Consejo de Estado revisará tutela que busca revocar veto a transmisión de consejos de ministros por canales privados

La Sección Cuarta del alto tribunal fue la encargada de aceptar el recurso

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Proceso de pérdida de investidura que llevará a cabo el Consejo de Estado incluye figuras destacadas del Pacto Histórico - crédito Colprensa
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El Consejo de Estado admitió una nueva acción de tutela que pretende revertir la decisión judicial que impidió la emisión televisiva de los consejos de ministros del presidente Gustavo Petro a través de canales privados.

La demanda fue presentada por Alberto Meneses Manotas, quien considera que el fallo anterior incurrió en una interpretación equivocada sobre el derecho a la información.

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La energía es el tema principal del Consejo de Ministro del 7 de abril - crédito Ministerio de Minas
Consejo de Ministro del 7 de abril - crédito Ministerio de Minas

La Sección Cuarta del alto tribunal fue la encargada de aceptar el recurso y así lo hizo saber en un auto judicial: “Admitir la acción de tutela interpuesta por el señor Alberto Meneses Manotas contra el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B”. Esta subsección había sido la responsable de prohibir la difusión televisiva de esos espacios, al concluir que su emisión vulneraba la pluralidad informativa, al estar centrada en una sola fuente y sin permitir otras perspectivas.

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En su nueva tutela, Meneses argumenta que busca “revocar el fallo de esta instancia por una interpretación oscura de las normas sobre el derecho a la información y la pluralidad informativa”. Con ello, pide a la Sala Plena del Consejo de Estado una revisión completa de los argumentos presentados previamente.

Uno de los puntos que critica el accionante en su escrito es que el fallo que restringió las transmisiones consideró que el contenido de los consejos de ministros “afectaba sus intereses en la agenda informativa”, lo que, según Meneses, constituye una “clásica falacia”. Para reforzar su tesis, citó lo expresado por otros intervinientes en el proceso, quienes señalaron que la demandante original no agotó los recursos ordinarios antes de acudir a la acción de tutela.

El documento judicial presentado también cita que “Juan Carlos Calderón y Edwin Palma mostraron con suficiente claridad que la tutelante presenta otros mecanismos de ley antes de interpelar la acción constitucional, teniendo en cuenta también el artículo 4 de la Ley 472 del 1998, lo cual, la tutelante no recurrió a este camino por lo cual no cumplió el principio de subsidiariedad y no ejerciá ningún perjuicio irremediable”.

Cabe recordar que Edwin Palma, actual ministro de Minas, participó en calidad de tercero en el proceso anterior ante el Consejo de Estado. En su intervención, hizo alusión a sentencias previas de la Corte Constitucional sobre el papel de los medios audiovisuales en una democracia. “Bajo ese entendimiento, la Corte indicó que la televisión ocupa un papel preponderante dentro del proceso comunicativo social, de la libertad de expresión y del derecho a informar y ser informado“, afirmó Palma.

Mientras se resuelve esta nueva tutela, el Consejo de Estado deberá también pronunciarse sobre si el presidente Gustavo Petro incurrió o no en desacato al seguir promoviendo transmisiones similares, pese al fallo anterior que ordenaba su suspensión por considerar que concentraban de manera exclusiva la agenda informativa en una única narrativa gubernamental.

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