delitos de tentativa de homicidio agravado, porte ilegal de armas de fuego y uso de menores de edad.
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A Mora González le fue dictada medida de aseguramiento privativa de la libertad por los elementos materiales probatorios que fueron presentados en su contra, en los que se evidencia que habría estado al interior del vehículo en el que el menor que le disparó a Uribe Turbay se cambió de ropa, horas antes del atentado, según publicó Noticias Caracol.
De la misma forma, la fiscalía expuso que el posible coautor del crimen estuvo el 5 de junio (dos días antes del atentado) en el barrio Modelia, de la localidad de Fontibón, más específicamente en el parque El Golfito, para hacer “reconocimiento previo del lugar donde se cometería el ataque“.
Entre los otros dos individuos, de los que aún se desconoce su identidad, también estaría la persona que dejó en una motocicleta al menor de edad, horas antes de que se registrará el atentado.

Las posibles consecuencias
En diálogo con Infobae Colombia, el abogado penalista Rogelio Roldán, analizó la situación y explicó a qué se expone el individuo imputado como coautor del atentado al precandidato presidencial.
Tomando cada delito de manera individual, Roldán explicó que el cargo más grave es por tentativa de homicidio, por el que podría recibir una condena de entre 250 y 450 meses de prisión (entre 20 y 37 años).
“Debemos tener en cuenta que nuestro Código Penal prevé una serie de penas, la más importante es la privativa de seguridad. En el delito de homicidio agravado en modalidad de tentativa hay dos, el primero que tiene un ámbito de 400 a 600 meses, el segundo momento es de 500 a 700 meses; no hay que perder de vista, es que es en modalidad de tentativa, a esto se debe aplicar los extremos punitivos, que son de 250 a 450 meses”.

Respecto al porte ilegal de armas, el jurista indicó que la condena máxima es de doce años, pero si se tiene en cuenta el uso de vehículos en el crimen, podría aumentar hasta a 24 años.
“El último delito, que es el uso de menores, es de 10 a 20 años de menor, como pena principal”, explicó el abogado penalista.
Roldán explicó que en un hipotético juicio, el juez debe tomar como cargo principal el más grave, que es la tentativa de homicidio, y sumar un tiempo adicional sobre los otros dos cargos.
“Por mandato legal, debe tomar la conducta que tenga la consecuencia jurídica más grave, debe partir del homicidio agravado en modalidad de tentativa, y se le suma otro tanto por el porte ilegal de armas y el uso de menores. El juez no tiene una regla especial que le diga cuanto sumar, es un tema que el juez debe argumentar con material probatorio”.

Rogelio Roldán indicó que, sin importar los cargos, la suma de castigos por los delitos no puede terminar con una condena de más de 60 años de prisión, puesto que ese el castigo máximo en el país.
Por último, anticipó que el proceso apenas comenzó, y que hay opciones de que el imputado reconozca atenuantes o un grado de participación menos grave como cómplice del crimen, en el que podría recibir un beneficio de la cuarta parte de la pena.
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