
La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares y a la Unidad Nacional de Protección (UNP) suspender el proceso de licitación y selección de contratistas para la compra de 170 camionetas blindadas utilizadas para los esquemas de seguridad a cargo de la entidad.
El Ministerio Público detalló que en el proceso se estaría limitando de forma irregular la participación de oferentes con menos de tres años de trayectoria en el negocio, desconociendo, según la Procuraduría, la posibilidad de incluir la experiencia de sus socios o accionistas como lo dice la ley.
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La Procuraduría informó que la firma MDEFENSE alertó a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares una posible discriminación a los interesados. Sin embargo, el ente de control explicó que fue desconocida por la propia Agencia Logística.
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“La entidad bajo el argumento de la idoneidad y experticia del futuro contratista, omite la aplicación de una disposición de imperativo cumplimiento, como lo es el Decreto 1082 de 2015 en lo relacionado con la posibilidad de que sus accionistas, socios o constituyentes puedan acreditar el requisito de experiencia en empresas relativamente nuevas”, señaló la Procuraduría.
Y agregó: “La experiencia requerida para presentar la oferta deberá ser acreditada mediante mínimo uno y máximo 20 contratos suscritos y ejecutados registrados en el RUP en la venta y/o distribución y/o comercialización de vehículos blindados en alguno de los siguientes códigos, cuya sumatoria debe ser igual y/o superior al 100% del presupuesto oficial de cada grupo, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, como mínimo 11,401.15 SMMLV”.
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La Procuraduría General de la Nación también le solicitó a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares enviar un informe sobre todas las presuntas irregularidades. Además, la agencia tendrá que enviar al Ministerio Público una copia de los contratos de los estructuradores a cargo del proceso de selección.
“Dentro del procedimiento de selección, se le puso de presente a la entidad el no cumplimiento de lo contemplado en el Decreto 1082 de 2015, numeral 2.5, del artículo 2.2.1.1.1.5.2. No obstante, la respuesta de la entidad fue denegar dicha solicitud”, indicó la Procuraduría.
Así las cosas, el Ministerio Público solicitó “suspender el procedimiento de selección No. SASI 002-201-2024, hasta tanto la entidad no realice un estudio detallado de las alertas y elementos reseñados en el presente documento”.
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Según El Tiempo, en el proceso que adelanta la Procuraduría existirían alertas por presuntos sobrecostos en la compra de cada camioneta.
Procuraduría pide soluciones por carrotanques varados en La Guajira
La Procuraduría General de la Nación citó de urgencia a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), a la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) y a la Previsora Compañías de Seguros, a buscar una solución que permita la utilización de los carrotanques parqueados en La Guajira por falta de pólizas.
De acuerdo con el ente de control, “la preocupación principal es que haya un uso eficiente de bienes adquiridos por la Ungrd”, como es el caso de los vehículos tipo carrotanque, ubicados en unidades militares del departamento de La Guajira.
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El oficio resalta que, según el Viceministerio de Defensa para la Estrategia y Planeación, son 60 Vehículos que se encuentran ubicados en el Batallón de Infantería Cartagena — Bicar y la Fuerza de Tarea de Armas Combinadas (Futam).

Según las delegadas para la Gestión y Gobernanza Territorial y Vigilancia Preventiva para la función pública, los carrotanques son esenciales para superar, en el corto plazo, el desabastecimiento de agua potable y otras actividades similares en zonas criticas como La Guajira, Mocoa — Putumayo- o Rosas, Cauca.
Por esta razón, el ente de control convoca a esta mesa interinstitucional obligatoria con el propósito de abordar la problemática, posibles escenarios y explorar soluciones.
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El Ministerio Público concluye que el objetivo final “es garantizar la protección de los derechos de las comunidades afectadas, damnificadas y en alto Riesgo, frente a la ocurrencia de emergencias o desastres”.
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