
Los ciudadanos que no estén al día con sus multas de tránsito podrían enfrentar embargos de bienes, una medida que la Secretaría Distrital de Movilidad considera legítima para garantizar el cumplimiento de las obligaciones pendientes.
Según indicó la entidad, esa acción puede incluir la retención de cuentas bancarias, salarios, inmuebles y otros bienes del deudor, como parte de un proceso de cobro coactivo. A partir de eso, la secretaria resaltó la importancia de respetar las normas de tránsito y mantenerse al corriente con los pagos para evitar sanciones de este tipo.
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Así funciona el cobro coactivo
Los embargos se aplican una vez que las multas de tránsito no son pagadas dentro de los plazos establecidos por la ley. En estos casos, las deudas pasan a un proceso de cobro coactivo, que puede iniciarse 30 días después de la infracción, tras la expedición de una resolución que declara al ciudadano como contraventor. Este procedimiento permite a la entidad identificar y embargar bienes del deudor, incluyendo productos financieros como cuentas de ahorro y corrientes.
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Para evitar estas medidas, la Secretaría de Movilidad recomendó los ciudadanos consultar regularmente el estado de sus comparendos a través de su página web o del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit). En estas plataformas, los usuarios pueden verificar sus deudas, descargar recibos de pago y realizar transacciones mediante el sistema PSE o en puntos autorizados. Además, se aconsejó mantener actualizados los datos personales en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), ya que las notificaciones relacionadas con multas electrónicas se envían a la dirección registrada en este sistema.
En caso de que un ciudadano sea embargado sin una causa aparente, la entidad dispone de mecanismos para presentar reclamaciones. Los afectados pueden ingresar a la página web de la entidad y verificar el estado de su cuenta. Si consideran que la medida es injustificada, tienen la opción de presentar una petición formal explicando las razones por las cuales no deberían ser objeto del embargo. Asimismo, si existe sospecha de suplantación o errores en la imposición de comparendos, se debe acudir a la Subdirección de Contravenciones al Tránsito para aclarar la situación.
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Cuando el embargo implica el descuento de fondos de una cuenta bancaria, el dinero retenido se convierte en un depósito judicial que sirve como garantía para el cumplimiento de la deuda. No obstante, este depósito no se considera un pago automático. Para que los fondos sean utilizados para saldar la obligación, el deudor debe autorizar el desembolso mediante el formato ‘Solicitud Apropiación de Depósito Judicial’, disponible en la Secretaría de Movilidad. Si no se realiza esta autorización, el procedimiento continuará hasta que se agoten las etapas legales, lo que podría generar costos adicionales para el deudor, incluyendo intereses y gastos administrativos.
En los casos en que un ciudadano pague la multa por otros medios y aún tenga dinero embargado, es posible solicitar la devolución de los fondos. Para ello, se debe presentar una solicitud ante la Subdirección de Jurisdicción Coactiva de la entidad, utilizando el formato correspondiente. El trámite puede realizarse de manera presencial o virtual, a través de los canales dispuestos en la página web de la entidad. La Secretaría asegura que, una vez realizado el pago, el trámite de desembargo se gestiona ante la entidad financiera en un plazo de 15 días hábiles.
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La dependencia enfatizó que todos los trámites relacionados con multas y embargos se realizan directamente con la entidad, sin necesidad de intermediarios. Asimismo, hizo un llamado a los conductores para que respeten las normas de tránsito, no solo para evitar sanciones económicas, también para prevenir accidentes y salvar vidas. Según la Secretaría, los cobros coactivos pueden duplicar el monto original de la deuda, al incluir intereses y otros costos asociados al proceso.
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