
En Colombia, el panorama sobre la diversidad de género sigue tomando visibilidad gracias al último registro voluntario del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), que reveló un aumento en el número de personas que se identifican fuera del binarismo de género tradicional.
Según este informe, 318 personas, lo que corresponde al 5,6% de los encuestados, se autoidentifican como no binarias, mientras que 98 personas, representando el 1,7%, se reconocen como hombres trans o transmasculinos. Estos datos, aunque aproximados, reflejan un cambio en la sociedad que exige ser comprendido y atendido desde múltiples frentes, especialmente en materia de derechos laborales. A raíz de este crecimiento, surgieron interrogantes en torno a los derechos que estas personas deben tener garantizados en el ámbito laboral, como es el caso de las licencias de parto.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.

El 24 de agosto de 2023, la Corte Constitucional de Colombia emitió la sentencia C-324 de 2023, marcando un hito importante en la lucha por los derechos de las personas trans y no binarias. La sentencia responde a las demandas presentadas por organizaciones que señalaron la exclusión y discriminación estructural de estas personas en diversas áreas, incluyendo el ámbito laboral. La Corte reconoció que, históricamente, los hombres trans y las personas no binarias fueron invisibilizados y discriminados, y reafirmó la responsabilidad del Estado de eliminar cualquier tipo de legislación o práctica que perpetúe la desigualdad hacia esta población.
PUBLICIDAD
En su fallo, la Corte destacó que la licencia de parto es un derecho consagrado en la Constitución, ya que protege tanto a la niñez como a la familia. Este beneficio, que ha sido una acción afirmativa en favor de las mujeres y la maternidad, también debe extenderse a quienes no se identifican dentro del binarismo de género. En este sentido, la Corte aseguró que “son aplicables cuando hombres trans y personas no binarias experimenten procesos de gestación”, ampliando así el alcance de este derecho.
Así mismo, la Corte Constitucional determinó que, aunque el derecho a la identidad de género no está explícitamente mencionado en la Constitución, su interpretación debe alinearse con otros derechos fundamentales, como la igualdad, la intimidad y el libre desarrollo de la personalidad. El objetivo de esta evolución es garantizar una protección más inclusiva y equitativa para todas las personas, independientemente de su identidad de género.
PUBLICIDAD

Adicionalmente, la Corte señaló que la licencia de parto no solo resguarda los derechos de la persona gestante, también tiene como fin salvaguardar los derechos de los niños y niñas, así como el bienestar de la familia en todas sus configuraciones, reconociendo su papel central como la unidad básica de la sociedad.
Para que una persona gestante pueda acceder a la licencia de maternidad, la legislación requiere que esté afiliada al sistema de seguridad social y haya realizado los aportes correspondientes durante todo el periodo de gestación. Aunque es el empleador quien realiza el pago de este beneficio, los fondos provienen del Sistema de Seguridad Social, y posteriormente, el empleador recupera el dinero solicitando el reembolso a la EPS correspondiente.
PUBLICIDAD
El principal obstáculo que se presentaba anteriormente para ampliar este derecho a hombres trans y personas no binarias era la inclusión de términos específicos en la ley, como “madre”, “trabajadora” y “mujer”, lo que limitaba el alcance de la protección a personas que no se identificaban con dichas categorías.

Así mismo, la ley que fue modificada para que la licencia de parto, junto con los incentivos destinados a la atención y cuidado del recién nacido, tradicionalmente conocidos como “maternidad”, se extienda a personas que se identifiquen como mujeres, hombres trans y no binarias. Esta licencia tendrá una duración de 18 semanas, es decir, cuatro meses y medio, y será calculada con base en el salario que reciba el cotizante al momento de solicitar este beneficio.
PUBLICIDAD
Más Noticias
Andrés Felipe Velásquez será el nuevo director de la Dian en el Gobierno de Abelardo de la Espriella: es especialista en Derecho Tributario
El próximo funcionario del Estado tiene una maestría en Fiscalidad Internacional y es conferencista experto en materia tributaria

El efecto “Juanfer” empezó a funcionar en el Medellín: así va la venta de abonos en las primeras horas del fichaje
El volante firmó contrato por un año con el Poderoso, pero necesita que los aficionados den su apoyo económico para cubrir parte del negocio

“Firmes y parados en la raya”: le advirtió el ELN a Abelardo de la Espriella, tras difundir videos anunciando ataques con drones
En varias grabaciones que se conocieron en días previos a la posesión presidencial del “Tigre” en Cali, el Ejército de Liberación Nacional dejó en claro que no cederá ante el ultimátum que le dio el nuevo Jefe de Estado a los grupos armados ilegales para que entreguen sus armas. La región del Catatumbo (Norte de Santander) llevaría la peor parte

Bebés prematuros están quedando ciegos en Colombia por múltiples fallas en el sistema de salud: “En 72 horas es irreversible”
Aunque Emmanuel Guevara Ulloa logró conservar la visión tras una lucha para acceder a la atención que requería por su nacimiento prematuro extremo, Infobae Colombia reconstruyó cómo las mismas barreras que enfrentó su familia se repiten en otros casos de bebés que no corrieron con la misma suerte por causas que especialistas consideran prevenibles

Petro aseguró que no cayeron cabecillas durante su mandato por órdenes e intereses de terceros
El presidente aseguró que, inicialmente, creyó que había una infiltración en inteligencia. Presuntamente, un sector del Gobierno norteamericano no permitió la captura o caída de cabecillas por motivos políticos


