El presidente de la Corte Constitucional cuestionó duramente el uso del Gobierno Petro de la conmoción interior en el Catatumbo: “Normaliza la inacción”

El magistrado Ibáñez presentó una postura crítica, basada en cuatro pilares argumentativos, al considerar que el Decreto 62 de 2025 no se ajusta a los criterios constitucionales para justificar el uso de poderes excepcionales

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El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional, enfatizó la independencia del alto tribunal frente al Gobierno nacional - crédito Andrea Puentes/Presidencia- 	Catalina Olaya/Colprensa
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar lanzó críticas sobre conmoción interior - Catalina Olaya/Colprensa

En un salvamento de voto que marca una clara ruptura con la decisión mayoritaria de la Corte Constitucional, el presidente de esa corporación, Jorge Enrique Ibáñez, expresó su rechazo a la declaratoria parcial de exequibilidad del decreto que impone un estado de conmoción interior en la región del Catatumbo. La medida había sido adoptada por el Gobierno nacional como respuesta a la agudización del conflicto armado en esa zona del país.

El magistrado Ibáñez presentó una postura crítica, basada en cuatro pilares argumentativos, al considerar que el Decreto 62 de 2025 no se ajusta a los criterios constitucionales para justificar el uso de poderes excepcionales. A su juicio, más que una respuesta proporcional ante una emergencia sobreviniente, el decreto representa una manifestación de inacción estatal prolongada que ha desembocado en una crisis estructural.

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El conflicto armado no es un problema nuevo

Ibáñez señaló que la situación en el Catatumbo no constituye una emergencia reciente ni sorpresiva, como podría inferirse del decreto. Por el contrario, enfatizó que los enfrentamientos entre grupos armados ilegales como el ELN y disidencias de las Farc, así como la precariedad de la presencia estatal, forman parte de una problemática estructural que lleva años gestándose. Por ello, concluyó que recurrir a un estado de excepción en este contexto es un uso indebido del marco constitucional.

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Jorge Enrique Ibáñez, magistrado de la Corte Constitucional de Colombia (Colprensa - Camila Díaz) Archivo.
Ibáñez señaló que la situación en el Catatumbo no constituye una emergencia reciente ni sorpresiva, como podría inferirse del decreto - crédito Colprensa

De acuerdo con el magistrado, el decreto no introduce una solución extraordinaria ante un evento excepcional, sino que más bien institucionaliza la falta de acción de los poderes públicos. En esa línea, subrayó que el deterioro del orden público no fue un fenómeno imprevisto, pues las autoridades civiles y militares ya habían advertido sobre el aumento de confrontaciones armadas en la región. Informes de la Policía, el Ejército y la Defensoría del Pueblo habrían anticipado esta escalada de violencia en municipios como Teorama, Hacarí, Cúcuta y González.

El salvamento de voto también incluye una evaluación crítica del enfoque gubernamental frente al conflicto en el Catatumbo. Ibáñez considera que la administración nacional, en lugar de activar los mecanismos ordinarios disponibles para enfrentar el deterioro institucional, ha optado por delegar su responsabilidad en medidas excepcionales que, en su visión, pueden terminar normalizando la omisión.

Uno de los aspectos centrales del análisis es la presunta relación entre el agravamiento de la situación en el Catatumbo y el bajo desempeño en la implementación de políticas públicas estratégicas. Ibáñez menciona de manera específica el limitado avance del Programa Nacional de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS), así como las deficiencias persistentes en los sectores de salud y educación en la región. Según el magistrado, estas fallas estructurales han contribuido a consolidar economías ilegales y a facilitar el control territorial de actores armados.

El video difundido por el ELN constituye una prueba de vida del soldado, que aparece en las imágenes confirmando su identidad y su estado actual - crédito @InteligenciaEs / X
El magistrado señaló que el terrorismo de grupos armados no es un problema nuevo - crédito @InteligenciaEs / X

Otro elemento de la crítica está relacionado con la política de “paz total”, impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. Ibáñez plantea que esta estrategia, lejos de contribuir a la desescalada del conflicto, ha tenido efectos contraproducentes, debilitando la capacidad operativa de la fuerza pública y favoreciendo el reacomodo de los grupos armados. En este sentido, considera que el estado de conmoción no es un remedio efectivo, sino la consecuencia de una línea de acción estatal que, en su conjunto, ha propiciado la actual crisis.

Por último, el presidente de la Corte advierte que el uso del estado de excepción no debe convertirse en un mecanismo para subsanar fallas estructurales que podrían y deberían haberse atendido mediante los instrumentos legales ordinarios. En su concepto, el Catatumbo requiere una intervención estatal sostenida y eficaz, no medidas temporales que, según argumenta, trasladan la responsabilidad de gobernar a un escenario de excepcionalidad.

Con la conmoción interior, el presidente quiso ponerle freno a la violencia en Catatumbo - crédito EFE
Con la conmoción interior, el presidente quiso ponerle freno a la violencia en Catatumbo - crédito EFE

Ibáñez cerró su posición con una exhortación al Ejecutivo para que asuma con decisión las competencias ordinarias que le confiere la Constitución, y afronte con acciones concretas el deterioro institucional en el Catatumbo, sin recurrir nuevamente a mecanismos extraordinarios que podrían debilitar el equilibrio de poderes y el respeto al orden constitucional.

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